El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Málaga, en su sentencia nº 70/2014, ha anulado la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Málaga por la que se sancionaba a CGT a abonar 2.000€ de multa por una concentración pacífica realizada en Mijas el 13 de octubre de 2012.
El juzgador “declara la NULIDAD de la resolución sancionadora por no ser conforme a derecho al no constar la comisión de la infracción tipificada en el art. 23.c de la LO 1/92”.
En consecuencia el FALLO de la SENTENCIA DICE: Estimo el recurso contencioso administrativo interpuesto por CGT contra la Subdelegación del Gobierno de Málaga, representada por el Abogado del Estado, y en su virtud procede anular la resolución impugnada con expresa imposición de costas a la Administración demandada”.
El juzgador “declara la NULIDAD de la resolución sancionadora por no ser conforme a derecho al no constar la comisión de la infracción tipificada en el art. 23.c de la LO 1/92”.
En consecuencia el FALLO de la SENTENCIA DICE: Estimo el recurso contencioso administrativo interpuesto por CGT contra la Subdelegación del Gobierno de Málaga, representada por el Abogado del Estado, y en su virtud procede anular la resolución impugnada con expresa imposición de costas a la Administración demandada”.
CGT se congratula de esta sentencia contra los abusos sancionadores de la Subdelegación del Gobierno en Málaga y como consecuencia de ella, de la devolución de los 2.000€ de sanción, que injustamente nos vimos obligados a abonar, más los intereses devengados y el abono de la minuta de nuestros abogados.
BASTA DE ABUSOS
CGT MALAGA
Fuente: CGT Málaga