El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía respalda en cuatro sentencias a los solicitantes de asilo admitidos a trámite. A pesar de estar documentados, el Gobierno no permite desde enero que viajen a la península.
( 24.11.2010 · Lydia Molina en http://periodismohumano.com/ )
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dicho ya en cuatro sentencias lo que llevan meses denunciando organizaciones como la Comisión de Ayuda al Refugiado, Amnistía Internacional, el Defensor del Pueblo o el propio ACNUR : no puede prohibirse cruzar a la península desde Ceuta y Melilla a las personas que piden asilo y sus solicitudes son admitidas a trámite. Las sentencias se refieren a Ceuta, pero serían extensibles a Melilla según las organizaciones, que siempre han considerado que esa prohibición es ilegal.
El primer caso fue en el puerto de Melilla, en enero. Como contamos en periodismohumano, a Kamel, argelino, no le permitieron coger un ferry desde la ciudad autónoma a Málaga, a pesar de que había comprado un billete y portaba la tarjeta amarilla, un documento expedido por el Ministerio del Interior para los solicitantes de asilo admitidos a trámite, como él, que autoriza la estancia temporal en España hasta que haya una respuesta y que permite viajar por todo el territorio español. A Kamel la policía le paró antes de embarcar y le dijo que “le habían dado la orden de no dejarle pasar”. La prohibición se hizo extensiva a todos los solicitantes de asilo (admitidos a trámite) de Melilla y también de Ceuta. La mayoría han presentado recursos de protección de los derechos fundamentales. En Melilla, los tiempos de la justicia y de las personas han ido a un ritmo tan descompasado que les han denegado el asilo antes de que terminara el proceso judicial y el juez ha decidido darlo por terminado, una decisión que CEAR ha recurrido ante el TSJA de Málaga.
En Ceuta, los recursos fueron rechazados en los juzgados y recurridos en el TSJA de Sevilla que poco a poco les va dando la razón, como muestran las sentencias. Pero también en estos casos, el tiempo ha jugado en su contra porque a las los cuatro les han denegado el asilo. Ahora se encuentran con una sentencia que les reconoce un derecho que ya no pueden ejercer porque su autorización ha caducado. Vamos a recapitular para no perdernos en el laberinto judicial y entender qué ha pasado en Ceuta y Melilla.
Después de las primeras denuncias en el mes de enero, el Gobierno empezó a entregar a los portadores de la tarjeta amarilla una prohibición por escrito que nunca había recibido antes ningún solicitante de asilo. “La Documentación Provisional que se expide de Solicitante de Protección Internacional, únicamente faculta para permanecer en el territorio de la Ciudad en la que se expidió y no habilita a franquear los controles de acceso al resto del territorio nacional, en base a la normativa vigente, Artº. 5 Código de Fronteras Schengen”, decía el documento.
El Gobierno se ha escudado todo este tiempo en que como Ceuta y Melilla no pertenecen al espacio Schengen, los extranjeros que acceden a ellas no pueden entrar en la Unión Europera si no están documentados (no reconocen la tarjeta amarilla como una autorización) y ese es el motivo por el que no se les permite cruzar el Estrecho. La prohición comenzó en enero, antes de esa fecha viajaban sin problemas.
Lo novedoso es que estas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, tiran por tierra ese argumento. “Aquel a quien le ha sido admitida a trámite la solicitud de asilo se encuentra en España en situación administrativa de regularidad, transitoria si se quiere, pero regular”, dice una de las sentencias que se han conocido. El Tribunal recuerda que la única obligación que tienen los portadores de la tarjeta amarilla es comunicar el cambio de domicilio si viajan. “La interpretación de las normas jurídicas no puede conducir al absurdo“, advierte el documento. “Resultaría ilógico y contradictorio sostener que carece de autorización para permanecer en España a quien al mismo tiempo se le exige que comunique los cambios de domicilio. Si se le reconoce que tiene un domicilio, el cual hay que comunicar a las autoridades, es porque se está autorizando su permanencia”.
A pesar la contundencia de las sentencias, que defienden el mismo argumento, la Delegación del Gobierno de Ceuta no está dispuesta a dar su brazo a torcer. Asegura que las acata pero que los recursos que se han ganado hasta ahora son individuales y no se harán extensibles al resto. Y de hecho, como a sus titulares ya les ha caducado la tarjeta amarilla, tampoco podrán pasar a la península. Ayer, en la Delegación del Gobierno de Ceuta nos remitían a las declaraciones del delegado José Fernández Chacón cuando, hace unos días, dijo que quien quiera “hacer uso de la sentencia tendrá que pedir una extensión de la ejecución de esa sentencia ante el TSJA, que imagino que será el tribunal competente para pedir la extensión”. Según Chacón, los servicios jurídicos centrales en Madrid están estudiando las resoluciones y no se ha recibido ninguna orden de que se les permita circular por todo el territorio español.
La Comisión Española de Ayuda al Refugiado también estudia los pasos que darán en los próximos días si el Gobierno no da marcha atrás. “Tendría que ser el propio Gobierno el que corrija esta práctica porque el recurso se refiere a una persona concreta pero la interpretación es clara sobre cómo debe interpretarse la Constitución y la Ley de Asilo, que en ningún caso es como lo están haciendo actualmente”, asegura Mauricio Valiente de CEAR. Según los datos de la Delegación del Gobierno de Ceuta, sólo quedan once personas con la carta amarilla de los 32 que la tenían, al resto les han rechazado ya la solicitud.
Después de nueve meses de prohibiciones y continuas denuncias de organizaciones, en septiembre, el Gobierno cambió el color de las tarjetas. Ahora son rojas. Las nuevas continúan permitiendo que quienes están en la península puedan circular libremente pero, en el caso de las que son expedidas en Ceuta y Melilla, se especifica que los portadores del documento tienen prohibido salir de la ciudad autónoma en la que se encuentre. CEAR recuerda que da igual el color de la tarjeta, roja o amarilla, porque al final, como han denunciado siempre, “no se ajusta a la ley de asilo”, asegura Valiente.
La realidad es que después de idas y venidas a los juzgados, los solicitantes de asilo empiezan a desanimarse y algunos ni siquiera quieren presentar recursos, nos cuentan desde CEAR, que es la organización que les asesora dentro del Centro de Internamiento Temporal de Extranjeros. Hay quien está cruzando a la península escondido en camiones o contenedores de mercancías y corriendo los mismos riesgos que Abdoulaye, el joven que murió al caerse de los bajos de un camión mientras intentaba pasar el Estrecho con una tarjeta amarilla en el bolsillo.