El día 13 de julio, Gobierno PSOE, CEOE - CEPYME, CC.OO y UGT, firmaron una nueva Reforma de la Seguridad Social. Las pensiones públicas vuelven a ser agredidas y la Banca, nuevamente gana.

El día 13 de julio, Gobierno PSOE, CEOE – CEPYME, CC.OO y UGT, firmaron una nueva Reforma de la Seguridad Social. Las pensiones públicas vuelven a ser agredidas y la Banca, nuevamente gana.

Este nuevo Pacto Social se encuentra relacionado directamente con la Reforma Laboral, aprobada por Decreto Ley el 9 de junio de 2006.

En 1985 se produce la primera gran reforma de la Seguridad Social, endureciendo los requisitos de accesibilidad para tener derecho a pensión contributiva y alargando el período de cálculo (bajando de esta forma la cuantía de la pensión). El gran pacto político denominado “El Pacto de Toledo” en el 95, sienta las bases para la segunda gran contrarreforma en 1997 (racionalización del sistema de pensiones y seguridad social), la cual alarga el período de cálculo de 2 a 8 años -de forma progresiva en el tiempo-, con el consiguiente “bocado” a la cuantía de la pensión. El Pacto de Toledo se revisa en el 2003, en línea con las políticas liberalizadoras de la Comisión Europea de reducción de los gastos sociales y dejar en manos del “mercado” la cobertura de nuestras pensiones y de nuestra salud.

Firmada la Reforma Laboral 2006 que actúa directamente sobre los costes laborales : reducción de cuotas patronales a la seguridad social, subvención de contratos y despidos aún más baratos, la reforma de la Seguridad Social, viene a apuntalar las condiciones de precarización y flexibilidad de la mano de obra, para de esta manera, garantizar la seguridad empresarial y la libertad “absoluta” del capital, cada vez con menos límites y menos regulaciones.

Las consecuencias de estas políticas -cuyas bases ideológicas y materiales se asientan en el Pacto de Toledo-, denominadas eufemísticamente de “aseguramiento del sistema de las pensiones”, han conllevado por una parte, reducciones relativas de las pensiones : reducción de un 30,7% en el incremento de los nuevos pensionistas, consecuencia directa del endurecimiento en los requisitos para tener derecho a prestación y una pérdida o disminución en la cuantía de las pensiones en más de un 3% (consecuencia de aumentar el período de cálculo de 8 a 15 años).

Por otra parte, las bases ideológicas se modifican y hoy las pensiones públicas suficientes como derecho subjetivo de las personas -es decir ser considerado como un derecho social y por lo tanto fundamental-, son percibidas por la ciudadanía como un servicio que presta el mercado y que será mejor o peor, en función de la capacidad de ahorro e inversión que el ciudadano/a de forma individual, sea capaz de generar.

El Pacto de Toledo separa las fuentes de financiación (sector contributivo y sector no contributivo) y fomenta la contributividad, lo que significa que quien más capacidad de poder adquisitivo tiene, tendrá pensiones mejores.
Esto dinamita los principios de solidaridad, reparto y suficiencia, desviando cada vez, en mayor medida, recursos públicos hacia fondos privados y transferencia de recursos públicos a las manos privadas de empresarios.

Desde 1997, año de la Reforma del período de cálculo (de 8 a 15 años) y de la reforma Laboral que instaura los contratos de fomento de empleo subvencionados sobre cuotas en la Seguridad Social, los empresarios han recibido fondos públicos equivalentes a 3 billones de las antiguas pesetas por estas bonificaciones.

La reforma Laboral del 2006, garantiza a los empresarios a través de las dos vías de trasferencia de recursos públicos a manos privadas : reducción de cuotas y cantidad de dinero por contrato durante 3 años, sólo para el período 2006/2007 el Estado trasferirá 4.274 millones de euros a los empresarios.

Las medidas concretas y su afectación en millones de personas asalariadas :

· Período de cálculo : De los 12,87 años actuales (15 años incluidas las pagas extraordinarias), se pasa de forma gradual a 15 años efectivos. Es decir de 4.700 días actuales, pasamos a 5.475 días. ¿Qué significa esto para la gente ?, pues sencillamente que el 3,38% de las personas asalariadas que ahora tendrían derecho a pensión contributiva, dejan de tenerlo y tendrán que trabajar (cotizar) durante 2,12 años más para tener derecho a dicha pensión contributiva. ¿A quién afecta especialmente ? : a trabajadores/as autónomos/as, a las personas que trabajan en el régimen agrario y a las empleadas de hogar.

· Retraso en la jubilación anticipada : a excepción de quien haya cotizado antes del 1.1.67 (mutualistas), la jubilación anticipada pasa de los 60 años a los 61. Al mismo tiempo se endurecen los requisitos para la jubilación parcial : el jubilado parcial trabajará un 25% (ahora el 15%) de la jornada total salvo que :

– su antigüedad en la empresa sea al menos de 6 años,

– el relevista sea contratado indefinidamente y a jornada completa,

– tener cotizados 30 años,

– el trabajador relevista, de no ocupar un puesto similar, tendrá una base de cotización del 65% de las del relevado.

