La Generalitat Valenciana, pese a haber sido declarada responsable de los impagos de una concesionaria y haber sido requerida hasta cuatro veces para que cumpla la sentencia, argumenta no tener dinero para el abono de esta deuda. Curiosamente, sí liquidó la cantidad correspondiente al trabajador que hizo la denuncia a través de CGT. Este último caso sentó jurisprudencia en la Comunidad Valenciana.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sentó jurisprudencia a finales del año pasado al declarar a la administración pública responsable del pago de los salarios impagados por la concesionaria SERVIGRUP POVISAD COOP. V. Esta sentencia, que rechazaba el recurso presentado por Conselleria ante la demanda del sindicato CGT, fue finalmente cumplida en mayo de este año al abonar más de 6.000 € al trabajador de un Centro de Rehabilitación e Integración Social (CRIS) y Centro de Día de la ciudad de Valencia, perteneciente a la Conselleria de Benestar Social de la cual era por aquel entonces Conseller D. Rafael Blasco. Aunque a finales de aquel año 2001, los trabajadores solicitaron sendas reuniones con los responsables de Conselleria para exponer la situación límite en la que se encontraban, dicha Conselleria ya advirtió que no iba a asumir plenamente sus responsabilidades, como efectivamente tres años después se constata incluso con otro equipo de trabajo liderado esta vez por la Consellera Dña. Alicia de Miguel.
Sin embargo, los siete trabajadores del mismo centro que denunciaron mediante CC.OO. cuyo abogado siguió la misma línea argumental que la CGT, continúan sin cobrar un total de 36.000 € (por diferencias salariales generadas por aplicación de un convenio inferior, así como por nóminas completas dejadas de abonar). A pesar de la sentencia firme, de la petición de ejecución de sentencia y de los cuatro requerimientos por parte del juzgado de lo social número 9 de Valencia, la Generalitat Valenciana continúa sin pagar esta deuda. En la última citación instada por el abogado de los siete trabajadores, la Generalitat argumentó que no había partida presupuestaria para abonar estas cantidades. Además existe un auto judicial del once de mayo que requiere “la manifestación del funcionario responsable de que dependa el cumplimiento de la sentencia (…) a los efectos de la responsabilidad penal por desobediencia a la autoridad judicial (…) tanto por el incumplimiento de la sentencia como por la falta de comunicación del funcionario responsable.”
Aceptando esta argumentación, cabe decir que sí ha transcurrido el tiempo suficiente para incluir este caso en la elaboración de los presupuestos. Es más, resulta bastante extraño que sí se cumpliera la sentencia para el trabajador afiliado a CGT y no para los demás. ¿Sólo se presupuestó la deuda contraída con un trabajador ?
Por otro lado, tanto los trabajadores demandantes como el Sector de Servicios Públicos Privatizados de CGT manifiestan su indignación ante el trabajo ingente que la Conselleria está generando en los Juzgados al negarse a cumplir una sentencia en firme. Es más, como entidad debiera ser la primera en acatar lo que el poder judicial manda. No hacerlo es incumplir un deber y dejar en la indefensión a los ciudadanos. Ambos extremos son muy graves.
Asimismo, los siete trabajadores que están pendientes del cobro, no descartan recurrir a otras medidas para hacer valer sus derechos.
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Libertad Montesinos, Gabinete de Prensa de CGT-PV
Valencia, a 23 de junio de 2004