Entrevista a María Amparo Ballester, Catedrática de Derecho del Trabajo en las Conclusiones en el XXII Congreso Estatal de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, en la que participan los principales juristas especializados en esta materia en el Estado

La reciente reforma laboral, ¿es profunda o queda camino por recorrer?

La reciente reforma laboral, ¿es profunda o queda camino por recorrer?

Sin duda, al igual que la del anterior Gobierno, es una reforma profunda pero también inútil porque los cambios que requiere nuestro sistema no van en esta dirección. En este país la configuración ante la crisis se producen a base de desprenderse de mano de obra, lo que provoca una situación de rotación continua que no es sana, sino tóxica. Ante esto, en lugar de actuar corrigiendo y penalizando la rotación, lo que ha hecho es favorecerla. El hecho de atender a una crisis y el paro diciendo que abaratando el despido se va a contratar más, es algo que no es cierto. No hay evidencia científica que esto tenga que pasar y, sin embargo, se va a radicalizar el defecto grave, que es la gran rotación de la fuerza de trabajo.

¿Qué soluciones propone?

La única posible es mantener el despido sin causa en espacios disuasorios. Es decir, proseguir con las compensaciones por el daño provocado en lugar de abaratar la rescisión del contrato. De esta manera, lo que obliga es a utilizar políticas de empresa y gestión de recursos humanos saludables. Es decir, si el despido es caro no hay más remedio que formar, fidelizar, motivar el esfuerzo, lo que conduce a un empresariado de calidad desde el punto de vista del empleo.

Pero las empresas advierten que no pueden sostener el actual nivel coste salarial .. .

Por eso está, dentro de las medidas de flexibilidad interna, el ajuste salarial. Pero no este ajuste salarial a toda costa que se ha introducido en la última reforma, claramente desproporcionado. Lo que hay que hacer es establecer una serie de garantías ante los mecanismos de flexibilidad interna más peligrosos. Y el ajuste salarial es un mecanismo de este tipo que ha de promocionar ante la flexibilidad externa pero también es uno de los más peligrosos y por eso deben establecerse garantías. Lo que quiero decir es que un procedimiento en el que se facilita que cualquier empresa pueda ajustar salarios, hará que una compañía compita con las del lado en coste de mano de obra a través del abaratamiento de los sueldos, lo que puede producir una guerra abierta. Evidentemente, hay que ajustar salarios pero no a costa de todo, porque eso genera más daño que bien.

Lo que pasa es que la reforma ha hecho que los convenios sectoriales y provinciales estén en riesgo de fallecimiento y que las condiciones salariales se fijen únicamente en el ámbito empresarial, ¿no?

Me temo que sí. La intención de esta reforma ha sido la misma, reforzar el convenio de empresa cuando, en realidad, es el establecimiento de condiciones salariales a nivel sectorial lo que conlleva un beneficio claro, que es la pacificación. Las empresas tienen que competir entre ellas de otro modo, que lo hagan en calidad de servicio o de producto pero no en salarios porque eso es insano. Si lo que se quiere es hacer que esas condiciones salariales más o menos igualitarias se rompan a nivel de empresa, hay que asegurarse de que esto se lleva a cabo en compañías que efectivamente se encuentran en una situación de crisis y que no se está haciendo para competir con el resto.

La reforma, además, ha dejado de lado el papel de la autoridad laboral en el control de medidas de flexibilidad …

Eso es. Es muy importante asegurar la intervención de terceros que garanticen el interés público laboral. Hay un interés que es la pacificación en ámbitos sectoriales y otro que es el interés de evitar la rotación tóxica de mano de obra. Y eso sólo se puede impedir permitiendo que intervengan garantes del interés público. Estoy de acuerdo que el mecanismo no debe basarse ya en la autoridad laboral porque no era operativo pero hay otras alternativas.

¿Qué?

Pues aquellas proactivas, mediadoras o lo que se prefiera, pero debe haber un control por parte de terceros de este tipo de actuaciones para garantizar que, en momentos de crisis, se utilice el descuelgue salarial o el despido únicamente como la última salida.

¿Esto significa que es posible que las empresas estén aprovechando la reforma para reducir el coste salarial utilizando el expediente de regulación de suspensión o reducción, de manera que estarían valiéndose de la caja única del desempleo como medio indirecto de hacer frente a este coste?

Sí, la reforma laboral permite la trampa de que las empresas se sirvan de fondos públicos del Estado para fines que no son los pretendidos, como es pagar parte del coste salarial. Estos expedientes de suspensión y de reducción que, como medida de flexibilidad interna son buenos, están subvencionados y los pagamos todos. Si estos mecanismos no se usan como una técnica de crisis sino como de gestión ordinaria, al final es la sociedad la que está sosteniendo técnicas tóxicas. Por eso, insisto, debería ser obligatoria la intervención de un tercero que controle estos procesos y garantice que se mantiene el interés público.

¿Esta reforma llevará a España a una situación económica peor?

Mucho peor. Sinceramente, creo que esta reforma no sirve para nada y está profundamente ideologizada. Hay que ser consciente de que sirve tan poco como reformas anteriores.

¿Ve indicios de inconstitucionalidad en la reforma laboral?

Por supuesto. Veo claro que en el arbitraje obligatorio, el mecanismo de solución de la desvinculación en general establecido en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores para los convenios estatutarios es un arbitraje obligatorio público y que además resuelve un conflicto de intereses, que es la inaplicación del régimen salarial, lo que no se ajusta a derecho. Una sentencia del Tribunal Constitucional del año 1981 consideró inconstitucional el contenido de un real decreto que introducía un arbitraje idéntico.

FUENTE: Noticias de Guipúzcoa

http://www.noticiasdegipuzkoa.com/2012/05/18/economia/la-reforma-laboral-permite-la-trampa-de-los-ere-dirigidos-a-que-el-estado-pague-parte-del-coste-salarial


Fuente: María Amparo Ballester