Texto de la carta de Human Rights Watch
Washington, D.C., 3 de febrero de 2004
De mi mayor consideración,
Tengo el agrado de dirigirme a Su Excelencia con motivo de la reunión que se celebrará el miércoles 4 de febrero, en el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos, OEA, en relación con el reciente acuerdo firmado por el Secretario General de la OEA, Dr. César Gaviria Trujillo y el Gobierno del Presidente Álvaro Uribe Vélez.

Texto de la carta de Human Rights Watch

Washington, D.C., 3 de febrero de 2004

De mi mayor consideración,

Tengo el agrado de dirigirme a Su Excelencia con motivo de la reunión que se celebrará el miércoles 4 de febrero, en el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos, OEA, en relación con el reciente acuerdo firmado por el Secretario General de la OEA, Dr. César Gaviria Trujillo y el Gobierno del Presidente Álvaro Uribe Vélez.

De mi mayor consideración,
Tengo el agrado de dirigirme a Su Excelencia con motivo de la reunión que se celebrará el miércoles 4 de febrero, en el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos, OEA, en relación con el reciente acuerdo firmado por el Secretario General de la OEA, Dr. César Gaviria Trujillo y el Gobierno del Presidente Álvaro Uribe Vélez.
Por medio de esta comunicación me permito instarlo a que se dirija al Secretario General de la OEA con carácter urgente, para que suspenda la ejecución del mencionado acuerdo, denominado “Convenio para el Acompañamiento al Proceso de Paz en Colombia”, pues, antes de iniciar la verificación, la OEA debe asegurarse que Colombia fije criterios claros que aseguren que los más graves crímenes contra la humanidad, delitos atroces y violaciones al DIH, sean debidamente investigados y sus autores enjuiciados. De igual manera, no se les debe permitir a los grupos paramilitares que utilicen el lucro de sus crímenes -apoderamiento de tierras, tráfico de drogas, secuestro y extorsión- para financiar sus actividades futuras. Confesión plena y restitución de los bienes a los sobrevivientes de las acciones paramilitares forman parte esencial de cualquier acuerdo.
Según la información que hemos recibido, el acuerdo no le permitiría a la OEA cumplir plenamente sus verdaderos roles de asesoría y verificación en el proceso de paz, pues el documento excluye las posibilidades para que la OEA emita juicios -salvo que el Gobierno o los actores del proceso se lo soliciten- sobre las decisiones jurídicas o políticas que adopte el Gobierno, en aspectos claves como el desarme, la desmovilización y la reinserción de los paramilitares, reduciendo su intervención a un simple papel de espectador. En este sentido, consideramos inaceptable y contrario al Derecho Interamericano que el Gobierno de Colombia pretenda y el Secretario General de la OEA consienta, que los temas de justicia forman parte del fuero interno y que la OEA no pueda pronunciarse al respecto.
En opinión de Human Rights Watch, el compromiso asumido por el Secretario General de la OEA en un tema de la mayor importancia regional, fue prematuro y no se benefició de un proceso amplio de consulta a los Estados miembros. Es esencial, dado los antecedentes que ha tenido este debate en Colombia, que la OEA adopte todas las medidas necesarias para asegurarse que no conferirá legitimidad internacional a un proceso que podría resultar en la impunidad de hechos atroces y de barbarie. El acuerdo del Secretario General, tampoco, puede justificarse bajo la Carta Democrática, que fue concebida como un instrumento para fortalecer, y no para debilitar, las instituciones democráticas y el Estado de Derecho.
Puedo asegurar a S.E. que Human Rights Watch apoya decididamente los esfuerzos para poner fin a la violencia política en Colombia y estamos convencidos que la OEA puede realizar una importante contribución a estas iniciativas. Sin embargo, es esencial que no se ignoren las demandas de justicia durante la búsqueda de la paz. Es por ello que nos preocupan seriamente los proyectos promovidos por el Gobierno de Colombia a través del Alto Comisionado para la Paz, Luis Carlos Restrepo, que garantizan la impunidad de personas que han ordenado, planificado y, en ciertos casos, participado directamente en algunas de las peores atrocidades que se hayan cometido en el hemisferio.
En América Latina, tanto en Argentina como en Perú se han ido adoptando medidas decisivas para revocar leyes que han conferido impunidad a violadores de derechos humanos, reconociendo su efecto corrosivo frente al Estado de Derecho. El año pasado, el Congreso argentino con una abrumadora votación declaró la invalidez de las leyes de punto final y obediencia debida, que han impedido el procesamiento de militares involucrados en violaciones a los derechos humanos.
Por su parte, distinguidas autoridades colombianas comparten nuestra preocupación acerca de la impunidad de crímenes a derechos humanos que genera un sombrío escenario para su país. El Procurador General de la Nación, Dr. Edgardo Maya Villazón, se ha opuesto pública y enérgicamente a una legislación que, según sus propios términos, conduce al “perdón y olvido”, agregando que “ese no es un mecanismo para llegar a la paz sino para incrementar la violencia”.
