La presidenta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, María Luisa Segoviano, propuso ayer que las mujeres que se acojan a la reducción de la jornada laboral debido a una orden de protección por violencia de género se les reconozca el desempleo parcial para que su salario no se vea reducido.

La presidenta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, María Luisa Segoviano, propuso ayer que las mujeres que se acojan a la reducción de la jornada laboral debido a una orden de protección por violencia de género se les reconozca el desempleo parcial para que su salario no se vea reducido.

Segoviano explicó en la Ponencia de Violencia de Género de las Cortes la Ley Integral de Violencia de Género, aprobada por el Gobierno el 29 de diciembre de 2004, que en términos generales tildó de «acierto», referida al ámbito laboral de estas mujeres.

Las portavoces de PP, Arenales Serrano, y PSCL, Elena Pérez, en la Ponencia, se comprometieron a «elevar» al Gobierno o al Congreso, a través de alguna iniciativa parlamentaria, las sugerencias de la juez que no están resueltas en la nueva ley, como ocurre también con el despido de una mujer víctima de violencia de género para que, en caso de producirse, se declare nulo.

La magistrada aseguró que, hasta el momento, no ha entrado ninguna denuncia ni reclamación laboral vinculada con la violencia de género ni a la sala que preside ni a los juzgados sociales, si bien añadió que la ley ha entrado hace medio año en vigor y otra parte de la misma, la creación de juzgados especiales, lo hará el 29 de junio.

La reforma de la Ley General de la Seguridad Social si reconoce la situación social de desempleo de la mujer que para cumplir una orden de protección suspende de manera temporal la relación con su empresa o la extingue, pudiéndose acoger a la prestación por el periodo que le corresponda.

No ocurre así en el caso de reducción de la jornada o si falta al trabajo o llega tarde, en este último caso si los servicios sociales acreditan que se debe a razones físicas o psicológicas de violencia de género se podrá declarar la incapacidad temporal, si bien la ley no lo resuelve.

Segoviano estimó, no obstante, que algunos fallos técnicos detectados se podrían resolver con una aplicación correcta, como sería el caso de un despido vinculado a una mujer con orden de protección aunque no se haya modificado el Estatuto de los Trabajadores o la Ley de Procedimiento Laboral que regula los despidos.

La presidenta de la Sala de lo Social del TSJ subrayó que en esos casos el despido se podría considerar nulo por ser discriminatorio, ya que obedece a una razón de sexo, o bien acogerse a los principios de igualdad o no discriminación, pese a que no este regulado de forma expresa y siempre sería mejor que los estuviera.

Por otro lado, la juez afirmó que sería «necesario» un juzgado especial de violencia doméstica en Valladolid por el número de casos denunciados, como ya han reclamado representantes de la judicatura después de que la Ley no lo haya tenido en cuenta entre los 16 primeros que se van a constituir.

La Ponencia de Violencia de Género, que celebrará la última comparecencia de este periodo de sesiones el próximo lunes, ha escuchado las opiniones y sugerencias de representantes sindicales y patronal, ONGs, responsables de casas de acogida y servicios sociales y de la magistratura.


Par : EP



Fuente: EP