Un jurado de Silicon Valley comenzó a analizar las demandas de dos ex empleados de IBM que sostienen que su exposición a sustancias químicas en una fábrica de productos electrónicos en donde trabajaron durante décadas les provocó cáncer.

Un jurado de Silicon Valley comenzó a analizar las demandas de dos ex empleados de IBM que sostienen que su exposición a sustancias químicas en una fábrica de productos electrónicos en donde trabajaron durante décadas les provocó cáncer.

Un veredicto contra IBM, gigante informático con sede en Armonk, Nueva York, podría generar más reclamaciones contra otras empresas de la industria cuyos trabajadores tienen contacto con sustancias o productos químicos que potencialmente causan cáncer, advirtieron analistas.

En su alegato final, el abogado de IBM, Robert Weber, dijo el martes que no se habían presentado pruebas desde el comienzo del juicio en noviembre que demuestren que los dos ex empleados sufran de «envenenamiento químico sistemático», que dicen haber contraído en su trabajo en una instalación de la firma en la localidad californiana de San José.

Pero Richard Alexander, abogado de Alida Hernández, de 73 años, y James Moore, de 62, dijo que IBM priorizó «las ganancias a la gente» y que sus médicos habían ocultado pruebas de serios riesgos para la salud de los trabajadores. El caso es seguido con atención debido a que es el primero de 200 demandas contra IBM por parte de trabajadores que denuncian que sus enfermedades o las malformaciones de sus hijos se deben a su empleo en el mayor fabricante mundial de computadoras.

La demanda llamó la atención de las compañías electrónicas, que sostienen que la industria es una de las más seguras para trabajar. El caso ocurre en momentos en que se debate un sistema de compensaciones laborales en California y el riesgo de un aumento en los costos podría alejar a los empleadores del estado más poblado de Estados Unidos. «Este es un claro ejemplo de porqué las empresas no quieren mudarse a este estado», dijo Weber a la prensa a la salida de los tribunales».

En el juicio, Alexander argumentó que sus clientes estuvieron expuestos a toxinas durante su trabajo en IBM y que nunca se les informó que algunos de sus problemas de salud podrían haber estado relacionados con envenamiento químico producto de su empleo en la fábrica. A Hernández, que trabajó durante 13 años en la planta de IBM, le diagnosticaron cáncer de mamas en 1993, dos años después de su retiro. Moore, que sufre de un linfoma, trabajó en IBM entre 1966 y 1993 en diferentes puestos.

Weber dijo al jurado el martes que no había pruebas de que una dolencia nasal denunciada por Moore en 1967 a los médicos de la compañía haya sido causada por químicos y que en realidad podría haber sido contraída por una alergia estacional. En tanto, un elevado nivel de enzimas en el hígado de Hernández, que fumaba medio atado de cigarrillos por día a fines de los 70, continuó aún después de dejar de trabajar con químicos en IBM, dijo Weber. «No fue algo sistemático. No fueron los químicos en este caso. No hubo envenenamiento», aseguró Weber.
El juez Robert Baines del Tribunal Superior del Condado de Santa Clara solicitó al jurado que determine si «era más probable que sea verdad que que no lo sea» que los dos ex empleados sufran de «envenenamiento químico sistemático» debido a su trabajo y que los médicos de IBM lo sabían y lo ocultaron. Sólo si el jurado responde «sí» a esas preguntas, entonces se analizará si el uso de químicos en la planta de IBM fueron los responsables del cáncer.
En caso de que la justicia falle a favor de los ex trabajadores, las únicas compensaciones monetarias serán los costos médicos y un pago por el dolor y el sufrimiento. Otro tipo de compensaciones, que podrían alcanzar cifras importantes, fueron excluidas por el magistrado al hacer lugar a una presentación de los abogados de IBM. 

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña rebaja la indemnización a un trabajador que quedó tetraplégico porque tuvo parte de culpa en el accidente. –

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rebajado la indemnización concedida a un trabajador que quedó tetraplégico en un accidente laboral porque el empleado tuvo parte de culpa por «conducir de manera acelerada» la pala cargadora que provocó el siniestro.
La Sala de lo Social del TSJC ha reducido casi un 25 por ciento la indemnización concedida por el titular del Juzgado de lo Social número 1 de Manresa (Barcelona) a Francisco Miguel
Este juzgado reconoció el derecho del empleado a percibir una indemnización de 103 millones de pesetas (780.000 euros), cantidad que ha sido aminorada por el TSJC a 73 millones (438.000 euros) al entender que existía «concurrencia de culpas».
El accidente ocurrió el 19 de agosto 1994, dos meses después de que el empleado empezara a trabajar como peón para la empresa Norden. El trabajador, que actualmente tiene 36 años de edad, conducía una pala cargadora para transportar materiales y quedó atrapado entre una viga y una barra horizontal, cuando estacionaba el vehículo.
En abril de 1995, la Dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) dictó una resolución que declaraba al trabajador en situación de «gran invalidez». El trabajador quedó en situación de «tetraplejia severa con alteraciones de esfínteres».

SANCION DEL INSS

Tras una inspección de trabajo, el INSS sancionó a la empresa por «falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo» en el accidente laboral. Como sanción, el INSS condenó a la empresa aumentando un 30 por ciento las prestaciones que la empresa paga a la Seguridad Social. A pesar de que se abrieron diligencias por el Juzgado de Instrucción número 5 de Manresa por una eventual responsabilidad criminal por el accidente, el juez archivó el caso. El sobreseimiento fue confirmado por la Audiencia de Barcelona en octubre 1998.
Por el contrario, por la vía social, el titular del Juzgado de lo Social número 1 de Manresa acogió la demanda del trabajador y condenó a la empresa a indemnizar a la víctima con 103 millones de pesetas.
La empresa impugnó esta sentencia ante la Sala de lo Social del TSJC. De los diversos motivos de recurso, el Alto Tribunal catalán sólo aceptó el relativo a la cantidad de la indemnización.

Según el TSJC, en este caso existe una concurrencia de culpa, puesto que el accidente no se debió únicamente a la falta de medidas de seguridad, sino también a la imprudencia del trabajador, que condujo «de manera acelerada» y estacionó el vehículo de una manera inadecuada.


Par : Salud Laboral CC