Ayer, a las 10:50 horas se celebró el juicio en la Sala de lo Social nº 5 de Granada por el despido de Isabel Narváez, trabajadora en huelga del centro de acogida para mujeres víctimas de malos tratos, estando arropada por todas sus compañeras de trabajo y sindicato.
Al igual que en los anteriores juicios, la empresa mantiene el mismo argumento de finalización de contrato, a pesar de las anteriores sentencias donde se ha declarado la nulidad e improcedencias en los despidos de otras trabajadoras en las mismas situaciones.
El abogado defensor de la trabajadora ha manifestado las prácticas de mala fé por parte de la empresa hacia ésta trabajadora, habiendo sido despedida días antes a la realización de una asamblea de trabajadoras donde la empresa buscaba, mediante el voto mayoritario, el acuerdo de aceptación del convenio que interesaba a la empresa, contratando días previos a la asamblea a 3 trabajadoras en sustitución de las despedidas. Casualmente las 3 despedidas, entre ellas Isabel Narváez, mantenía su negativa a la firma de tal acuerdo.
Estas actuaciones, entre otras, y según el abogado defensor de la trabajadora, son motivos suficientes para declarar el despido como nulo por violar los derechos fundamentales de la trabajadora.
Como en otras ocasiones, Agise alegó en la comparecencia judicial la finalización del contrato de las trabajadoras, siendo los contratos “de obra y servicio con duración determinada” y “acumulación de tareas” ; a pesar de la real continuidad del servicio de atención de mujeres víctimas de malos tratos, al no concluir nunca el servicio contraído por AGISE mediante concesión administrativa por el Instituto Andaluz de la Mujer. El contrato es de renovación anual y no debe afectar a las trabajadoras en sus contratos laborales alegó el letrado defensor de la trabajadora. El letrado defendió que el contrato entre Agise y el Instituto de la Mujer no debía afectar a las trabajadoras en sus contratos laborales, aportando además la actuación por parte de la Inspección de Trabajo de Granada a finales del pasado año cuando consideró los contratos como «fraude de ley» al declarar nulas las clausulas de temporalidad de las mismas.
Destacó también las sentencias de sendos Juzgados de lo Social Nº 1 y nº 3 de la capital granadina en las que se declararon improcedentes los despidos por este mismo motivo de otras dos trabajadoras de esta misma empresa.
CGT-Andalucía considera todos estos despidos nulos al ser fruto de violaciones de derechos fundamentales de todas las trabajadoras. También manifestamos las situaciones hostiles vividas por estos hechos acaecidos sobre las trabajadoras que han dado la mano a situaciones deplorables.
CGT-Andalucía está preparando una gran movilización a nivel Andaluz entre toda su afiliación.
Confederación General del Trabajo de Andalucía
Secretaría de Comunicación
Antonio Alonso López