Los hechos suceden cuando Cercanías RENFE prohibe a un COMPAÑERO acudir a su propio juicio, aun cuando estaba pertinentemente citado y la empresa tenia perfecto conocimiento por ser la parte demandada.
Nuevamente, RENFE, ha sido condenada por el Juzgado de lo Social Nº 1 de Málaga por la Vulneración del Derecho Fundamental a la Tutela Judicial Efectiva.
Los hechos suceden cuando Cercanías RENFE prohibe a un COMPAÑERO acudir a su propio juicio, aun cuando estaba pertinentemente citado y la empresa tenia perfecto conocimiento por ser la parte demandada.
Cercanías mediante sendos escritos privó al trabajador del Derecho Constitucional a la Tutela Judicial Efectiva consagrado en la Carta Magna en el Art. 24.1 (los titulares de derechos e intereses legítimos tienen derecho a acudir a los órganos jurisdiccionales y a obtener una decisión fundada en derecho)
La sentencia Nº 114/04 sobre autos 464/03 del Juzgado de lo Social Nº 1 de Málaga además de declarar vulnerado el Derecho Fundamental del trabajador condena a la empresa a indemnizarle con 1000 euros en concepto de indemnización por “el evidente daño moral que le ha producido al actor la negativa de la empresa a permitir su presencia en juicio contra la misma empresa por la injusticia de la situación” ; instando a RENFE al cese inmediato de dicho comportamiento vulnerador.
La CGT va a seguir velando por los intereses y derechos de los trabajadores ferroviarios, no permitiendo actuaciones caciquiles que vulneran los principios básicos de cualquier ciudadano y que se hacen especialmente graves cuando quien los viola es una empresa publica como RENFE, que debiera ser garante de cumplir la Constitución Española.
NO COMULGUES CON RUEDAS DE MOLINO
ENCIENDE LA LLAMA DE LA REBELDIA