La sentencia del Juzgado de lo Social nº8 de Valencia reconoce que el despido es improcedente y una medida desproporcionada
La sentencia del juicio contra Ford-España (Almussafes, Valencia) celebrado el pasado 28 de septiembre a instancia del Delegado de CGT Luis Miguel Martín ha sido favorable para el demandante.
Así, el fallo judicial declara “improcedente el despido de fecha 2 de junio de 2004, condenando a la empresa a que, a opción del trabajador (…) lo readmita o indemnice en la cantidad de 37.956,30 euros con abono en ambos casos de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución (…).” Luis Miguel Martín ha optado por la readmisión que deberá hacerse efectiva en breve, siempre y cuando la empresa no recurra ya que contra la sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La sentencia del Juzgado de lo Social nº8 de Valencia reconoce que el despido es improcedente y una medida desproporcionada
La sentencia del juicio contra Ford-España (Almussafes, Valencia) celebrado el pasado 28 de septiembre a instancia del Delegado de CGT Luis Miguel Martín ha sido favorable para el demandante.
Así, el fallo judicial declara “improcedente el despido de fecha 2 de junio de 2004, condenando a la empresa a que, a opción del trabajador (…) lo readmita o indemnice en la cantidad de 37.956,30 euros con abono en ambos casos de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución (…).” Luis Miguel Martín ha optado por la readmisión que deberá hacerse efectiva en breve, siempre y cuando la empresa no recurra ya que contra la sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
De esta forma, el Juzgado de lo Social nº8 de Valencia, a pesar de reconocer los hechos que según la Ford motivaron el despido disciplinario, afirma en la sentencia que “la sanción impuesta al demandante, atendido un criterio gradualista, resulta desproporcionada”.
CGT-PV valora positivamente el dictamen judicial y, aunque no queda demostrada que la motivación del despido del Delegado y miembro del Comité de Empresa por CGT fuera una cuestión de persecución sindical, la organización no puede dejar de señalar que ni la empresa ni su sindicato UGT están dispuestos a que CGT realice su labor de reivindicación, concienciación y lucha por los derechos de los trabajadores.
CGT es un sindicato claramente molesto que sigue una línea de no sometimiento a los objetivos empresariales de recortar constantemente derechos adquiridos. Que un delegado de CGT haya sido castigado con la máxima sanción (el despido) y que, además, haya sufrido una campaña de intoxicación por parte de UGT no es una casualidad.
Recordemos también que el despido de Luis Miguel Martín motivó tres paros de dos horas en la factoría, protesta secundada por unos 900 trabajadores.
Gabinete de Prensa de CGT-PV
Valencia, 15 de octubre de 2004