SANCIONES INJUSTIFICADAS EN LA EMPRESA MECOLIMP (GRANADA). SOLIDARIDAD CON LAS COMPAÑERAS SANCIONADAS

Desde hace varios meses las trabajadoras de la empresa MECOLIMP S.L. han iniciado una campaña reivindicando sus derechos.

MECOLIMP S.L. es una empresa de limpieza que ha sido subcontratada por la cadena que gestiona el Hotel Gran Vía para hacerse cargo de la limpieza.

SANCIONES INJUSTIFICADAS EN LA EMPRESA MECOLIMP (GRANADA). SOLIDARIDAD CON LAS COMPAÑERAS SANCIONADAS

Desde hace varios meses las trabajadoras de la empresa MECOLIMP S.L. han iniciado una campaña reivindicando sus derechos.

MECOLIMP S.L. es una empresa de limpieza que ha sido subcontratada por la cadena que gestiona el Hotel Gran Vía para hacerse cargo de la limpieza.


Enviad faxes de solidaridad con el siguiente texto :

NINGUNA AGRESIÓN A LA CGT QUEDARÁ SIN LA ADECUADA RESPUESTA

¡BASTA YA DE REPRESIÓN SINDICAL !

¡BASTA YA DE SANCIONES !

POR UNAS CONDICIONES DIGNAS EN EL TRABAJO. POR EL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE HOSTELERÍA

CUALQUIER ATAQUE A UN AFILIADO ES UN ATAQUE A TODA LA CONFEDERACIÓN

Enviar a : 958 285 591 -> HOTEL GRAN VÍA DE COLÓN

957 400 496 -> MECOLIMP S.L. (A/A. Manuel Mellado Ortiz)


Realmente, tal y como tiene reconocida la propia Inspección de Trabajo y como defienden las trabajadoras, las funciones que realizan son las de camareras de piso y por tanto se deben regir por el convenio de hostelería y depender directamente del hotel, cumplir su jornada ya que como es habitual en este sector están realizando una jornada completa con contratos a tiempo parcial, pero eso es precisamente lo que la empresa que se niega a aceptar, que desde hace algunos meses viene persiguiendo a las afiliadas de CGT-Granada.

Desde el mes de mayo de 2004, cuando acudieron a testificar al Juzgado y a la Inspección de Trabajo a favor de una compañera despedida y por sus propios derechos, la empresa ha sancionado en varias ocasiones a nuestras compañeras, entre 3 y 4 sanciones.

La última sanción se ha producido a primeros de noviembre suspendiendo de empleo y sueldo a 2 afiliadas durante 20 y 30 días por incorporarse tarde a su trabajo. NUESTRAS COMPAÑERAS ESTABAN TESTIFICANDO EN UN JUICIO CONTRA LA EMPRESA Y A PESAR DE HABER COMUNICADO DÍAS ANTES QUE IBAN A ACUDIR Y POSTERIORMENTE ENTREGAR EL CERTIFICADO DEL JUZGADO HAN SIDO SANCIONADAS.