A la hora de la reforma de la representatividad, nos pareció oportuno volver a este tema tan cacareado. ¿Qué es la representatividad ? ¿Qué induce ? ¿Va a cambiar la posibilidad de discutir, contestar, vivir en el seno de la empresa ? Hoy en día, el Gobierno quiere definir de nuevo qué sindicato puede existir en la empresa y qué otros no pueden. Si, para CNT, les corresponde a los trabajadores elegir cómo quieren organizarse, la represión nos obliga también a tomar en cuenta el marco jurídico, para que un trabajador sindicalista no sea sinónimo de un trabajador despedido.

A la hora de la reforma de la representatividad, nos pareció oportuno
volver a este tema tan cacareado. ¿Qué es la representatividad ? ¿Qué
induce ? ¿Va a cambiar la posibilidad de discutir, contestar, vivir en el
seno de la empresa ? Hoy en día, el Gobierno quiere definir de nuevo qué
sindicato puede existir en la empresa y qué otros no pueden. Si, para
CNT, les corresponde a los trabajadores elegir cómo quieren organizarse,
la represión nos obliga también a tomar en cuenta el marco jurídico, para
que un trabajador sindicalista no sea sinónimo de un trabajador despedido.

Si esta reforma es importante para todos los trabajadores, y por tanto
para la CNT, es asimismo determinante la lectura del nuevo equilibrio
social que desea instaurar el gobierno. ¿Acaso es la evolución de la
empresa precursora de las evoluciones de la República ?

Por supuesto. Dicho de otro modo, una República « que respeta los
criterios republicanos ». ¿Y qué será de quienes no piensen que esa
República, fundada en una democracia indirecta, no es, justamente, otra
cosa que una dictadura camuflada ? ¿Qué pasa con todas las formas de
pensamientos revolucionarios ? Una ley sobre la representatividad que
acalla todas las formas de reflexión sobre el fondo de los problemas, eso
es lo que nos impone el gobierno.

Antes de la reforma

El marco es la representatividad y por lo tanto, para nosotros, eso
significa la posibilidad de crear una sección sindical en la empresa,
conquista de mayo del 68. El delegado sindical tiene el poder de
negociación, pero está designado y es revocable por el sindicato, y eso
conviene bastante a una organización anarcosindicalista como la CNT. Usar
el marco legal, lograr la representatividad, no significa necesariamente
caer en compromisos que terminan por vaciar el sindicalismo de su
combatividad. Por eso en los 15 días que seguían la designación de un
delegado sindical CNT, muchas veces fuimos denunciados por el patrón, e
incluso por otros sindicatos, que contestaban nuestra representatividad.

Hasta hoy en día, únicamente CFDT, CFTC, CGT, CGC y FO eran considerados
representativos y no podían ser contestados, hasta en el caso de tener un único
adherente.

Para los demás como para CNT era necesario, si la designación del delegado
sindical estaba contestada (por el patrón o por un sindicato « representativo » !), probar su representatividad con el cumplimiento de
determinados criterios desde el fin de la II Guerra Mundial : los
efectivos, la independencia, las cotizaciones, la experiencia y la
antigüedad del sindicato, la actitud patriótica durante la Ocupación
[nazi], y la audiencia vinculada a los resultados en las elecciones
laborales, que va a ser determinante en la reforma.

Un marco considerablemente modificado con la reforma

El gobierno Chirac-Villepin, y luego los sucesores sarkozystas, se
pusieron a sacudir el sistema lanzando negociaciones en que cada sindicato
se metió recalcando el criterio que más le convenía : las elecciones
“prud’homales” [laborales, con jueces patronales y sindicales] y la
función pública para SUD, la Seguridad Social para FO, las cotizaciones y
la actividad para la CFTC…

Pero todos fueron dejados atrás por CFDT y CGT que redactaron con el MEDEF
[la patronal] y la CGPME [Confederación General de las Pymes] la « posición común » que sirve de base a esta nueva ley. Ésta define los
nuevos criterios de la representatividad : el respeto de los valores
republicanos ; la independencia ; la transparencia financiera ; dos años de
antigüedad en el campo profesional y geográfico que cubre la empresa ; la
audiencia ; la influencia, caracterizada con prioridad por la actividad y
la experiencia ; la afiliación y las cotizaciones.

El criterio de respeto de los valores republicanos es ambiguo : no se sabe
si se trata de un respeto filosófico, de idea de libertad, de tolerancia,
lo que era el caso en los proyectos de ley, o de un respeto del orden
social actual, lo que entrañaría la eliminación de la CNT del paisaje
sindical francés. La ley no lo precisa al final, y los jueces deberán
examinarlo.