El gobierno considera que el contrato de relevo sale muy caro y de este modo (endurecimiento de las condiciones de accesibilidad), disminuir la cantidad de contratos de relevo de forma significativa.

· Incapacidad Permanente : las apartes llevan a texto una filosofía ampliamente difundida a lo largo de la vida laboral : “…los trabajadores/as con carreras de cotización cortas o muy cortas, buscan en la IP una vía de acceso rápida a la prestación…” es la historia del famoso “fraude”, cuando en la práctica lo que supone, no sólo es la dificultad para el reconocimiento de Pensión, la cual aumenta, sino el afán recaudatorio, en base a la reducción de la cuantía según los años de cotización.

· Supresión de la jubilación antes de los 52 años la cual se encuentra estipulada hasta ahora para ciertos regímenes especiales.

· Pensión de Viudedad : con el cuento del incremento del porcentaje de viudedad (aumentará el actual 55%), la reforma es de las que más calado pueden tener, si tenemos en cuenta la “miserabilidad” de la mayor parte de estas pensiones. Así se acuerda que se tendrá derecho a pensión de viudedad siempre y cuando :

– Se lleve más de dos años casados (con excepción del fallecimiento por accidente).

– Las parejas de hecho tienen que demostrar la convivencia durante un período amplio (se determinara de forma reglamentaria), y además que el que sobrevive dependiese del fallecido en más del 50% de sus ingresos, siempre que existan hijos comunes y de no haberlos la dependencia a demostrar será del 75%.
Hasta ahora dicha pensión tenía el carácter de universal, a partir de esta reforma, su carácter será de renta de sustitución. Este criterio es defendido desde hace mucho tiempo por la Comisión Europea.

· Se incentiva el retraso en la edad de jubilación y se penaliza la jubilación anticipada : El Consejo Europeo del 2004, insiste en la necesidad de prolongar la vida laboral e incrementar las tasas de actividad entre las personas de 55 y 64 años. Sus objetivos marcados y recogidos por los diferentes Planes de Reforma de cada uno de los estados miembros, es alargar de aquí al 2010, la jubilación en 5 años, es decir pasar de la actual media de 61 años a los 66 años.
La UE tiene muy claro que cada año de retraso en la edad de jubilación disminuye el gasto público en pensiones entre un 0,6% y un 1% del PIB

Nada nuevo bajo el sol, a no ser que cada vez nos encontramos más quemados y -por ahora-, con ninguna resistencia global y consistente, a estos planes de reforma -bien del mercado de trabajo, bien de los sistemas públicos de pensiones-, que de forma global y calculada se encuentran orientados -y materializados-, a la reducción del gasto social y a la desregulación de derechos, hasta ahora considerados “intocables”.

Los derechos violados son concretos :

– Se priva del derecho a pensión a un número importante de trabajadores por no tener los 15 años efectivos.

– Se priva del derecho de pensión a los trabajadores menores de 52 años en trabajos tóxicos y penosos.

– Se priva del derecho de pensión a quienes quedándose viudos o viudas, no reúnan los requisitos fijados.

– Se niega la jubilación parcial a una gran parte de trabajadores/as que ahora tenían posibilidad de acceso.

– Se eliminan cuantías y por consiguiente derecho a percibir pensión, en las Incapacidades Permanentes.

– Se incentiva un sistema recaudatorio y productivista, secuestrando tiempo de vida y pensión suficiente, al incentivar el retraso en la edad de jubilación.

– Se debilitan los principios de reparto, solidaridad y suficiencia de nuestro sistema público de pensiones, al profundizar en la contributividad de toda la vida laboral y se facilita que la banca asuma cada vez más ese 8,8% del PIB que suponen nuestras pensiones públicas (60.000 millones de euros). El mercado privado, sobre todo el financiero, siempre ha considerado que el bocado de la seguridad Social es demasiado apetitoso, como para seguir siendo “monopolio” de lo público.

La política institucional, venga de la Comisión Europea, de los gobiernos de los distintos países de la UE, o de los “agentes sociales” CEOE, CC.OO y UGT, actúa directamente contra los valores e intereses de las personas asalariadas, trabajen o no, se encuentran jubiladas o, simplemente se les considere “personas inactivas”. Esta política pone el acento en el mercado, y… así nos va.

CGT no puede quedarse en la reflexión sobre el grado de racionalidad o irracionalidad que las diferentes políticas de gobiernos, empresarios y sindicatos mayoritarios discuten y sancionan. Nuestro compromiso es con la realidad social y de los debates y las reflexiones tenemos que pasar a la movilización de nuestras ideas para que éstas cumplan el papel de transformar esa realidad compleja, difícil y cada vez menos solidaria, como así lo demostramos el 10 de junio del 2006 y lo demostramos en cada una de las realidades donde actuamos, sea un ERE, sea un Pacto Social o un estatuto de Funcionariado, etc.

CGT tiene que liderar la cultura de los derechos sociales para todos y todas, sin que los mismos se encuentren condicionados bien a la economía bien a la política.


Fuente: Desiderio Martín - Gabinete de Estudios Confederal de la CGT