La Audiencia Nacional juzga el martes una demanda de CGT donde se solicita que la plantilla de BBVA cobre una paga de 12 millones
La plantilla del BBVA participa en los beneficios de la empresa de acuerdo al resultado obtenido de comparar los dividendos repartidos con el valor de la paga reglamentaria, tal como se dice en el convenio colectivo de banca, artículo 18. Cuanto más alto sea el dividendo líquido repartido y más baja sea la paga de convenio líquida, más cuartos de paga de beneficios corresponderán a la plantilla.
La Audiencia Nacional juzga el martes una demanda de CGT donde se solicita que la plantilla de BBVA cobre una paga de 12 millones

La plantilla del BBVA participa en los beneficios de la empresa de acuerdo al resultado obtenido de comparar los dividendos repartidos con el valor de la paga reglamentaria, tal como se dice en el convenio colectivo de banca, artículo 18. Cuanto más alto sea el dividendo líquido repartido y más baja sea la paga de convenio líquida, más cuartos de paga de beneficios corresponderán a la plantilla.

Por tanto, si el Banco afirma, que no lo demuestra, que retiene un porcentaje muy alto a los accionistas cuando les paga los dividendos, y que ha pagado sueldos a más empleados de los que informa a los sindicatos, resulta todo lo contrario : el dividendo líquido es muy bajo y la paga total de la plantilla muy alta, con lo que no caben más cuartos de paga de beneficios y la plantilla no participa de esos beneficios.

CGT viene presentando demandas contra BBV desde 1997, y ahora también contra BBVA para el ejercicio 2000, cuyo juicio se celebrará el próximo martes 29 de noviembre en la Audiencia Nacional. Se solicita un cuarto de paga para la plantilla por los resultados de este último ejercicio, basándose en los propios datos que facilita el Banco y la evolución de la paga reglamentaria.

De acuerdo con los datos de plantilla y el importe de la paga reglamentaria que facilita el Banco a los sindicatos, ésta ha venido creciendo en torno al 3%, más o menos según deslizamientos, en concordancia con lo previstos en los convenios, y todo ello según serie histórica que hemos elaborado y de la que tiene conocimiento el BBVA. Pero para el ejercicio 2000, el Banco afirma que la paga reglamentaria subió el 10,61% sobre el año anterior, lo cual carece de todo sentido.

Si nos referimos a los dividendos de ese ejercicio, sucede también que los datos del Banco a los sindicatos son distintos a los que publica en la Memoria anual. Así, dice a CGT que el porcentaje medio retenido al pagar los dividendos fue del 18,29%. Pero los hechos lo contradicen : si el Banco tenía el 40,60% de las acciones en poder de “no residentes”, la retención máxima a residentes es del 18%, y la máxima a no residentes es del 15 0 10%, según cualidad de persona física o jurídica, aparte del dividendo exento, que es bastante alto, no es posible que el Banco haya practicado esa retención que dice, pues va contra toda lógica.

Afirmaciones de este tipo las ha hecho el Banco ante la Audiencia Nacional en los juicios sobre los ejercicios anteriores a 2000, certificando los datos los máximos responsables del Banco, sin ninguna prueba, sólo la de su firma y su testimonio verbal ante la Sala, que lo ha considerado suficiente.

CGT considera una temeridad esas certificaciones, por lo que está valorando la oportunidad de actuar por lo penal contra los directivos que firman y han intervenido en la elaboración de las mismas, porque no concuerdan ni con los datos que el Banco publica ni con los que permite la ley y ofrece la realidad. Aunque todo ello conduce al mismo lugar, que es negar un cuarto de paga a la plantilla por participación en los cuantiosos y jugosos beneficios del año.

Madrid 28 de noviembre de 2005


Fuente: CGT Banca