Se ha hecho pública la sentencia condenatoria contra Telecinco por el acoso al que han sometido a una de sus trabajadoras, delegada de CGT y Secretaria del Comité de Empresa.
Se ha hecho pública la sentencia condenatoria contra Telecinco por el acoso al que han sometido a una de sus trabajadoras, delegada de CGT y Secretaria del Comité de Empresa.
Se ha hecho pública la sentencia condenatoria contra Telecinco por el acoso al que han sometido a una de sus trabajadoras, delegada de CGT y Secretaria del Comité de Empresa.
El pasado 20 de julio, el Juzgado de lo Social nº 14 dictó sentencia a favor de la demandante R.P. y condena a Telecinco porque se “evidencia la conducta antisindicalista de la empresa que en absoluto puede ser sostenible, siendo mayor abundamiento en una empresa de comunicación tan importante como la hoy demandada”.
En dicha sentencia se declara que ha existido “vulneración de los Derechos Fundamentales de la trabajadora, reconocidos en los artículos 14,15 y 28 de la Constitución Española”. Por lo que se “condena a la empresa a que cese de inmediato el dicho comportamiento”.
Desde que la trabajadora salió elegida como delegada de CGT en mayo de 2003, ha sido víctima de un acoso manifiesto y reiterado por parte de TELECINCO. Situación que ha degenerado en un aislamiento notorio de la empleada y en un vaciamiento total de sus funciones.
El pasado 7 de julio, se celebró el juicio resultante de la demanda interpuesta por la trabajadora tras la política de “oídos sordos” que la empresa dio como respuesta a los intentos, tanto de la trabajadora como de esta Sección Sindical y del Comité de Empresa, para poner fin a esta clara vulneración de los derechos fundamentales.
Desde CGT, queremos reiterar públicamente nuestra satisfacción ante dicha sentencia ya que se considera el actuar de la Empresa como un claro ataque a la libertad sindical.