12:00: Concentración frente al Parlamento
18:30: Concentración frente a Mutua Navarra (Pol. Ind. Landaben)
Fue en el año 1996 cuando la OIT estableció el 28 de abril como el día señalado para sensibilizar y promover una cultura de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Durante estos 26 años y tras la entrada en vigor de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, las incidencias en materia de siniestralidad y Salud laboral, nos muestran que el establecimiento de este día conmemorativo tiene, para las empresas y la propia administración, exactamente la misma importancia que el santoral.
Los datos negativos no paran de crecer: en el año 2021 se notificaron un total de 20.510 enfermedades profesionales, un 11,5 % más con respecto a 2020, y la siniestralidad laboral aumentó un 26,8%. Las cifras son escalofriantes, 1.137.623 accidentes de trabajo, de los que 572.448 causaron Incapacidades Temporales, produciéndose dentro de la jornada laboral 497.735 accidentes.
Atendiendo a las estadísticas, es evidente que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene un gran margen de mejora, especialmente en la fiscalización de la responsabilidad, que las empresas a través de la Ley 35/2014 de 26 de diciembre (Ley de Mutuas) encuentran muy fácilmente eludir, de manera sustancial en el capítulo de enfermedades profesionales. El empresariado tiene en su mano, a través de la gestión de la Incapacidades Temporales, un instrumento de presión hacia quien sufre una lesión laboral; se arroga la decisión inicial de decir las enfermedades devenidas a consecuencia del trabajo, y en gran medida son consideradas como dolencias y tratadas como contingencia común, evitando de esta manera el pertinente análisis preventivo y la consiguiente implantación de medidas correctoras.
Si no se declaran, no existen, y no se previenen. Frente a esta máxima en la que las Mutuas de accidentes de trabajo, como asociaciones de empresarios que son, basan y obtienen su principal fuente de beneficio, confronta una realidad tozuda que nos muestra, por ejemplo, el dato de los trastornos físicos provocados por la actividad laboral; más de 8.000 enfermedades de este tipo notificadas en 2021 (5.301 en el primer trimestre de 2022), que tuvieron como origen: sobreesfuerzos, vibraciones, posturales, condiciones climáticas adversas. El capítulo de riesgo psicosocial, merece una referencia específica: en Navarra, las bajas relacionadas con la Salud mental han crecido un 25% durante el año 2021.
La lucha contra la siniestralidad laboral supone un señalamiento permanente del sentido del 28 de abril; que la reivindicación, denuncia y la acción sindical se deben situar en el ámbito de la empresa y la inspección de trabajo con responsabilidad directa y subsidiaria de la que, dejando en manos de las mutuas la gestión de las incapacidades temporales, también es partícipe el INSS. Para ello es necesario el concurso permanente, como principal actor denunciante, de quién más exposición tiene, poniéndose en contacto con las delegadas de prevención o representación sindical. Es una responsabilidad que no se puede eludir: si no se declara, no existe y no se previene.
Se trata de nuestra salud, de nuestra vida y por ello exigimos una mayor intervención de la inspección de trabajo, con inspecciones periódicas a las empresas, especialmente en aquellos sectores donde las estadísticas que maneja el ministerio de Trabajo y Seguridad Social, tienen una mayor incidencia.
Fuente: CGT-LKN Nafarroa