En la comunidad internacional ha ido creciendo el consenso en torno a esta materia. En 1999, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU adoptó la resolución 1999/32 en la que insta “a todos los gobiernos a…derogar la legislación que favorezca la impunidad de los responsables de violaciones graves de los derechos humanos, como la tortura, y castigar esas violaciones, consolidando así las bases para el imperio de la ley”. Destaca en particular, “que las personas que fomenten, ordenen, toleren o cometan actos de tortura deben ser consideradas responsables y sancionadas severamente”.
Esta Comisión también ha reconocido que “exigir responsabilidades a los autores de violaciones graves de los derechos humanos es uno de los elementos esenciales de toda reparación eficaz para las víctimas de violaciones de los derechos humanos y un factor clave para conseguir un sistema de justicia justo y equitativo y, en definitiva, la reconciliación y la estabilidad en un Estado”.
En dos declaraciones presidenciales, el Consejo de Seguridad de la ONU, ha enfatizado la necesidad de investigar a los responsables por violaciones a los derechos humanos y al DIH. A nivel regional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha declarado en repetidas ocasiones que “el estado está en el deber jurídico de prevenir, razonablemente, las violaciones de los derechos humanos, de investigar seriamente con los medios a su alcance las violaciones que se hayan cometido dentro del ámbito de su jurisdicción a fin de identificar a los responsables, de imponerles sanciones pertinentes y de asegurar a la víctima una adecuada reparación”.
Infortunadamente, el Gobierno de Colombia ya ha adoptado medidas que lo sitúan en oposición con estos precedentes. En agosto de 2003, por ejemplo, el Gobierno promovió un proyecto de ley que pretendía que los paramilitares, quienes han cometido actos de barbarie y terrorismo, eludan la justicia a cambio de pagos monetarios, sin comprometerse a cumplir, tan siquiera, un sólo día de cárcel. El proyecto de ley, que favorecería a los cerca de once mil paramilitares, ha encontrado una fuerte oposición y está siendo objeto de intensos debates en el Congreso de Colombia.
En noviembre del mismo año, el gobierno presidió la desmovilización de más de 800 presuntos miembros de una facción paramilitar de Medellín, pero no hizo ningún esfuerzo para una verificación independiente de las condiciones de la desmovilización, incluida la relación de los crímenes cometidos por estas personas, si es que habían cometido alguno. Mientras cientos de combatientes desfilaban delante de las cámaras de televisión, Diego Murillo Bejarano alias “Don Berna”, líder del grupo, seguía en libertad y al mando de paramilitares armados y movilizados en algunos sectores de la ciudad.
En dicho acto, las autoridades permitieron que Murillo y otros reconocidos comandantes paramilitares, entre ellos su máximo líder Carlos Castaño, se dirigieran por televisión a la nación. Murillo -quien se jacta de ser el “Inspector General” de la principal coalición paramilitar colombiana, las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC)- ha sido jefe de seguridad de narcotraficantes y las autoridades judiciales lo han vinculado con las bandas de Medellín utilizadas por los paramilitares para cometer asesinatos de personalidades. Según la última edición de la revista The Economist, “después de tres semanas de un programa de rehabilitación…” los 800 supuestos paramilitares “… regresaron a las calles”.
Mientras el Gobierno patrocinaba este espectáculo, los paramilitares violaban su compromiso de alto al fuego, supuesto prerrequisito para mantener las conversaciones. Algunos residentes de la Costa Norte de Colombia manifestaron a los medios de comunicación que los paramilitares estaban asesinando y amenazando a quienes se negaban a venderles sus negocios y sus tierras. La actividad paramilitar no se limita a las regiones rurales o aisladas, sino que tiene lugar en áreas densamente pobladas con presencia policial y militar. Por ejemplo, grupos de derechos humanos de Barrancabermeja y autoridades locales, incluyendo Monseñor Jaime Prieto, Obispo de Barrancabermeja, han denunciado que se ha entregado el control de facto de la ciudad a los paramilitares.
En las recientes sesiones del Congreso de Colombia, sobre la desmovilización de paramilitares, organizaciones de derechos humanos han denunciado más de 600 asesinatos atribuidos a los paramilitares desde que se anunció el cese al fuego en diciembre de 2002. Es igualmente preocupante que Human Rights Watch continúe documentando lazos entre unidades de las Fuerzas Armadas de Colombia y los paramilitares. En enero de 2004, por ejemplo, en un enfrentamiento entre tropas militares y grupos paramilitares fueron capturados miembros activos de la fuerza pública, quienes hacían parte de estas organizaciones armadas ilegales.
Teniendo en cuenta estos antecedentes, Human Rights Watch cree que la OEA debe asegurarse que la verificación del proceso de desmovilización se realice sólo si existen garantías de respeto a principios jurídicos internacionales básicos.

Febrero 3 de 2004


Par : Miguel Angel/STAP Madrid