De las 21 sentencias dictadas en la provincia de Valencia por falta de medidas de seguridad en el Trabajo durante 2005, 18 fueron condenatorias
VALENCIA. Casi el 86 por ciento de los juicios que se celebran en Valencia por infracción grave de la normativa de salud y seguridad laboral concluye con una condena para el empresario. Lo abultado del porcentaje oculta una realidad numérica más pobre : según se desprende de la Memoria de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, durante el año 2005 los tribunales de Valencia se dictaron sólo 21 sentencias en juicios contra empresarios por falta de medidas de seguridad en el trabajo. De ellas, tres fueron absolutorias, 18 condenatorias y en dos casos, el castigo penal fue impuesto pese a que no se había producido ningún accidente.
De las 21 sentencias dictadas en la provincia de Valencia por falta de medidas de seguridad en el Trabajo durante 2005, 18 fueron condenatorias

VALENCIA. Casi el 86 por ciento de los juicios que se celebran en Valencia por infracción grave de la normativa de salud y seguridad laboral concluye con una condena para el empresario. Lo abultado del porcentaje oculta una realidad numérica más pobre : según se desprende de la Memoria de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, durante el año 2005 los tribunales de Valencia se dictaron sólo 21 sentencias en juicios contra empresarios por falta de medidas de seguridad en el trabajo. De ellas, tres fueron absolutorias, 18 condenatorias y en dos casos, el castigo penal fue impuesto pese a que no se había producido ningún accidente.

La dificultad en la persecución judicial de la siniestralidad en el trabajo estriba, según denuncia el fiscal coordinador de la Sección de Riesgos Laborales de Valencia, Jaime Gil, en conseguir que los tribunales actúen antes de que se produzca el accidente ; y en caso de no lograrlo, que sea el juez el que dictamine sobre la responsabilidad del empresario y rompa así la tendencia a la « privatización » de los siniestros laborales que permite al empleador abortar la vía penal mediante el pago de una indemnización a la víctima o a sus familiares.

« Compra » de responsabilidad

De hecho, según los datos que maneja la Fiscalía, sólo el 10 por ciento de los accidentes laborales con resultado de muerte, de los que ya se contabilizan 30 este año y 129 el pasado, llega a juicio porque en la mayoría de los casos la eventual responsabilidad del empresario se diluye gracias al acuerdo indemnizatorio alcanzado entre las partes. El Ministerio Público sólo interviene en los supuestos en que la vulneración de la normativa laboral trasciende los límites de la infracción administrativa merecedora de multa y se adentra en el terreno de la infracción penal susceptible de ser castigada con prisión por el riesgo al que se expone al trabajador en su jornada laboral.

Durante 2005, la Inspección de Trabajo remitió a la Fiscalía más de 400 actas de infracción, en una demostración de la fluidez que ha ganado la comunicación entre ambos organismos. Sin embargo, sólo en el 10 por ciento de los casos, es decir, en unos 40, la Sección de Riesgos Laborales detectó infracciones perseguibles por la vía penal, con independencia de la sanción propuesta por la vía administrativa y de que se hubiera producido accidente en las instalaciones inspeccionadas. La Fiscalía estudia ahora si hay delito en las 600 actas de infracción que acaba de recibir.

En 2006 han muerto al menos treinta personas en su puesto de trabajo en la Comunidad y « existe mucho accidente laboral que no aflora », advierte Gil. 2005 se cerró con 105.000 accidentes, 1.777 heridos graves y 129 muertos.


Fuente: abc