El Comité contra la Tortura de la ONU insta al estado español a abolir su régimen de incomunicación a los detenidos, dado que firmó en el 2006 el protocolo contra la Tortura pero no lo aplica.
El Estado español ha vuelto a suspender el examen de la ONU. Su Comité contra la Tortura le insta de nuevo a abolir la incomunicación y muestra su disconformidad con la levedad de las condenas por estos delitos. El Gobierno ha decidido que quien ejerza esta función fiscalizadora sea el Defensor del Pueblo : Enrique Múgica Herzog.
GINEBRA-. El Comité contra la Tortura de la ONU hizo ayer público un nuevo informe sobre el Estado español, tras el examen al que le sometió la pasada semana. La conclusión no podía ser otra, dados los informes anteriores y la insistencia del Gobierno español en mantener su práctica habitual : la ONU le insta de nuevo a abolir el régimen de incomunicación a los detenidos. Sin embargo, la letra pequeña del informe revela otros detalles más noticiables vistos desde Euskal Herria, como la confirmación de que el Gobierno español ha optado por presentar como garante contra la tortura al Defensor del Pueblo, es decir, a Enrique Múgica Herzog.
El Gobierno Zapatero ha comunicado a la ONU que las funciones del llamado Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura serán desempeñadas por el Defensor. La creación de este Mecanismo era una obligación para el Ejecutivo después de que suscribiera en abril del 2006 el Protocolo contra la Tortura de la ONU, que impone la implementación de estas y otras medidas. Se trata de un ente encargado de fiscalizar los periodos de detención y que, por tanto, se debería encargar de entrar en calabozos y comisarías para revisar cómo se desarrollan los periodos de arresto.
En su día, la Coordinadora para la Prevención de la Tortura formada por decenas de organizaciones de todo el Estado español ya alertó de que Madrid intentaba encomendar las funciones de Mecanismo al Defensor del Pueblo. Tras dos años de consultas reiteradas con organizaciones de este ámbito, hace apenas unas semanas, en vísperas del examen de la ONU, y sin darle publicidad, el Ejecutivo materializó esa intención.
El comité con sede en Ginebra da por buena la elección, pero reclama al Estado que dote al Defensor del Pueblo de «recursos humanos, materiales y financieros adecuados para ejercer de manera independiente y eficaz su mandato de prevención en todo el país».
«Debe revisarlo»
Respecto al fondo de la cuestión, el Comité contra la Tortura explica que «toma nota» de «las disposición adoptadas para mejorar las garantías de los detenidos sometidos al régimen de incomunicación». Cita en concreto el llamado «protocolo Garzón», el Plan de Derechos Humanos y otras medidas.
Sin embargo, explica que «debe reiterar su preocupación -compartida por todos los relevantes órganos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos- de que el régimen de incomunicación utilizado por el Estado español en los delitos de terrorismo y banda armada, que puede llegar a los trece días, vulnera las salvaguardas propias de un Estado de Derecho contra los malos tratos y actos de tortura. El Comité sigue especialmente preocupado por las limitaciones que este régimen provoca».
En consecuencia, establece que «el Estado parte debe revisar el régimen de incomunicación, con el fin de su abolición, y asegurar que todas las personas privadas de su libertad tengan acceso a los siguientes derechos fundamentales del detenido : a) Escoger un abogado de elección ; b) a ser visitado por un médico de elección ; c) a que se ponga en conocimiento de un familiar o persona que el detenido desee, el hecho de la detención y el lugar de custodia en que se halle en cada momento ; d) a entrevistarse reservadamente con un abogado (derecho que actualmente viene restringido, aun cuando éste sea un abogado de oficio)».
Las preocupaciones de la ONU no sólo se centran en el régimen de detención, sino también en la levedad de las penas impuestas por delitos de tortura -cuyas sentencias en el caso de Euskal Herria, además, se cuentan con los dedos de la mano-. Tras citar que el Código Penal establece penas de tortura de dos a seis años de cárcel en casos graves y de uno a tres si no lo son, apunta que esta calificación «no parece propiamente ser conforme al artículo 4 (2) de la Convención, que estipula la obligación de todo Estado parte de castigar todos actos de tortura con penas adecuadas en las que se tenga en cuenta su gravedad».
Critica también que los delitos de tortura prescriban en un plazo máximo de quince años, «mientras que es imprescriptible sólo si es constitutivo de un crimen de lesa humanidad». Para la ONU, Madrid debería garantizar que la tortura no prescribe «en ningún caso». Y le insta también a recopilar los casos de tortura en centros policiales, que actualmente son «imprecisos y discordantes».
En Kaosenlared