Se calcula que más de 200.000 personas dispondrán de un contrato de trabajo ya que desde el 1 de enero las y los trabajadores del hogar forman parte del Régimen General de la Seguridad Social. En la práctica esto se traduce en la obligación por parte del empleador de dar de alta al trabajador y cotizar por ellos desde la primera hora de trabajo.

Anteriormente sólo había obligación de cotizar si el trabajo superaba las 20 horas semanales.Esta situación afecta de momento a las nuevas contrataciones ya que los antiguos empleadores tienen hasta el próximo mes de junio para dar de alta a sus empleados.

Anteriormente sólo había obligación de cotizar si el trabajo superaba las 20 horas semanales.Esta situación afecta de momento a las nuevas contrataciones ya que los antiguos empleadores tienen hasta el próximo mes de junio para dar de alta a sus empleados.

En cuanto al salario, para aquellos que superen las 40 horas semanales se equipara con el mínimo interprofesional. En el caso de los que trabajen menos, seguirán cobrando lo acordado entre las partes, aunque tras la entrada en vigor de esta nueva medida, el empleador deberá cotizar por el trabajador desde la primera hora, independientemente del salario.

Llevándolo a la práctica, una trabajadora cuyo salario no supere los 75 euros mensuales, estará cotizando a razón de 27 euros por parte del empleador y 3 euros por parte de la empleada, de forma mensual.

El nuevo marco laboral establece que la retribución en especie no superará el 30% del total y, una vez detraída, el salario no podrá quedar por debajo del mínimo. Con la regulación en vigor hasta diciembre, a las empleadas se les podía restar hasta un 45% de su sueldo en concepto de manutención.

Además, las trabajadoras recibirán dos pagas extraordinarias al año (hasta ahora eran medias pagas) y se mejorará el descanso entre jornadas. El nuevo marco laboral y de Seguridad Social fue aprobado por el anterior Gobierno socialista para que entrase en vigor en 2012 tras 25 años en que este colectivo se regía por unas condiciones arcaicas.

Aún sin derecho a paro

En el ámbito laboral, se mantiene como causa de despido la mera voluntad del empleador, pero deberá comunicarlo de forma expresa. En los nuevos contratos, se amplía de siete a 12 días de salario por año de servicio la indemnización. Queda pendiente, eso sí, el proyecto más ambicioso: el acceso a la protección por desempleo.

En Seguridad Social, las empleadas de hogar se integran en el régimen general y cotizarán desde la primera hora. Para ello, se establecen 15 tramos de cotización con unas bases que van desde los 90,2 euros mensuales hasta los 748,2. Para relaciones laborales ya existentes, empleadores y empleados tendrán hasta el 1 de julio para regularizar su situación. También se establece un periodo transitorio, hasta 2019, para equiparar las cotizaciones de estos empleados a las del régimen general.

Es difícil concretar el número total de personas que dispondrán de un contrato de trabajo en los próximos meses, regularizando una situación de economía sumergida y sin derechos. Es difícil conocer el alcance real de esta medida aprobada en noviembre de 2011 y que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2012, pero algunos medios de comunicación estiman que en Cádiz afectará a 3000 personas, 11.000 en Navarra, 3.500 en La Rioja, 2.000 en Córdoba, 2.500 en León, 73.000 en Madrid, 20.000 en Murcia, etc.

Agencias