La Junta Directiva de AMDH ha remitido la presente carta al Primer Ministro, el Ministro de Empleo, la Ministra de Energía, Minas y Medio Ambiente y al Director de la Office Chérifien des Phosphates (OCP) [en español, Oficina Jerifiana de Fosfatos] , con el fin de exigir una urgente intervención que acabe con las violaciones del Código del Trabajo en la empresa « SMESI REGIE » en la OCP de KHOURIBGA
Rabat, 28 de agosto de 2009
A la atención del Ministro de Empleo
Rabat
Asunto : intervención urgente para acabar con las violaciones del Código del Trabajo cometidas en la empresa « SMESI REGIE » de KHOURIBGA.
La Junta Directiva de la Asociación Marroquí de Derechos Humanos viene siguiendo con gran preocupación la situación de los 850 trabajadores de la empresa SMESI REGIE perteneciente al Grupo OCP. Dichos trabajadores han sufrido recientemente una suspensión de empleo y sueldo de carácter colectivo tras 8 años continuados de servicio, todo ello tras la constitución de una sección sindical afiliada a la Unión Marroquí del Trabajo y a la defensa a través de la misma de un programa reivindicativo.
La sección de la Asociación de Marroquí de Derechos Humanos de Khouribga nos ha trasladado la siguiente información :
1. Los trabajadores de la empresa SMESI REGIE fueron contratados durante los años 2001 y 2002 ; desde ese momento, desempeñan las mismas tareas que los empleados del grupo OCP (conducción de máquinas elevadoras y camiones, mantenimiento de los equipos mecánicos indispensables para la producción de fosfatos, tareas de gestión, informáticas o de secretaría….) lo que demuestra que sus actividades tienen carácter estructural y no temporal o complementario como afirma la OCP.
2. Mientras estuvieron contratados, fue directamente la OCP quien se ocupo de su remuneración, gestión de tareas y vida profesional en general, acudiendo únicamente a la dirección de la Sociedad Marroquí de Estudios Especiales e Industriales (SMESI) en caso de existir algún tipo de problema que les implicase.
3. En verano de 2008, esta última empresa integró en el Grupo OCP, por decisión del Director General del grupo, a 883 trabajadores en situación similar a la descrita, así como a los trabajadores del Instituto de Promoción Social (EPSI), perteneciente al mismo grupo. No obstante, no ocurrió lo mismo con los empleados de la empresa SMESI REGIE, con la excusa de su relación con las empresas FK Service, GLONET, CRIT y GTI, circunstancia que los trabajadores rechazan de plano. De hecho, estas empresas se limitan a pagar a los trabajadores contratados por la empresa SMESI.
4. La respuesta de la administración a la constitución el día 19 de mayo de una sección sindical para la defensa de los derechos laborales en la empresa fue en primer lugar el rechazo y en segundo lugar la presión y las amenazas a través de la reducción de salarios (mediante la retención salarial de media hora de cada jornada, la no remuneración de los días libres semanales y los días festivos de carácter nacional o religioso….) y la suspensión de empleo y sueldo de manera arbitraria de unos 160 trabajadores entre los cuales se hallaban miembros de la sección sindical, medida generalizada posteriormente ; finalmente, la empresa obligó a los trabajadores a firmar nuevos contratos en prácticas y de carácter temporal, con una duración limitada a tres meses, con las citadas empresas.
Por todo ello, y considerando que la actuación de la empresa SMESI REGIE, apoyada por el grupo OCP, constituye una flagrante violación tanto de la constitución como de las leyes del trabajo y los convenios de la OIT fundamentalmente en lo que se refiere al respeto por los derechos y las libertados sindicales, así como contra los convenios y pactos ratificados por Marruecos entre los que se encuentra el pacto internacional sobre los derechos económicos, sociales y culturales que obliga al estado no solo a garantizar los derechos que en el texto se reconocen sino también a salvaguardarlos, la Junta Directiva solicita su intervención urgente con el fin de :
1. Reintegrar en la plantilla a los trabajadores despedidos.
2. Garantizar el respeto de los derechos y las libertades sindicales y abrir un diálogo serio y responsable con los representantes de los trabajadores.
3. Satisfacer las legítimas reivindicaciones de los trabajadores.
Quedamos a la espera de una intervención positiva por su parte.
Atentamente,
Khadija RYADI
El Presidente de la Junta Directiva de AMDH
* Traducción CGT