En CGT no funcionamos con directrices de ninguna sede central, ni ninguna sede central recibe directrices de ninguna sección concreta. Las asambleas de la afiliación son el órgano máximo de decisión de las secciones, los sindicatos y las federaciones. Por tanto, somos autónomos en todos los estratos y, a su vez, todos los cargos orgánicos y toda la delegación somos portavoces de las decisiones democráticas emanadas de nuestras asambleas, sean de Sección, de Sindicato, de Federación o incluso la Confederal.

CGT tiene representación en muchas empresas del sector audiovisual, como por ejemplo: Telecinco, la Sexta, Antena 3, Movistar o Mediapro. En este sentido, la afiliación del sector audiovisual ha considerado lesivas para sus intereses las bases de la convocatoria y tras las pertinentes consultas jurídicas también consideró la posible vulneración de los principios constitucionales en el acceso al empleo público. Por todo lo expuesto, en una asamblea general de la afiliación de todas las secciones del Sindicato de Artes Gráficas y Espectáculos de Madrid, Castilla La
Mancha y Extremadura, se aprobó que la Federación de Espectáculos, Información y Artes Gráficas de CGT interpusiera conflicto colectivo contra este proceso por cosas como estas:

 Se impide a las personas que no puedan acreditar un año de experiencia profesional en la misma ocupación tipo o similar poder presentarse. La experiencia debiera ser valorada como mérito en la fase de concurso de méritos, pero en ningún caso privar a los candidatos de poder inscribirse y participar en los procesos selectivos. (No vaya a ser que se presente mucha gente y la empresa subcontratada, CEGOS, haga otro ridículo espantoso). Además, las limitaciones a la acreditación de esa experiencia (con los dichosos certificados de experiencia profesional, la vida laboral expedida únicamente por la TGSS y la no aceptación de la experiencia anterior a 2007) han dejado atrás injustamente a muchas personas.

 Baremación de la experiencia profesional. La experiencia en el mismo puesto o análogo mediante contrato directo con RTVE bonifica con 5 puntos por año hasta un máximo de 60 sobre 100 en el cómputo total de méritos. Si la contratación no la suscribe RTVE, será sólo de 1 punto por año, con un tope máximo de 15 sobre 100. Incluso obtienen mayor puntuación los candidatos/as que han ocupado plazas del mismo ámbito ocupacional (3.5 por año) no habiendo prestado servicios en la misma ocupación tipo de la plaza ofertada siempre que hayan sido contratados temporalmente por RTVE. Por poner un ejemplo sencillo: una persona que haya trabajado en RTVE con una ocupación tipo de proyectos edificación y obra civil (asistencia), si se presenta a técnica electrónica, obtendrá más puntos que otra persona que haya trabajado en técnica electrónica en Antena 3.Por último, la contratación en RTVE también otorga 1 punto por año aunque la categoría no tenga absolutamente nada que ver con la ofertada (curiosa forma de enmendar la chapuza mercantil de los procesos de estabilización y la contratación temporal sin la debida regulación).

 Las personas agraciadas que ocupan unas plazas concretas, marcadas con un asterisco, se les otorga 15 puntos de valoración extraordinaria en los procesos P1 y P2. Si no son todas las correspondientes a indefinidos no fijos ni a interinos de larga duración, ¿por qué esas plazas concretas?, ¿cuál es la razón por la que unas sí y otras iguales no? (¿Más mercadeo de plazas?)

 La Corporación RTVE no realiza reserva de plazas para participantes con discapacidad en el proceso de cobertura de las 315 plazas con cargo a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, lo que vulnera el artículo 4 de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social. (En RTVE parecen padecer dislexia legal y se les olvida cumplir algunas leyes)

Nos consta igualmente que en sector audiovisual hay afiliados y afiliadas a otros sindicatos y que están también en completo desacuerdo con las bases de las convocatorias selectivas.

RTVE es una empresa pública y, como tal, debemos defender el acceso el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, tal y como recoge el artículo 103 de la Constitución…es fácil de entender.

El 19 de septiembre estamos emplazados para la vista oral en la Audiencia Nacional por la interposición de un conflicto colectivo contra los procesos selectivos en RTVE.

Desde CGT RTVE se sigue ayudando diariamente a todas las personas que se presentan a los procesos selectivos. Ofreciendo gratuitamente toda la información disponible y asesoramiento. Sin importar afiliación ni procedencia.


Fuente: Federación Gráfica Estatal de CGT