La Sección Sindical de la CGT en La Manga Club de Murcia ha presentado ante la Oficina de Resolución de Conflictos Laborales un conflicto colectivo contra la empresa La Manga Club S.L. ante la denegación por parte de la dirección de la empresa de cumplir con el Acuerdo Laboral Interno en lo que respecta al Descanso de 30 minutos, el cual no se considera tiempo de trabajo efectivo y, en consecuencia, no está siendo retribuido por La Manga Club.

 

Este asunto está reconocido en el Acuerdo Laboral Interno, pero en la realidad se fuerza a los trabajadores y trabajadoras a estar permanentemente localizables durante dicha media hora, debiendo responder a cualquier requerimiento de sus superiores para que realicen el trabajo que éstos estimen oportuno durante la misma, cortándose el descanso y reanudándose cuando concluyen la labor que les encomiende el superior.

Este asunto está reconocido en el Acuerdo Laboral Interno, pero en la realidad se fuerza a los trabajadores y trabajadoras a estar permanentemente localizables durante dicha media hora, debiendo responder a cualquier requerimiento de sus superiores para que realicen el trabajo que éstos estimen oportuno durante la misma, cortándose el descanso y reanudándose cuando concluyen la labor que les encomiende el superior.

Es por ello que desde CGT queremos que, sea reconocido el derecho de la plantilla afectada por el Acuerdo Laboral Interno a disfrutar del tiempo de descanso con plena libertad de movimientos y el derecho a disfrutar del tiempo de descanso en un solo bloque, pues así lo establece el Acuerdo, de forma que cuenten con 30 minutos ininterrumpidos durante los que reponerse del trabajo diario.

Desde CGT no entendemos que no se aplique el Acuerdo Laboral Interno, motivo por el cuál nos vemos obligados a acudir a la vía judicial a través de la presentación de este conflicto colectivo.

Sección Sindical de CGT en La Manga Club


Fuente: Sección Sindical de CGT en La Manga Club