Un acuerdo entre las partes y asunto solucionado. La Justicia ha solventado con penas de tan sólo seis meses de cárcel la responsabilidad de los tres responsables de un accidente laboral registrado en Ibi que dejó marcado para siempre a un albañil de 17 años. Los procesados -el aparejador de la obra, la arquitecta técnica coordinadora de Seguridad y Salud y el encargado y a la vez gerente de la constructora, Toimbe SL- no ingresarán en prisión porque no tienen antecedentes y la magistrada les ha suspendido la condena, según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario (www.laverdad.es).

Un acuerdo entre las partes y asunto solucionado. La Justicia ha solventado con penas de tan sólo seis meses de cárcel la responsabilidad de los tres responsables de un accidente laboral registrado en Ibi que dejó marcado para siempre a un albañil de 17 años. Los procesados -el aparejador de la obra, la arquitecta técnica coordinadora de Seguridad y Salud y el encargado y a la vez gerente de la constructora, Toimbe SL- no ingresarán en prisión porque no tienen antecedentes y la magistrada les ha suspendido la condena, según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario (www.laverdad.es).

Los hechos ocurrieron el 2 de agosto del año 2001, cuando el trabajador se encontraba en la tercera planta de una obra de la Avenida Juan Carlos I de Ibi dejando ladrillos sobre el encofrado. El albañil llevaba sólo cuatro meses con un contrato temporal en la empresa. Ese día no llevaba arnés de seguridad y las barandillas reglamentarias habían sido retiradas para que una grúa pudiera dejar los palés sin que se volvieran a colocar. El joven se precipitó al vacío desde unos trece metros de altura. El impacto fue tremendo y las heridas, tal y como se recoge en el fallo, aún más : « Fractura vertebral, lesión medular y paraplejia de miembros inferiores », entre otras.

El obrero pasó 396 días ingresado en un hospital y le quedaron numerosas secuelas, entre ellas la propia paraplejia, que le obliga a moverse en una silla de ruedas, y « alteraciones esfinterianas tanto rectales y urinarias ». Ha quedado impedido y no puede desempeñar su antigua profesión.

Una magistrada del Juzgado de lo Penal 1 de Alicante ha condenado ahora al empresario y a los dos aparejadores citados a sendas penas de seis meses de prisión. por un delito de lesiones por imprudencia grave al no adoptar ni vigilar el cumplimiento de las medidas de seguridad en la obra.

Todos ellos se han visto favorecidos en el fallo por la atenuante de los retrasos en la tramitación judicial de la causa.


Fuente: M. C. S. | www.laverdad.es