Solo quien no conoce el mundo del trabajo o está al servicio de las Mutuas y Aseguradoras puede hacer sentencias así, porque si te niegas a trabajar por cualquier petición que le hagas al empresario para que modifique las condiciones de seguridad, te quedas en la calle, sin empleo.

Solo quien no conoce el mundo del trabajo o está al servicio de las Mutuas y Aseguradoras puede hacer sentencias así, porque si te niegas a trabajar por cualquier petición que le hagas al empresario para que modifique las condiciones de seguridad, te quedas en la calle, sin empleo.

Un juzgado de Valdepeñas (Ciudad Real) ha responsabilizado a un albañil de esta localidad de un accidente sufrido por él mismo en 1998 cuando se cayó de un andamio en una obra en la que estaba trabajando en Jaén.

La sentencia también le obliga a pagar las costas procesales que suman 31.000 euros, cifra que deberá abonar a pesar de que sólo cobra una pensión de 720 euros mensuales después de haber quedado incapacitado para realizar un trabajo similar.

El obrero había sido contratado por un constructor que ha quedado eximido de responsabilidad civil en la denuncia que el trabajador presentó contra él. Según la sentencia, el constructor cumplió todas las medidas de seguridad, un argumento que contrasta con el contenido de los informes redactados en su día por la Inspección de Trabajo de Jaén y el Instituto de la Seguridad Social según los cuales la obra no contaba con todas las medidas de seguridad.