El sindicato apela al TSJ de Castilla y León la decisión de la Subdelegación del Gobierno de Burgos, prohibir una caravana con megafonía organizada por la CGT para conmemorar el 1º de mayo, ya que el Sindicato entiende que el estado de alarma no suspende el derecho de manifestación.
El Sindicato Único de Burgos de la CGT planeaba conmemorar este 1 de mayo, Día Internacional de la Clase Trabajadora, con una manifestación que tendría lugar a través de una caravana de automóviles que recorrería las calles principales de Burgos. Literalmente comunicaba a la Subdelegación del Gobierno. «actividad de megafonía con cuñas referentes a esta fecha, desde dos, tres vehículos, que recorrerán las calle de Burgos, comenzando a las 12:00 horas y concluyendo a las 14:00 horas.
El Sindicato Único de Burgos de la CGT planeaba conmemorar este 1 de mayo, Día Internacional de la Clase Trabajadora, con una manifestación que tendría lugar a través de una caravana de automóviles que recorrería las calles principales de Burgos. Literalmente comunicaba a la Subdelegación del Gobierno. «actividad de megafonía con cuñas referentes a esta fecha, desde dos, tres vehículos, que recorrerán las calle de Burgos, comenzando a las 12:00 horas y concluyendo a las 14:00 horas. Dicha megafonía cumplirá con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal de ruido del Ayuntamiento de Burgos, expresamente respetando los limites contenidos en el anexo I de la Ley 5/2009, del ruido de Castilla y León. Así mismo las personas que viajen en los vehículos respetaran las normas de seguridad respecto al Covid19.»
Este formato inusual para celebrar la fecha más importante en el calendario anual del movimiento laboral se debe a la necesidad de combinar el derecho a manifestarse con la adopción de medidas de protección que en ningún caso aumentaran el riesgo para la salud.
La Subdelegación del Gobierno que argumenta que la actividad de megafonía con dos o tres coches por las calles del Burgos no se encuentra entre las previsiones del artículo 7 el RD 463/2020, de 14 de marzo, en la redacción dada por el Real Decreto 465/2020 por el que se declara el estado de alarma, se refiere a la limitación de la libertad de circulación de las personas, y en consecuencia dicha actividad no puede realizarse.
El Gobierno se limita a decir en la respuesta enviada al Sindicato que, son medidas temporales de carácter extraordinario indispensables para hacer frente a esta situación tan grave y excepcional, correspondiendo en este caso a la autoridad gubernativa ocuparse de forma inmediata y eficaz de garantizar la seguridad y salud de la ciudadanía.
Para el Sindicato no existe equilibro, ni proporcionalidad, y vulnera el derecho de manifestación la decisión de la Subdelegación del Gobierno, pues la organización de la manifestación garantiza la seguridad y la salud de los ciudadanos y por ello CGT-Burgos apelará ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. En cualquier caso solo realizará la manifestación si el Tribunal falla a favor de mantenerla.
Sindicato Único de Burgos CGT
Fuente: Sindicato Único de Burgos CGT