Las cláusulas establecidas en los contratos son abusivas e ilegales.
Desde CGT hemos podido constatar que los contratos de cuatro meses y nueve días (hasta el 31 de diciembre 2022) establecen un periodo de prueba de tres meses, algo que contraviene la legalidad vigente, en concreto el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores donde se recoge textualmente que “En los contratos temporales (art. 15 del ET) no superiores a seis meses, el periodo de prueba no podrá exceder de un mes”.
Ante esta nueva agresión hacía quienes acaban de llegar a trabajar a Renfe Viajeros, desde CGT hemos puesto en conocimiento de la Inspección de Trabajo la actitud torticera e ilegal de la empresa, solicitando que se anulen las cláusulas alegales de los 56 contratos de las personas que desde el 22 de agosto trabajan en las estaciones de Málaga (fundamentalmente en la línea Málaga/Fuengirola) y se consideren no escritas por abusivas, instando además a la Inspección de trabajo a sancionar a RENFE por estas prácticas atentatorias contra la legalidad vigente que solo persiguen el sometimiento de quienes únicamente quieren y deben trabajar en igualdad de condiciones que el resto del personal ferroviario.
Estos nuevos abusos de RENFE, fijando en los contratos clausulas ilegales y del todo perjudiciales para el personal contratado, que contravienen los derechos básicos de las personas trabajadoras conforme se establece en el Estatuto de los Trabajadores, no pueden quedar impunes y por ello desde CGT hemos solicitado la intervención urgente de la Inspección para poner fin a este nuevo atropello que se une a la también denunciada obligación impuesta a las personas contratadas de adquirir sus propios uniformes, a diferencia del personal ferroviario con contrato indefinido, quedando constatada la discriminación que se aplica en RENFE según sea la relación laboral.
Fuente: SFF-CGT Andalucía