SEVILLA.- La acusación particular pedirá el miércoles tres años de cárcel para tres empresarios, acusados de instalar un mecanismo de escucha y grabación para conocer las conversaciones que mantenía su empleada en una fábrica de muebles de cocina de Sevilla.

SEVILLA.- La acusación particular pedirá el miércoles tres años de cárcel para tres empresarios, acusados de instalar un mecanismo de escucha y grabación para conocer las conversaciones que mantenía su empleada en una fábrica de muebles de cocina de Sevilla.

Los empresarios, según el escrito de acusación, instalaron en septiembre de 1997 un mecanismo de escuchas disimulado junto al aparato de fax de la oficina y durante dos años escucharon, grabaron y conservaron las conversaciones de su empleada.

La acusación particular llegó a imputarles un segundo delito de abuso sexual por haber practicado en el cuarto de baño un agujero por el que espiaban el «aseo íntimo» de la empleada, si bien este hecho no fue incluido en el auto de procesamiento dictado por el juez instructor.

Los acusados R.G.D., J.M.R.C. y A.M.G., que serán enjuiciados en el juzgado penal 1 de Sevilla, presuntamente instalaron el mecanismo de escuchas «con el fin de indagar en la vida privada» de la trabajadora «y descubrir sus secretos y su intimidad».

Cuando en marzo de 1999 la mujer descubrió el micrófono, según la acusación, los tres socios de la empresa «insistieron en que aquello era simplemente un amplificador del fax».

La acusación les imputa un delito de revelación de secretos, por el que pide tres años de prisión a cada uno, mientras que la Fiscalía reclama para ellos un año de cárcel.

Delito de abuso sexual

En cuanto al espionaje en el cuarto de baño, según la acusación que no ha prosperado, el procesado R.G.D. presuntamente hizo cuatro agujeros en el alicatado «debajo del lavabo y orientados hacia el water» desde una habitación anexa utilizada como almacén.

La acusación sostenía que entre febrero y mayo de 1998, «cada vez que la trabajadora entraba en el cuarto de baño», también lo hacía «sin motivo aparente en el cuarto de herramientas anexo» el acusado, que de esta manera espiaba su aseo íntimo y «atentaba contra la intimidad y libertad sexual» de la denunciante.

Junto a la condena de prisión, la acusación particular reclamará cinco años de inhabilitación para ejercer el comercio para cada uno de los acusados y el pago de una indemnización de 42.070 euros por los daños morales causados, con responsabilidad solidaria de la empresa de cocinas de la que son únicos socios.


Par : EFE