Que la política está fuera de sí, que con rabia el pensamiento autoritario y totalitario revienta al observar como la ciudadanía se expresa sin miedo, libremente, es una evidencia. Criminalizar a los movimientos ciudadanos y a personas que solo con la palabra pretenden ayudar a deshacer entuertos e injusticias es la prueba evidente de quienes siempre han pensado en clave fascista se muestran tal como son. La subdelegación de Cádiz, representante del gobierno del Estado Español, ostentado por el Partido Popular, ataca las libertades, precisamente cuando conmemoramos sucesos trágicos ocurridos hace 80 años en esta provincia.

Aquellos que si pudieran eliminar físicamente al oponente político, no dudarían en poner multas de hasta 30.000 euros por manifestar con la voz el pensamiento discordante.

¡CGT avisa!, esto no ha hecho más que empezar y si por coger un megáfono y trasmitir el pensamiento se le impone una multa a un ciudadano, por muy mal camino andan quienes políticamente adoptan esas decisiones. Y haremos los ciudadanos bien en tomar nota de quien es quien.

Aquellos que si pudieran eliminar físicamente al oponente político, no dudarían en poner multas de hasta 30.000 euros por manifestar con la voz el pensamiento discordante.

¡CGT avisa!, esto no ha hecho más que empezar y si por coger un megáfono y trasmitir el pensamiento se le impone una multa a un ciudadano, por muy mal camino andan quienes políticamente adoptan esas decisiones. Y haremos los ciudadanos bien en tomar nota de quien es quien.

El expediente sancionador contra el compañero Reula del Metal de CGT le atribuye unas capacidades totalmente extraordinarias, de forma que con el sólo uso de la palabra el compañero Reula fue capaz, según el gobierno del Estado en Cádiz de parar el tráfico y de esta forma crear un atasco de más de una decena de kilómetros. ¡Poder extraordinario! Que sólo en la Biblia y en literatura legendaria poseían los héroes o los enviados de los dioses.

Pero el Compañero Reula es un ser humano compasivo, que se hace co-participe del padecer de otros compañeros que sufren injusticias y atropellos en sus derechos como trabajadores. De esta forma ayudando a resolver situaciones dramáticas las personas que militamos en CGT nos enfrentamos a ellas con la fuerza de tener la razón y la esperanza de convencer a quienes sólo miran su interés particular a costa de “joder” al prójimo si fuese preciso.

La sanción pretende amordazar no sólo al compañero Reula (cabeza de turco) sino a la CGT en particular y a la ciudadanía en general.

Fdo Rafael Fenoy Rico Comunicación CGT

Anexo de las alegaciones formuladas.

TERCERA.- Que por parte de los trabajadores y los delegados sindicales siempre se ha actuado en el ejercicio del derecho de reunión como medió de poner de manifiesto otro derecho fundamental como es la libertad de expresión.

En todo momento se ha actuado dentro del ejercicio de esos derechos fundamentales y mostrando una total colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado presentes en cada momento, para de esa manera hacer compatible el legítimo ejercicio de todos los derechos en conflicto.

En este entorno de normalidad dentro del ejercicio legitimo de la libertad de expresión y el derecho de reunión, ha sorprendido la apertura de este expediente sancionador, que llega cuando los conflictos laborales tocaban a su fin, en parte y gracias a este ejercicio colectivo de derechos fundamentales que los trabajadores hicieron valer.

CUARTA.- Los conflictos a los que respondían las jornadas de protesta, la manera de comportarse los numerosos trabajadores que participaban en las protestas no parece justificar este expediente sancionador y menos dirigido a uno mas de los participantes en las protestas.

Estamos ante una medida desproporcionada que nos lleva a estimar que estamos ante una vulneración de derechos fundamentales consagrados como tales en la Constitución de 1978. El interesado entiende que se encontraba en el ejercicio del derecho  fundamental de manifestación junto con el resto de trabajadores (se nos dice unos 40 trabajadores), que este derecho se ha realizado en todo momento con el conocimiento de la autoridad que en ningún momento ha indicado prohibición alguna de la

protesta que se estaba realizando, tampoco consta que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado presentes indicarán que el acto de concentración o protesta estuviera prohibido. Tampoco se evidencio daño o perjuicio a terceros, ni la autoridad policial transmitió algo en ese sentido.


Fuente: CGT-Andalucía