Hace unos días, nuestra siempre alegre Ministra de Trabajo, es de suponer que bajo la atenta mirada de la Virgen del Rocío, que todos sabemos que está para esas cosas, sorprendió (quizás, no tanto) a todos los asistentes a una de sus comparecencias con una noticia de supuesto calado: la inminente transformación de la legislación laboral española de manera que, donde antes había decenas de tipos de contratos de trabajo, aparezcan finalmente sólo cinco.
Se trata de un avance decidido en una dirección marcada y deseada desde antes, incluso, de la actual crisis económica, por parte de la gran patronal patria y de los principales círculos burocráticos europeos, diligentemente puestos a su servicio. La dirección de la conformación de un Derecho del Trabajo constituido por una única forma de contratación: el llamado (valga la redundancia), contrato único.
Se trata de un avance decidido en una dirección marcada y deseada desde antes, incluso, de la actual crisis económica, por parte de la gran patronal patria y de los principales círculos burocráticos europeos, diligentemente puestos a su servicio. La dirección de la conformación de un Derecho del Trabajo constituido por una única forma de contratación: el llamado (valga la redundancia), contrato único.
Ya en el Libro Verde “modernizar el derecho del trabajo para afrontar los retos del siglo XXI”, dedicado a la llamada flexiseguridad, y aprobado por la Comisión Europea en el año 2007 (antes, por tanto, de la caída de Lehman Brothers y de toda supuesta “urgencia” animada por la crisis) se recomendaba a “determinadas formaciones nacionales europeas” (que no se concretaban con nombre, apellidos, y título de Reino, pero que era fácil determinar cuáles eran) la institución de este “contrato único” que, parece ser, todo lo va a sanar y enmendar, en medio del vértigo del desempleo que nos atenaza. Desde entonces, las atronadoras voces de FMI, OCDE, UE, y algunos grupos concretos dentro del 15-M, han hecho un magistral coro a los deseos de Arturo Fernández, Rossell y sus ilustres predecesores.
Pero, ¿de qué hablan? ¿qué es eso del “contrato único”? ¿Se trata de una novedosa, y hasta deseable, medida de simplificación administrativa que, como por ensalmo, va a contribuir también a reducir la “dualización” del mercado de trabajo, favoreciendo a precarios, temporales, subcontratados y demás perdedores de la irrefrenable “descentralización productiva” que acompaña la irrupción del “nuevo” capitalismo?
Permítasenos hacer una breve reflexión premonitoria que, como todas las predicciones, es especialmente vulnerable a las numerosas limitaciones que implica el recurso al método empírico y al estudio de los precedentes históricos. Mucho nos tememos que lo que esos señores (esos, en concreto, en este país, en concreto, en este momento, en concreto) van a poner en marcha es, ni más ni menos que un “contrato único temporal renovable”, pero, eso sí, sin causa.
Sí, una relación laboral en la que, aunque sea formalmente indefinida, la indemnización por despido improcedente (es decir, sin causa lícita, no lo olvidemos) va creciendo, desde la casi ausencia a la actual, en función de la antigüedad alcanzada, no es , en puridad, ni más ni menos que un contrato equivalente a los actuales temporales que se puede, si se quiere, renovar tácitamente si se asume el aumento del pago final. Y si no, pues a otra cosa mariposa, ya contratamos a otro “indefinido” sin antigüedad. Y, además, que quede claro, como este contrato es “fijo” no necesito tener una causa concreta para hacerlo (la realización de una obra, la existencia de un aumento de demanda…). Me basta querer y saber, gustar y probar.
Y podré iré decidiendo durante el transcurso del contrato si usted es indefinido (llega a tener la indemnización actual) o temporal (me lo quito de encima cuando quiera con la misma indemnización que si hubiera finalizado su “obra”). Al fin y al cabo, la esencia de todo el asunto es que le puedo despedir, en todo momento, sin justa causa para ello: el llamado despido improcedente. Sólo tengo que estar dispuesto a pagar el precio, y si este es menor al principio, miel sobre hojuelas.
Y luego les intentarán enturbiar a todos los pequeños empresarios y autónomos con empleados de este país la razón por la que nadie entra a comprar en sus tiendas. Señores: ustedes no necesitan que les dejen usar un nuevo látigo sobre las espaldas del empleado, el bar Manolo no compite en la bolsa de Shangai. Ustedes necesitan que los trabajadores cobren dinero suficiente para tomarse unas cañas. Elevar eso tan raro de la demanda agregada. No sólo la de los ricos, sino la de todas las clases subalternas. No sé por qué me da que Lagarde, Olli Rehn y Rossell no se pasan toda la tarde en el bar Manolo. Es un suponer.
Así que si queremos un contrato único que favorezca la salida de la crisis, tendrá que tener derechos. Aunque haya que renunciar a pagarle el festín de las últimas décadas a la banca patria y los especuladores internacionales.
Y si lo que queremos es una sociedad realmente democrática y socialmente justa tendremos que……….(pruebe a levantarse de su sillón y rellene con un acto de valor cívico y solidaridad esa ignominiosa línea de puntos que hemos dejado sostenerse sobre el vacío de nuestros corazones y cabezas en las últimas décadas)
Fuente: José Luis Carretero Miramar