Un juzgado reconoce la incapacidad absoluta por accidente laboral a una mujer que sufre el "síndrome del quemado"
Un juzgado ha reconocido la incapacidad absoluta por accidente laboral a una mujer que sufrió el "síndrome del quemado" a raíz del accidente ocurrido en un colegio de Ortuella (Vizcaya) en el que murieron 46 niños y por la "crispación política" que sufrió en su etapa de secretaria municipal en Arrigorriaga.
Un juzgado reconoce la incapacidad absoluta por accidente laboral a una mujer que sufre el «síndrome del quemado»

Un juzgado ha reconocido la incapacidad absoluta por accidente laboral a una mujer que sufrió el «síndrome del quemado» a raíz del accidente ocurrido en un colegio de Ortuella (Vizcaya) en el que murieron 46 niños y por la «crispación política» que sufrió en su etapa de secretaria municipal en Arrigorriaga.

El «síndrome del quemado», «burn out» o «de agotamiento profesional», se define como «agotamiento físico, emocional y mental» motivado por «un proceso en el que se acumula un estrés excesivo por una desproporción entre la responsabilidad y la capacidad de recuperación» de la persona a raíz de sus circunstancias laborales.

La sentencia del caso explica que el origen de los trastornos que padece esta mujer estuvo en el «grave accidente» ocurrido en un colegio de Ortuella en 1980 en el que murieron 46 niños y que ella «vivió en el lugar de los hechos».

El escrito recuerda que la afectada trabajaba entonces en el Ayuntamiento de esta localidad y que tuvo que asumir «el seguimiento jurídico del caso», lo que le provocó «un elevado estrés de carácter postraumático que le originó una reexperimentación sistemática de los angustiosos y macabros recuerdos, así como somatizaciones diversas en forma de visión doble, alopecia y ausencia de menstruación», por lo que precisó «tratamiento psicoanalítico durante cinco años».

«Este hecho -continúa el texto- marcó de tal manera su vida que su personalidad derivó en el de una mujer extremadamente obsesiva y exigente con el cumplimiento de la ley y de la seguridad».

Posteriormente, la perjudicada, que ha sido defendida en este procedimiento por el abogado guipuzcoano Desiderio Torres, comenzó a trabajar en el Ayuntamiento de Arrigorriaga, donde vivió «un clima de elevada crispación política que interfería en su deseo de aplicar la normativa».

La sentencia aclara que la mujer desarrolló por estas razones en los últimos 23 años «una intensidad laboral extrema, asumiendo responsabilidades por encima de las que le correspondían y con un celo profesional difícil de describir, en un clima de soledad y desconfianza y sin recibir ninguna satisfacción ni reconocimiento personal y sintiéndose continuamente examinada por las diferentes corporaciones».

A consecuencia de estas situaciones, la mujer padece un «trastorno adaptativo mixto con ansiedad y estado de ánimo depresivo», acompañado de «cansancio físico y emocional, despersonalización, falta de autoestima, fobia y conductas de evitación hacia el entorno laboral».

El escrito judicial considera que, a la vista de estos hechos, «queda debidamente acreditado que las lesiones que padece» son «susceptibles de determinar el grado de incapacidad» para el desarrollo que sufre la perjudicada, que está diagnosticada del «síndrome del quemado» y tiene «un historial psiquiátrico con un cuadro de depresión mayor reactiva a problemas laborales».

La sentencia precisa que estas dolencias «debutaron en el trabajo y se agravaron como consecuencia del mismo» y por «su etiología y consecuencias se vinculan directamente a él».

«Consecuentemente, la invalidez reconocida debe considerarse derivada de la contingencia de accidente de trabajo y la imputación de responsabilidades debe recaer exclusivamente sobre la mutua» de trabajo, concluye el texto judicial.


Fuente: http://data.datadiar.com