La CGT ha presentado ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía una demanda por vulneración de derechos fundamentales contra todos los firmantes del IV Convenio Colectivo de las Universidades andaluzas. En la acción judicial la CGT reclama que se declaren nulos los artículos 12.2 y 70.1 del vigente Convenio Colectivo, así como el cese inmediato del comportamiento lesivo de los derechos fundamentales y el pago de indemnizaciones por el perjuicio causado.

La CGT ha presentado ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía una demanda por vulneración de derechos fundamentales contra todos los firmantes del IV Convenio Colectivo de las Universidades andaluzas. En la acción judicial la CGT reclama que se declaren nulos los artículos 12.2 y 70.1 del vigente Convenio Colectivo, así como el cese inmediato del comportamiento lesivo de los derechos fundamentales y el pago de indemnizaciones por el perjuicio causado.

La demanda se interpone después de un largo conflicto, iniciado en las elecciones sindicales del año 1999, en las que CGT obtuvo 12 delegados de 118 del conjunto de las universidades andaluzas y alcanzó el 10% de representación que exige la ley para ser considerado sindicato representativo en un sector. Una serie de maniobras dilatorias ejercidas entre la administración, las universidades y los sindicatos mencionados dilataron nuestro acceso a la negociación hasta que inexplicablemente se produjo la dimisión de nuestro delegado de personal en Ceuta. Se celebraron nuevas elecciones en Ceuta y CC.OO. logró la plaza de delegado y CGT se quedó con 11 delegados y a las puertas del 10% necesario para ser llamado a negociar.
En ese momento, a pesar de que no corrían buenos tiempos económicos para negociar un nuevo convenio, CC.OO. y los gerentes de las Universidades denuncian el anterior e inician, junto a UGT, la negociación del IV Convenio. Antes de que se firme el nuevo texto se celebran las elecciones sindicales. La CGT presenta listas en cuatro universidades y pasa de 11 a 18 delegados, lo que supone un 14% de los 127 delegados elegidos en las 10 universidades andaluzas, ganando incluso las elecciones en la Universidad de Córdoba. En su momento, la CGT presentó una demanda por considerar que debíamos estar presentes en la negociación del nuevo convenio, pero no nos fue reconocido ese derecho por considerar no acreditado que en el momento de constituirse la comisión negociadora alcanzase el 10% de implantación.
Una vez que entra en vigor el nuevo convenio colectivo, la CGT solicita incorporarse a la Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio Colectivo (CIVEA). Nuestra solicitud fue rechazada por no ser firmantes del convenio. No obstante, la CGT considera que debe estar en esa comisión toda vez que entre sus competencias se encuentran varios apartados que van más allá de la mera interpretación y vigilancia del convenio y entran directamente en la negociación de asuntos en los que se excluye la participación de la CGT. Sin embargo, según nuestra interpretación, eso supone la lesión del derecho a ejercer las funciones que nos son atribuidas en los artículos 64 del Estatuto de los Trabajadores y 10 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical y por tanto una limitación de su derecho a la actividad sindical que se garantiza en el artículo 28.1 de la Constitución.
Entre los asuntos que el Convenio atribuye a la CIVEA y que afectan a nuestros derechos adquiridos en función de la representación obtenida destacan la mediación y solución de conflictos, la actuación en los expedientes de relaciones de puestos de trabajo, la creación y participación en subcomisiones de trabajo, la participación en la toma de decisiones sobre modificación supresión o creación de categorías profesionales y la definición de sus funciones, o la suscripción de convenios de reciprocidad en materia de traslados.
Igualmente consideramos que la atribución de liberados sindicales por convenio (11 para CC.OO. con 69 delegados y 7 para UGT con 30 delegados) sin prever más liberaciones para los otros sindicatos con representación suficiente para la negociación, supone la atribución de un sobrerrepresentación para dichos sindicatos y un trato discriminatorio con la CGT que ha alcanzado la representación que establece la ley para negociar y a la que aplicando las reglas de proporcionalidad le corresponderían 4 liberados. Con esta actuación se está primando de forma escandalosa a los otros sindicatos, sobre todo si tenemos en cuenta que UGT con menos delegados que CGT en las cuatro universidades en las que hemos concurrido y que no suma el doble de delegados en las 10 universidades (30 frente a 18) dispone de 7 liberados por convenio. Evidentemente se trata de poner en dificultades la expansión de CGT y evitar que podamos presentar candidaturas en más universidades en las próximas elecciones sindicales, aún recurriendo a una discriminación escandalosa que, a nuestro juicio, también supone una vulneración de los artículos 12 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical y 14 de la Constitución.
En la citada demanda también se solicita a las Universidades andaluzas y a la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo la reparación de los daños y perjuicios de orden moral y material inferidos a la CGT con esta conducta. Entre los perjuicios de orden inmaterial destaca la importante limitación de la eficacia de nuestra labor sindical al no participar en el foro donde se adoptan las principales decisiones que con carácter general afectan a los trabajadores de las universidades y el desprestigio y perjuicio para nuestra imagen que supone nuestra catalogación en una categoría inferior a la que como resultado de las elecciones sindicales nos corresponde ; todo lo cual, a su vez, afecta a nuestra afiliación. Igualmente se solicita una indemnización por los liberados que nos corresponden y que no nos han sido concedidos y el reconocimiento del derecho que nos asiste a participar, en la proporción que nos corresponda como consecuencia de las elecciones sindicales, en la CIVEA y en la atribución de liberados sindicales.

Para más información podéis dirigiros a los teléfonos 952 13 41 53 o 667 45 22 07 o al correo electrónico cgt@uma.es


Par : Secretaría Universidad FASE