El Supremo considera probado que el religioso pidió al menor durante tres años felaciones, tocamientos y masturbaciones
JAÉN.- El sacerdote al que el Tribunal Supremo ha ratificado la condena de ocho años de prisión por abusar sexualmente de un monaguillo ha ingresado en la prisión Jaén II, mientras que el obispo de Jaén, Santiago García Aracil, ha remitido un comunicado en el que no condena moralmente al cura.
«No condeno moralmente a este hermano en el sacerdocio negándole credibilidad cuando afirma que no tiene conciencia de ser responsable de los delitos que se le imputan», dice el obispo en un texto que comienza manifestando «mi respeto y acatamiento ante la decisión judicial, que actúa según los datos a los que tiene acceso».
El obispo recuerda en su escrito que considera su deber «estar al lado de los sacerdotes en todos los momentos y situaciones para ofrecerles aquello que necesiten y que corresponde a la misión que me ha sido encomendada».
El comunicado finaliza pidiendo a Dios que «ilumine» a los jueces y a los inculpados judicialmente, al tiempo que desea que «cuantas personas son víctimas de tratos indebidos, recuperen su autoestima y gocen del respeto que merecen por su dignidad esencial».
Será sacerdote sin cargo pastoral
Durante su estancia en prisión, Luis Jose B. C., de 40 años, permanecerá como sacerdote, aunque sin cargo pastoral, según informó el Obispado.
La sala de lo Penal del alto tribunal ha decidido desestimar el recurso que interpuso el que fuera cura de Alcalá la Real (Jaén) y confirma en todos sus extremos la sentencia de la Audiencia de Jaén que también le condenó a pagar una indemnización de 12.202 euros en concepto de responsabilidad civil.
El Supremo considera que existió suficiente actividad probatoria para condenar al sacerdote y añade que sobre los hechos denunciados se han realizado los «controles necesarios para evitar denuncias injustificadas y falsas, pues además de la percepción directa», el tribunal de instancia pudo escuchar también a varios peritos que informaron de la credibilidad que les mereció el testimonio de la víctima.
La sentencia de la Audiencia, cuyos hechos probados recoge el Supremo, relata que a comienzos de 1995 el acusado comenzó a estrechar su relación con el menor, que entonces tenía 11 años, y se ganó la confianza de sus padres, quienes pasaban por una crisis matrimonial.
También explica que los padres aceptaron el ofrecimiento del hombre para que el menor acudiera de forma periódica los sábados a su casa para ayudarle en sus tareas escolares, momentos en los que el sacerdote le pedía que le hiciera masajes que con el tiempo se convirtieron en felaciones, tocamientos y masturbaciones que se prolongaron de forma periódica hasta junio de 1998.
Par : EFE