El criterio de la transparencia financiera va a obligar los sindicatos CNT
a ser más sistemáticos con su tesorería y a anotar bien las cuentas AG
cada año ; En cuanto a « audiencia », o sea los resultados electorales, es
el criterio clave en la reforma : para ser representativo en la empresa, la
sección sindical debe cumplir con los otros criterios y conseguir el 10 %
en la primera vuelta de las elecciones de los miembros titulares del
comité de empresa, o por falta de delegados del personal. En el ámbito
sectorial, hay que realizar una media del 8 % de los resultados compilados
en el ramo y tener una « implantación territorial equilibrada ». A nivel
interprofesional, es necesario sacar el 8 % de los resultados de todas las
empresas, y ser representativos en sectores de la industria, de la
construcción, del comercio y los servicios.

En la empresa, el delegado sindical debe ser nombrado entre los candidatos
en la primera vuelta que recogieron al menos el 10 % de los votos. La
autonomía de la sección sindical sale muy mal parada puesto que ya no
puede elegir libremente a su delegado sindical. Las reglas de la
negociación se modifican también : un acuerdo entre organización sindical y
patronal, para ser válido, tiene que ser firmados por esos sindicatos que
totalicen el 30 % de la votación, y no ser el objeto de una oposición de
sindicatos que lleguen a más del 50 % de la votación.

Dejando de lado el lugar central dado a las elecciones, una innovación
importante de la reforma es el nuevo mandato de representante de la
sección sindical. Con ese nuevo mandato, la sección puede constituirse de
inmediato (con al menos dos adherentes, la independencia, los dos años de
antigüedad y el respeto de los valores republicanos), lo que otorga la
posibilidad de desarrollarse para poder distribuir octavillas, pegar
carteles, etc., con un delegado sindical protegido, si bien no puede
negociar. En la elección siguiente, ya sea la sección obtiene la
representatividad, ya sea el representante sindical pierde su mandato y no
puede ser nombrado de nuevo hasta los seis meses precedentes las
siguientes elecciones (que van a ser en adelante cada cuatro años).

Esta reforma se va a votar y será publicada con probabilidad en agosto. En
los sindicatos de sectores y a nivel interprofesional, las cuentas se
harán de aquí a cinco años, y mientras tanto permanece el « club de los
cinco » representativos. En las empresas, los delegados actuales, que sean
DS [delegado sindical], DP [delegado del personal], CE [comité de
empresa], siguen hasta las próximas elecciones que tendrán que establecer
la reforma. De momento los representantes de sección sindical podrán ser
designados por los sindicatos no « representativos ».

Una nueva etapa de integración del sindicalismo

Como lo afirmaban algunos sindicatos, el efecto es que dentro de cinco
años, el « club de los cinco » habrá muerto, y todos los sindicatos serán
técnicamente en un nivel de igualdad (incluso si siguen ¡mucho menos
iguales frente a la represión !). Se puede especular muchos sobre las
recomposiciones del poder sindical que esta reforma va a generar, con por
ejemplo la UNSA que habla ya de aliarse con la CGC. La CFDT y la CGT van
evidentemente a imponerse frente a los sindicatos más débiles, y era el
objetivo. Pero se puede también criticar la actitud de organizaciones
sociales que aceptan que el Estado venga a hurgar en sus cuentas (ni las
cuentas, ni la representatividad de la patronal están concernidas por la
reforma), el hecho de elegir a quién es representativo o no, y hasta el de
elegir en su lugar al delegado sindical (cuya designación era libre antes
y que pasa ahora por un candidato que tenga el 10 % en las elecciones).

Sobre todo hay que inquietarse cada vez que el Estado viene a reglamentar
la acción de quienes supuestamente le resisten y a quienes el Estado les
da con la porra. Ante todo, esta reforma tiene como meta renovar la
burocracia sindical para que sea más legítima, y más capaz de acompañar la
regresión social a todos los niveles de negociaciones, ya que cada vez más
los acuerdos son derogatorios y regresivos. El objetivo es evitar los
sobresaltos como los de 1995 o 2006, y domesticar a una clase de
representantes sindicales, profesionales, separados de la base, y dar a la
« masa » el sentimiento de que se obra por ella y que puede dormir
tranquila, o asquearse de los sindicatos cuando se dé cuenta que la
engañaron.

En suma, esta reforma, que basa la representatividad en las elecciones,
apunta a que los trabajadores estén tan pasivos como los 60 millones que
actúan políticamente un cuarto de hora cada cinco años al ir a los centros
de votación.

Para el movimiento sindical, es una nueva trampa, pero sea cual sean las
instituciones colocadas para dominar a los explotados, es en su propia
acción y en su organización independiente donde puede hallarse una fuerza.
Para CNT, este nuevo marco jurídico no se puede ignorar, e incluso si su
estrategia de desarrollo está vinculada a muchos otros factores
determinantes para los trabajadores, va a deber tomar en cuenta ese nuevo
marco jurídico, examinar sus ventajas e inconvenientes, eligiendo la
actitud que le permita mejor desarrollarse sin apartarse de la práctica
que la fundamenta : la action directa, la lucha autónoma de los
trabajadores contra el Estado, la patronal y contra cualquier burocracia.


Fuente: CNT Francia