La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado archivar la acusa en la que están siendo investigados el presidente del Banco Santander Central Hispano (SCH), Emilio Botín, el ex copresidente de la entidad, José María Amusátegui, y el ex vicepresidente Ángel Corcóstegui por las indemnizaciones de 43,7 y 108 millones de euros cobradas tras su jubilación por los dos últimos, respectivamente, informaron fuentes jurídicas.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado archivar la acusa en la que están siendo investigados el presidente del Banco Santander Central Hispano (SCH), Emilio Botín, el ex copresidente de la entidad, José María Amusátegui, y el ex vicepresidente Ángel Corcóstegui por las indemnizaciones de 43,7 y 108 millones de euros cobradas tras su jubilación por los dos últimos, respectivamente, informaron fuentes jurídicas.

El tribunal, en contra del criterio de la Fiscalía, rechaza sobreseer esta causa y confirma el contenido del auto de tansformación en procedimiento abreviado dictado el pasado 16 de octubre por la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3, Teresa Palacios, en el que se señalaba la existencia indicios de delito en la actuación de los imputados.

La Sala de lo Penal de la Audiencia desestima los motivos defendidos durante la vista de apelación celebrada los pasados 9 y 11 de febrero tanto por la Fiscalía de la Audiencia Nacional como por las defensas de Botín, Amusátegui y Corcóstegui contra el criterio de la juez Palacios. Todos ellos solicitaron el sobresimiento libre de la causa por no ser los hechos constitutivos de delito.

A partir de ahora, la juez Palacios emplazará a las partes para que formulen escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o bien el archivo de la causa, sin perjuicio de también puedan pedir la práctica de diligencias complementarias.

En su auto del mes de octubre, la juez instructora señalaba que los contratos firmados por Amusátegui y Corcóstegui relativos a su jubilación del SCH podrían haber «burlado» las disposiciones estatutarias que regulan la retribución de consejeros de administraciones anónimas, una presunción que confirma ahora la Sala

Indiciariamente, Palacios consideraba que los acusados provocaron «unos acuerdos calificables de nulidad radical utilizando fondos de la entidad gestionada y no propietarios de ella para atenderlos contra un patrimonio del que carecen a estos efectos de facultad de disponer».

El fiscal solicitó el sobreseimiento
Durante la vista de apelación, el fiscal de la Audiencia Nacional Jesús Caballero solicitó el sobreseimiento de la causa al no apreciar que la firma de los citados contratos suponga un acto de disposición fraudulenta de los bienens del SCH y no encontrar tampoco indicios de abuso de funciones en la actuación de los imputados.

Las conclusiones del fiscal se basaban en el hecho de que los pagos a Amusátegui y Corcóstegui fueran aprobados por el Consejo de Administración y se incorporaran a las cuentas anuales de la entidad en los años 2001 y 2002, que recibieron el visto bueno de la Junta de Accionistas. Las defensas, desarrolladas por los letrados Gonzalo Rodríguez Mourullo, Ramón Hermosilla y Javier Sánchez Junco, manifestaron su coincidencia con la postura del Ministerio Público.

Los abogados de la acusación particular José López Sánchez -en representación del abogado y accionista del SCH Francisco Franco Otegui-, y Jesús Castrillo -que representa a Rafael Pérez Escolar, uno de los condenados del ’caso Banesto’-, pidieron por su parte que la causa siguiera su tramitación al considerar que existen suficientes indicios de delito societario y de apropiación indebida.

Este procedimiento se inició a raíz de la querella presentada en octubre de 2002 contra Botín y Amusátegui por el abogado Juan Francisco Franco Otegui, como accionista minoritario del SCH. Después se incluyeron en él las diligencias sobre las condiciones en las que cesó Corcóstegui, realizadas por la Fiscalía Anticorrupción a raíz de la denuncia de Ramón Pérez Escolar.


Par : EP