El tribunal supremo sentencia que TMB tendrá que indemnizar a sus conductores/as de autobús con más de 1.000.000 € por negarles el "descanso del bocadillo"

TMB empresa insigne del ayuntamiento de Barcelona tendrá que indemnizar a 672 conductores/as de autobús con 894.837 más los interés de esta deuda cuya suma sobrepasará el millón de euros.

Pese a la modernidad que se vende desde la Dirección de TMB lo cierto es que los conductores/as de autobuses de Barcelona no pudieron disfrutar del descanso del bocadillo y de los dos días de descanso semanales hasta el convenio del 2009, firmado por CGT ACTUB y PSA, y que se consiguió tras un largo periodo de movilizaciones.

TMB empresa insigne del ayuntamiento de Barcelona tendrá que indemnizar a 672 conductores/as de autobús con 894.837 más los interés de esta deuda cuya suma sobrepasará el millón de euros.

Pese a la modernidad que se vende desde la Dirección de TMB lo cierto es que los conductores/as de autobuses de Barcelona no pudieron disfrutar del descanso del bocadillo y de los dos días de descanso semanales hasta el convenio del 2009, firmado por CGT ACTUB y PSA, y que se consiguió tras un largo periodo de movilizaciones.

Ha quedado demostrado que hasta esta fecha la Dirección junto a CCOO y UGT pactaban convenios que dejaban a los conductores/as sin el descanso del bocadillo y con un solo día de descanso semanal a cambio de, entre otras cosas, “prebendas sindicales” que también han sido anuladas judicialmente por la sentencia 626/2010 del Juzgado Social 25 de Barcelona.

Tras un larguísimo periodo de procesos judiciales que se inicia con una denuncia de CGT el 30-01-2007 finalmente el Tribunal Supremo nos da la razón a CGT, ACTUB y PSA en una sentencia que no admite ninguna apelación. Los afiliados a estos tres sindicatos que se adhirieron a la demanda cobraran a razón de 4.08€ por cada día que vinieron a trabajar entre el 21-03-2006 y el  05-05-2008

Historia judicial del “bocadillo” de los conductores/as de TMB

●Convenio 2005/2008 CCOO UGT y SIT vuelven a firmar un convenio en que dejan a los conductores/as sin el descanso del bocadillo

●30-01-2007. CGT pone la primera denuncia sobre el descanso del bocadillo que no disfrutan los conductores/as de TMB

●21-03-2007 primera sentencia que declara que los conductores/as tenemos derecho a disfrutar del descanso del bocadillo. La sentencia no recoge nuestra petición de que el tiempo de descanso del bocadillo sea considerado tiempo efectivo de trabajo, el juez considera que es un tema que se ha de negociar. CGT pide judicialmente que se ejecute la sentencia. TMB la recurre ante el Tribunal Superior de Catalunya

●14-05-2007 El juez desestima la petición de CGT de que se ejecute provisionalmente la sentencia

●18-07-2007 Se publica en el BOE el Real Decreto 902/2007 que aumenta el descanso de los conductores/as que trabajen más de seis horas seguidas a 30 minutos diarios

●26-07-2007 CGT solicita al Ministerio de Trabajo que nos informe sobre si el RD 902/2007 es de aplicación a los conductores/as del transporte urbano

●11-10-2007 El ministerio contesta afirmativamente pero TMB se niega a aplicar el RD en autobuses. Esta circunstancia servirá como base legal para iniciar las movilizaciones por “los dos días” y el descanso del bocadillo que CCOO UGT y SIT intentaran boicotear desde el primer momento

●10-12-2007 El Tribunal Superior de Catalunya confirma la sentencia. TMB la vuelve a recurrir ante el Tribunal Supremo de Madrid pero este tribunal no admite a trámite el recurso de la Dirección por falta de contradicción de sentencias.

●14-04-2008 Se denuncia el convenio de CCOO UGT SIT y se inician las negociaciones del convenio 2009

●06-05-2008 Los conductores/as empezamos a generar, por cada día que venimos a trabajar, 25 minutos de descanso o cobro ●25-01-2010 Tras un periodo informativo en el que, desde el Comité de Convenio, se le pide a la plantilla que se adhiera a la demanda de daños y perjuicios que se esta preparando CGT ACTUB y PSA presenta ante los tribunales una nueva denuncia. CCOO UGT y SIT, haciendo caso a la Dirección dejan a sus afiliados con “el culo al aire”

●27-10-2010 Se celebra el juicio al que no asisten, pese a estar denunciados, CCOO UGT y SIT

●19-01-2011 El juez da la razón a los 666 conductores/as que se adhirieron a la demanda y condena a TMB a indemnizarnos globalmente con 483.700 €. CGT ACTUB y PSA recurren la sentencia ante el Tribunal Superior de Catalunya porque solo recoge como periodo de derecho a ser indemnizados desde el 21/03/2007, fecha de la primera sentencia que nos reconoce el derecho al descanso del bocadillo, al 6/05/2008, fecha que empezamos a generar los 25 minutos de descanso.

En el recurso se pide que se generen derechos desde 21-03-2006. TMB también recurre la sentencia.

●15-12-2011 El Tribunal Superior de Catalunya nos da la razón y nos reconoce un año más de derecho a ser indemnizados por daños y perjuicios. TMB recurre nuevamente ante el Tribunal Supremo

●12-02-2013 El Tribunal Supremo no admite el recurso de TMB y declara la sentencia del Tribunal Superior de Catalunya firme y sin posibilidad de recurso alguno. TMB ha de indemnizarnos por los daños y perjuicios que nos ocasionó con el beneplácito de CCOO UGT y SIT

●18-03-2013 Llega a los abogados del Comité de Convenio la resolución del Supremo

●21-03-2013 El Comité de Convenio se reunirá con la Dirección de TMB para aplicar la sentencia

 


Fuente: CGT-TMB