La empresa pública RENFE-Operadora ha sido condenada por vulnerar el derecho de huelga de un trabajador de RENFE-Operadora, al sustituirlo por otro trabajador durante la Huelga General que C.G.T.-Galicia convocó contra la reforma de las pensiones el pasado 27 de Enero.

El Juzgado de los Social Nº4 de Vigo ha reconocido como hecho probado que durante la citada Huelga General, RENFE ordenó sustituir a Carlos, maquinista de Vigo afiliado a CGT que secundó la huelga, con otro trabajador maquinista, en los trenes 12434 con salida de Vigo a las 17:00hs. y llegada a A Coruña a las 19:00 y 12441 con origen en A Coruña (20:55) y destino Vigo (23:00),

  Por este motivo la Juez considera vulnerado el derecho fundamental de
huelga, sentenciando una indemn

  Por este motivo la Juez considera vulnerado el derecho fundamental de
huelga, sentenciando una indemnización para el Sindicato
C.G.T.
de
2.926
€,

que es la recaudación de los trenes mencionados,
entendiendo
esa indemnización acorde con el daño producido, ya que esos trenes
no debían haber circulado por huelga del maquinista que los debía
conducir
.

La
Sentencia no valida los argumentos de la empresa de que el trabajador
que tenía en gráfico asignados servicios complementarios, y que
obedecen a servicios de reserva para cubrir bajas por enfermedad,
licencias, vacaciones, cursillos de formación etc., podía realizar
el turno del huelguista, al no saber si su ausencia era debida a
secundar la huelga o a una enfermedad imprevista, entendiendo la
Jueza que en todo caso, el trabajador está obligado a comunicar el
motivo de su ausencia, excepto cuando es por secundar la huelga, como
es el caso.

Desde
C.G.T.
entendemos que la sentencia publicada se ajusta a nuestras demandas,
y supone un merecido correctivo para los Directivos de RENFE, que con
su actitud persiguieron reducir el impacto de la huelga, aún dando
órdenes que suponen una vulneración de un derecho fundamental
protegido por la Constitución, como es el derecho de huelga de
trabajadores y trabajadoras, precisamente en una empresa que se jacta
de mantener una estrategia de responsabilidad social empresarial en
sus actuaciones.

Se
adjunta copia de la Sentencia, que puede ser recurrida por RENFE ante
el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. 

Vigo
a 3 de Junio de 2011

SFF CGT Vigo


Fuente: SFF CGT Vigo