En sentencia ejemplar emitida por el juzgado de lo social nº 33 de Barcelona, se han declarado nulos los despidos de fecha 30/06/06 “y se condena a atento a la inmediata readmisión de los trabajadores y al pago de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia”.

En sentencia ejemplar emitida por el juzgado de lo social nº 33 de Barcelona, se han declarado nulos los despidos de fecha 30/06/06 “y se condena a atento a la inmediata readmisión de los trabajadores y al pago de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia”.

La sentencia declara como hechos probados lo que la CGT, no solo en ATENTO, sino en todo el sector del Telemarketing viene denunciando desde hace años : el fraude de ley en la contratación, el abuso del contrato de Obra y los despidos indiscrimados y no justificados.

Recordamos, que en una clara muestra de mala fe, el 23 de Junio la empresa firmó junto con CCOO y UGT un acuerdo de oferta de recolocación para los trabajadores indefinidos, para seguidamente despedirlos con un acuerdo económico y de esta forma no tener que enfrentarse a múltiples demandas por despido. A los contratados por obra, se les ofertó una ridícula indemnización de 13 días por año trabajado ; estos trabajadores, con antigüedades de hasta 9 años, decidieron en su mayoría demandar a ATENTO.

La CGT mostró en todo momento su oposición a los despidos realizados y a lo acordado por UGT, CCOO y ATENTO, ya que no había justificación para el cierre total de la campaña en Barcelona, ya que entendíamos que lo que se pretendía era desprenderse de manera fraudulenta de los trabajadores y trabajadoras más antiguos de la plantilla.

En la sentencia se destaca que no había justificación para los despidos, ya que en el periodo en el que ATENTO manifiesta disminución de llamadas en el servicio, se habían realizado a nivel estatal más de 250 contratos de obra y servicio y unos 2500 eventuales con una duración que oscilaba entre 1 y 2 meses.

Algunos extractos de la sentencia :

“…la defectuosa formalización de la contratación eventual que determina que la contratación de los empleados despedidos era indefinida”.

“…la contratación por obra y servicio es un claro abuso de derecho o fraude de ley, ya que de manera manifiestamente artificiosa se ha creado para los trabajadores una situación de perpetua precariedad”.

“…que Telefónica direcciona la atención de las llamadas a sus distintos proveedores, facultad también manifiestamente desorbitada y que casa mal con el mínimo rigor y seguridad jurídica que deba tener una contrata, medida que denota su carácter fraudulento”.

“…la falta de acreditación por parte de ATENTO al comité de empresa de la medida que quería llevar a cabo…”, “…que ATENTO ha incumplido flagrantemente el criterio de antigüedad…ya que la reducción debería haberse realizado a nivel estatal y no aplicar la reducción exclusivamente en Barcelona”.

“…por el número de extinciones perseguida por ATENTO, afectando incluso a trabajadores indefinidos, debería haberse aplicado el procedimiento establecido en el Art.51 del Estatuto de los Trabajadores para despidos colectivos”.

Los trabajadores a los que se les ha declarado Nulo su despido, ya se han reincorporado a sus puestos de trabajo. Estos, han mostrado su alegría y su satisfacción hacia la Sección Sindical de la CGT en ATENTO en particular y hacia toda la CGT en general, así como hacia el Gabinete Jurídico Loperena, encargado de la defensa de los demandantes y de la propia sección sindical.

Esta es una gran victoria en un sector tan precario como es el del Telemarketing, donde el abuso de poder por parte de las direcciones de las diferentes empresas está a la orden del día, y una llamada de atención a los sindicatos CCOO y UGT, que con acuerdos firmados como en ATENTO, se posicionan en contra de los derechos e intereses de los trabajadores.


Fuente: CGT Catalunya