El Juzgado de lo Social Nº 3 de Málaga ha frenado en seco la política de la empresa de ampliación gratuita de funciones a los trabajadores/as a cambio de suculentos dividendos para ella.

El Juzgado de lo Social Nº 3 de Málaga ha frenado en seco la política de la empresa de ampliación gratuita de funciones a los trabajadores/as a cambio de suculentos dividendos para ella.

En concreto, en su sentencia nº 453/08 sobre conflicto colectivo interpuesto por CGT deja especialmente claro que el desplazamiento de las cortinillas y el de asientos en los aviones no pueden ser realizados por el personal de limpieza ya que suponen la manipulación de elementos mecánicos y constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo del personal de limpieza, todo ello además viene precedido por la actuación empresarial contraria a la legalidad de implantar esas funciones sin negociarlo y llegar a acuerdos con el Comité mediante el preceptivo periodo de consultas.

La sentencia es absolutamente clara y anula la decisión empresarial de asignar las funciones de manipulación de cortinillas y asientos a todo el personal de Multiservicios, liberando al personal de limpieza de tener que realizarlas desde la publicación de la Sentencia por ser de carácter inmediatamente ejecutivo (fundamento de derecho sexto), con lo que la empresa no puede obligar a nadie a realizar estas funciones.

La Sección Sindical de CGT en Multiservicios Aeroportuarios se congratula de esta Sentencia al poner las cosas en su sitio y recordar a la empresa que debe contar con el Comité de Empresa para modificar las condiciones de trabajo y todo lo que tenga que ver con los trabajadores/as, a diferencia de la histórica forma de actuar de nuestra Jefatura.


Fuente: CGT Multiservicios Aeroportuarios