¡¡La autogestión es inevitable !!

Madrid-Lavapiés. En una nota publicada por la agencia Europa Press, se informa de la absolución de las 16 personas acusadas de un delito de usurpación, por la okupación del Laboratorio 03), la sentencia destaca el carácter colectivo de la okupación (cientos de personas), el carácter abandonado del edificio, y las actividades posteriores que en él se realizaron para terminar añadiendo : "Los hechos probados no pueden considerarse constitutivos del delito de usurpación ilegal del que venían siendo imputadas las personas juzgadas" dice el texto judicial, "por cuanto no puede entenderse ni que los acusados sean los autores del mismo. Aunque formaran parte de las personas que entraron en el edificio", la intervención en la ocupación "no fue en ningún caso a título de morador o habitante del inmueble ni con ánimo de permanencia más o menos continuada y estable en él"

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Madrid-Lavapiés.
En una nota publicada por la agencia Europa Press, se informa de la absolución de las 16 personas acusadas de un delito de usurpación, por la okupación del Laboratorio 03), la sentencia destaca el carácter colectivo de la okupación (cientos de personas), el carácter abandonado del edificio, y las actividades posteriores que en él se realizaron para terminar añadiendo : «Los hechos probados no pueden considerarse constitutivos del delito de usurpación ilegal del que venían siendo imputadas las personas juzgadas» dice el texto judicial, «por cuanto no puede entenderse ni que los acusados sean los autores del mismo. Aunque formaran parte de las personas que entraron en el edificio», la intervención en la ocupación «no fue en ningún caso a título de morador o habitante del inmueble ni con ánimo de permanencia más o menos continuada y estable en él»

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Absueltos del delito de usurpación los «okupas» del «Laboratorio 03» que fueron juzgados a primeros de julio (Nota de Europa Press)

El Juzgado de lo Penal número 5 de Madrid ha absuelto a las dieciséis personas que fueron juzgadas por la «okupación» del edificio conocido como «El Laboratorio 03», situado en la calle Amparo número 3. La absolución se refiere al delito de usurpación del que fueron acusados.

En la sentencia se declara probado que en la noche del 8 al 9 de febrero de 2002, centenares de personas pertenecientes o simpatizantes del autodenominado «Movimiento Okupa» se introdujeron en el edificio abandonado de la histórica imprenta de Saturnino Calleja, situada en la calle Amparo número 103 de Madrid.

En dicha fecha el edificio presentaba un estado de aparente abandono, sólo alterado por las visitas de un antiguo empleado que había habitado junto con su esposa en una vivienda existente en el citado edificio, realizando labores no retribuidas de vigilancia.

Para realizar la «okupación» del edificio, persona o personas no identificadas rompieron los cierres de las puertas del edificio, que fueron luego sustituidos por otros que empleaban los ocupantes del inmueble, que en los meses siguientes y hasta su desalojo forzoso por el Juzgado de Instrucción el 9 de junio de 2003, fue destinado a actividades culturales y de debate político. Los dieciséis procesados participaron en la entrada inicial en el edificio y en actividades organizadas en el mismo.

Los hechos probados no pueden considerarse constitutivos del delito de usurpación ilegal del que venían siendo imputadas las personas juzgadas, dice el texto judicial, por cuanto no puede entenderse ni que los acusados sean los autores del mismo. Aunque formaran parte de las personas que entraron en el edificio, la intervención en la ocupación «no fue en ningún caso a título de morador o habitante del inmueble ni con ánimo de permanencia más o menos continuada y estable en él».


Fuente: Colectivo editorial Indymedia Madrid (madrid.indymedia.org)

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