Informe del Sindicato de Sanidad de Valladolid de la CGT sobre la Asistencia Sanitaria
Las herramientas y medios que nos han sido proporcionadas para hacer valer y respetar nuestro derecho a la asistencia Sanitaria que los poderes Públicos han de garantizar, no siempre son accesibles ni bien utilizados por los usuarios de la Sanidad.
Informe del Sindicato de Sanidad de Valladolid de la CGT sobre la Asistencia Sanitaria

Las herramientas y medios que nos han sido proporcionadas para hacer valer y respetar nuestro derecho a la asistencia Sanitaria que los poderes Públicos han de garantizar, no siempre son accesibles ni bien utilizados por los usuarios de la Sanidad.

La Ley General de Sanidad viene a regular todas las acciones que permiten hacer efectivo el derecho a la protección de la salud. En su Art. 10 se relacionan los derechos de todos con respecto a las distintas Administraciones Públicas y Sanitarias, entre ellos entendemos que tienen un especial interés, por ser estos sistemáticamente incumplidos, los siguientes apartados : 2, 4, 5, 6, 7, 11, 13 y 14.

Con demasiada frecuencia y convirtiendo su falta de uso en abuso, no se informa al usuario sobre la totalidad de los servicios sanitarios a los que puede acceder, sufriendo estos una flagrante restricción cuando suponen, además de un ahorro económico para el sistema un incentivo para el facultativo que ha realizar la prescripción o derivación. La participación inconsciente de los usuarios en programas de investigación supone, a la vez que un incentivo para los profesionales, un incremento del gasto para el sistema (tengamos en cuenta que los medicamentos empleados en las pruebas son de nueva generación y por tanto costosos, así como la participación en el gasto por parte del usuario, en éste caso nula, pues se suele experimentar con enfermos crónicos, pensionistas o jubilados). Además de emplear términos y tecnicismos de difícil comprensión para la mayor parte de los mortales, quienes han de informar no siempre cuentan con el tiempo y carácter suficiente y adecuado para hacerlo. El derecho a la libre elección no se puede aplicar y más que informar los profesionales disuaden al usuario a la hora de dicha elección. La constante y continuada pérdida de informes sobre determinadas pruebas diagnósticas (Historia Clínica incluida), y la fácil accesibilidad a la Historia Clínica, así como la incompresible lectura de muchos de éstos informes, que dan lugar a diferentes interpretaciones y a otros tantos conflictos de intereses entre los usuarios y el sistema a la hora de acudir los primeros al amparo de la Ley. La falta de publicidad y la exclusión del rol de ofertas de especialistas, hace imposible la libre elección de médicos y demás sanitarios titulados del sistema. En cuanto a la obtención de medicamentos y productos sanitarios necesarios, la influencia de ciertos laboratorios sobre la implantación de sus genéricos y la falta de información y ocultismo sobre la accesibilidad a tratamientos hormonales, prótesis y tratamientos vanguardistas hace inviable la aplicación de este apartado.

Con ello, será del todo inviable y de imposible consecución la literatura del articulado mencionado que debería garantizar :

La información sobre la accesibilidad a determinados servicios. La advertencia sobre la posible utilización de procedimientos, diagnóstico y pronóstico en proyectos docentes o de investigación. La información, en términos comprensibles al enfermo o familiares. La libre elección entre opciones. La asignación de un médico, que ejerza de interlocutor. El registro, de forma clara o entendible, de todos los elementos e informes que formen parte del proceso. La libre elección de médicos y personal sanitario. Y, el acceso y consecución de medicamentos y productos sanitarios, necesarios para promover, conservar o reestablecer la salud.

Por ello y desde aquí exigimos a los poderes públicos la inmediata divulgación de la mencionada Ley y a los usuarios, la exigencia de la aplicación de la mencionada Ley, en todos su contenido.


Fuente: Sección Sindical de La CGT-Sanidad Valladolid