La Dirección del la compañía pretendió cerrar el Hotel Playa Almuñecar y abrirlo exclusivamente para temporadas estivales, para ello amenazó abrir un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) ante el Comité de Empresa. Tras las diferentes acciones sindicales mantenidas por el Sindicato CGT (mayoritario en el Comité de Empresa), así como las negociaciones mantenidas, se ha logrado evitar este despido colectivo.
CGT ha planteado durante el transcurso del conflicto mantenido entre los trabajadores de la compañía y la Dirección, la incoherencia de implantar un Expediente de Regulación de Empleo para unas obras, que finalmente se acredita que tan sólo eran para 110 días.
De este modo, tras las negociaciones mantenidas el pasado martes entre CGT, Comité de Empresa y la Dirección del Hotel Playa de Almuñecar, se han alcanzado los acuerdos planteados por CGT. Estos acuerdos, avalados por la unanimidad de la plantilla de la firma hotelera, han sido ratificados por el Vicepresidente del Patronato de Turismo de Almuñecar el pasado martes.
La firma hotelera mantiene un acuerdo de duración de 10 años con el Ayuntamiento que obliga a estar abierto durante todo el año. Se ha destacado que la compañía -recibe a cambio beneficios económicos y fiscales-, siendo irregular proceder al cierre del hotel.
En el acuerdo, se apunta que el Hotel realizará las obras necesarias que tendrán una duración de 110 días, disfrutando los trabajadores las vacaciones y festivos pendientes con la compañía tal y como venían reclamando.
Aquellos trabajadores que no tengan los suficientes días de permisos retribuidos y vacaciones, tienen garantizada, no sólo la continuidad de su contrato y trabajo en este Hotel sino todos los derechos adquiridos. Por otra parte, tres trabajadores irán temporalmente a un hotel de la misma firma en Almería, volviendo cuando termine la obra.
Estos trabajadores desplazados a Almería, no sólo conservan los derechos adquiridos, sino que además durante el tiempo que trabajen en Almería, se les aplicará el convenio colectivo de Granada. Subrayándose que la práctica totalidad de trabajadores de la firma hotelera en Andalucía, sólo disfrutan un día de descanso semanal, siendo dos en Granada. Otro punto positivo del acuerdo, es la conversión del 35% de la plantilla a una modalidad de contratación indefinida.
Con la finalidad de supervisar la realización de las obras que conllevan el cierre del Hotel de manera temporal, así para supervisar los plazos establecidos para la finalización de dichas obras y cumplimiento de los acuerdos, se creará una comisión de seguimiento formada por el sindicato CGT, Comité de Empresa y la Dirección de la Compañía. Finalmente, el hotel permanecerá cerrado para los clientes, desde el próximo día 11 de noviembre de 2004 hasta el 28 de febrero del 2005.
Para CGT-Andalucía, estas prácticas que intentó realizar el Hotel para plantear un ERE, vienen a raíz de las reivindicaciones de la Secc. Sindical de CGT para solucionar las diferentes deficiencias laborales que han padecido antes de la entrada del sindicato en la firma hotelera.
ACTA DE REUNION Y ACUERDOS
En la localidad de Almuñecar ( Granada ), a fecha 9 de noviembre de 2.004 y en el Palacete de La Najarra, se reúnen, por parte empresarial Don Gonzalo García Fenoll en nombre y representación de Grupo Hoteles Playa, S.A., y de otra el Comité de Empresa del citado establecimiento, estando compuesto por los siguientes miembros :
Todos ellos como representantes de los trabajadores del hotel “ Almuñecar Playa”, reconociéndose mutuamente ambas partes capacidad legal para convenir y en consecuencia
MANIFIESTAN
PRIMERO.-Que ambas partes son conscientes de la necesidad de acometer obras de reforma y creación de nuevas instalaciones en el establecimiento hotelero “Hotel Almuñecar Playa”, al objeto de equiparar sus infraestructuras al resto de los establecimientos de la cadena hotelera Playa Senator, mejorando así su oferta de calidad y favoreciendo su comercialización futura.
SEGUNDO.- Que las referidas obras, tendrán una duración de 3 meses y 21 días, implicando al cierre del referido hotel por el periodo comprendido entre el día 11.11.04 y el 28.02.05.
TERCERO.- Que habiéndose mantenido diversas reuniones previas entre empresa y trabajadores al objeto de buscar la mejor formula para paliar, en la mayor medida posible, los efectos del mencionado cierre, y habiéndose descartado por ambas partes la formula del Expediente de Regulación de Empleo en su modalidad de suspensión temporal de contratos de trabajo, se llega como medida alternativa al mismo, a los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO. El establecimiento hotelero “ Hotel Almuñecar Playa” permanecerá cerrado por el periodo comprendido entre el día 11.11.04 hasta el día 28.02.95 ambos inclusive para la ejecución de las obras mencionadas anteriormente. El Comité de Empresa acepta el cierre por obras comprendido en el periodo que va del 11.11.04 al 28.02.05 para la realización de adaptación y mejora con la línea del resto de hoteles de la empresa. Este Comité no aceptará otro cierre o reforma de ningún tipo , ya que consideramos que se puede realizar con el Hotel abierto, además le recordamos la existencia de acuerdos entre Empresa y Ayuntamiento que obligan a tener abierto el Hotel todo el año durante un periodo de 10 años a cambio de una serie de beneficios económicos y fiscales, concedidos en su día a la anterior Sociedad propietaria del Hotel, Mirador de Almuñecar S.A y que Grupo Hoteles Playa S.A, desconocía ni ha percibido.
