La Inspección de Trabajo de Murcia ha requerido al Ayuntamiento de Ceutí que cumpla con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, tras la denuncia efectuada por la Sección Sindical de CGT en dicho consistorio.
La resolución de la Inspección de Trabajo requiere al Ayuntamiento de Ceutí que “realice el estudio ergonómico completo de los puestos de trabajo ocupados por el personal de limpieza de edificios”, poniendo de manifiesto la inexistencia del mencionado estudio y por tanto el incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Extracto del requerimiento de la Inspección de Trabajo
La resolución de la Inspección de Trabajo requiere al Ayuntamiento de Ceutí que “realice el estudio ergonómico completo de los puestos de trabajo ocupados por el personal de limpieza de edificios”, poniendo de manifiesto la inexistencia del mencionado estudio y por tanto el incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Extracto del requerimiento de la Inspección de Trabajo
El Ayuntamiento de Ceutí tiene contratadas a 12 trabajadoras para limpiar diferentes edificios públicos como pabellones deportivos, ayuntamiento, consultorio médico, centro de usos múltiples, guardería, colegio público, auditorio, hogar del pensionista, biblioteca, museo, etc… . Las trabajadoras vienen haciendo estos trabajos en diferentes empresas privadas desde 2006, hasta que en el año 2012 el ayuntamiento de Ceutí asume la gestión directa de la limpieza y las subroga, llevando por tanto 4 años sin el preceptivo estudio ergonómico y expuestas a riesgos sin determinar.
Desde la Sección Sindical de CGT valoramos muy negativamente este incumplimiento, ya que conlleva un riesgo para la salud de las compañeras que se ocupan de la limpieza de edificios. Mediante el estudio ergonómico de un puesto de trabajo se evalúan los riesgos de posibles lesiones que puedan conllevar la realización de dichas tareas. Una vez evaluados los riesgos se combaten los mismos tomando las medidas correctoras necesarias. Sin el estudio ergonómico no se pueden conocer los riesgos, quedando expuestas las trabajadoras a los mismos.
Recordamos que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece en su artículo 14.1 que “los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo”, siendo la empresa una parte importantísima de esa prevención, tal y como establece la misma ley en el artículo 16.2 apartado a): “el empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras”.
Desde la Sección Sindical de CGT en el Ayuntamiento de Ceutí consideramos grave la conducta empresarial, tal y como recoge la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que en su artículo 12.1, considera infracción grave el “no llevar a cabo las evaluaciones de riesgos”.
Sección Sindical de CGT en el Ayuntamiento de Ceutí
Para más información:
Paqui Martinez Cano. Limpiadora y miembro del Comité de Empresa.
Juan Antonio García Cortes. Delegado Sección Sindical de CGT y miembro del Comité de Empresa.
La Inspección de Trabajo requiere al Ayuntamiento de Ceutí que cumpla la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.pdf:
Fuente: Sección Sindical de CGT en el Ayuntamiento de Ceutí