SEGUNDO.-Pese a que el hotel quedará cerrado al publico el día 08.11.04 la plantilla fija y fija discontinua seguirá prestando su trabajo efectivo hasta el día 10.11.04, realizando las labores propias de recogida de material y adecuación de las distintas dependencias del establecimiento para su periodo de inactividad.
TERCERO.- Durante el periodo de inactividad cuya duración es de 110 días ( 11.11.04 hasta 28.02.05, ambos inclusive), los trabajadores fijos y fijos discontinuos que se detallan en los anexos I y II ( correspondientes a la propuesta realizada por el Comité de Empresa y aceptada por el Grupo Hoteles Playa) y que forman parte inseparable del presente acuerdo, comenzarán, con efectos del día 11.11.04, a disfrutar las vacaciones y festivos pendientes devengados desde el 01.04.04 hasta el 31.12.04 y cuyo numero de días se detalla para cada trabajador en los referidos anexos I y II.
CUARTO.-Los trabajadores fijos discontinuos detallados en el anexo I, una vez disfrutado su periodo vacacional, pasarán a la situación de inactividad en las fechas indicadas en el citado anexo I, practicándoseles la correspondiente liquidación de partes proporcionales de pagas extraordinarias y siendo dados de baja en la Seguridad Social, permaneciendo en esta situación hasta la finalización del periodo de inactividad correspondiente e incorporándose al término de dicha parada. Nota explicativa : (Debido a que la salida de los FD del año que viene coincidiría el mismo día o prácticamente en dos semanas para todos los trabajadores, el Comité de Empresa propone que se vayan incorporando para realizar diferentes labores según vaya terminando el periodo de inactividad, también este Comité de Empresa reconoce que en algunos casos los trabajadores van a pedir incorporarse más tarde de la fecha oficial de su incorporación pero dichos casos serán tratados de forma individualizada entre el trabajador y la Empresa )
Los trabajadores fijos detallados en el anexo III, una vez agotado su periodo vacacional, pasarán a prestar sus servicios profesionales en los establecimientos hoteleros de la provincia de Almería detallados en el citado anexo y por el periodo indicado en el mismo. (la incorporación de dichos trabajadores en Hoteles de Almería se realizará en las mismas condiciones de Empleo y sueldo, según convenio de la provincia de Granada)
QUINTO. -Se creará una comisión de seguimiento de la obra formada por :
- Miguel Perez Corzo(Responsable de SSTT)
- Gonzalo García Fenoll (Gerente)
- Enrique López Plana (CGT)
- Antonio Prieto Cueto (Comité de Empresa)
Con la finalidad de supervisar la realización de las Obras que conllevan el cierre del Hotel, así como que se lleven a cabo los plazos establecidos para la finalización de dichas obras.
Dependiendo de la evolución de las obras y surgida una posible necesidad de prestación laboral, se procederá a la incorporación al trabajo efectivo del personal necesario para cubrirla, teniendo preferencia sobre un puesto de trabajo concreto el personal fijo y después el fijo discontinuo, prevaleciendo el criterio de preferencia de mayor antigüedad dentro de ambos grupos. En todo caso, el día 01.03.05, se procederá a la incorporación del personal que hasta esa fecha no se hubiese incorporado.
SEXTO.Los trabajadores que a la fecha de cierre ( 11.11.04 ) se encontrasen en situación de Incapacidad Temporal, continuarán en esa situación hasta la fecha de su alta médica, pasando a continuación a disfrutar de sus vacaciones por el periodo que les corresponda y con las mismas circunstancias pactadas para los fijos discontinuos.
SÉPTIMO.- El pago de liquidación de haberes se realizará coincidiendo con el primer día de fecha de salida. La recogida de documentación y de pagarés se efectuará en el propio establecimiento, el día de finalización del periodo vacacional.
El vencimiento de dichos pagarés deberá tener un máximo de 5 días posterior a la fecha de salida del trabajador.
OCTAVO.- Con fecha 01.04.05 ya se habrá realizado la conversión del 35% de la plantilla de Fijos discontínuos a indefinidos. (según convenio de la Provincia de Granada) Esta conversión de personal fijo discontinuo a indefinido, se realizará de mutuo acuerdo entre Empresa y la Representación de los Trabajadores.
Nota : El Comité de Empresa considera oportuno que en el momento de la firma del acuerdo estuviera presente como testigo el Vice-Presidente del Patronato de Turismo de Almuñecar.
En conclusión de este acuerdo, ambas partes declaran que el mismo se ha obtenido libremente, sin que concurra dolo, coacción o abuso de derecho.
Y con el acuerdo precedente se levanta la sesión a las 12.00 horas del día de la fecha, extendiendo Acta de su contenido junto con los documentos anexos que forman parte inseparable del mismo, siendo firmado por los reunidos en prueba de conformidad.
Por la parte empresarial Por la representación legal de los trabajadores
D. Gonzalo García Fenoll D. Eduardo S. Torres Ruiz
Fdo……………………….
En Almuñecar, a ..9 de noviembre de 2004