CGT ha recibido notificación del auto por el que se tiene no interpuesto el recurso de casación al no consignarse, por parte de Ferrovial, la cantidad económica para ello

 

A principios de mes se conoció la decisión de la Audiencia Nacional de anulación de la medida empresarial que llevó a cabo Ferrovial Servicios S.A. y que consistió en la reducción de jornada de la plantilla desde el 1 de abril de 2017 hasta el 31 de marzo de 2019.

La Sala condenaba expresamente a Ferrovial Servicios S.A. a la restitución en el disfrute de la jornada completa de la plantilla afectada por esta medida. Del mismo modo, la empresa deberá abonar a estas personas trabajadoras las cuantías dejadas de percibir al aplicarse dicha medida impugnada.

A principios de mes se conoció la decisión de la Audiencia Nacional de anulación de la medida empresarial que llevó a cabo Ferrovial Servicios S.A. y que consistió en la reducción de jornada de la plantilla desde el 1 de abril de 2017 hasta el 31 de marzo de 2019.

La Sala condenaba expresamente a Ferrovial Servicios S.A. a la restitución en el disfrute de la jornada completa de la plantilla afectada por esta medida. Del mismo modo, la empresa deberá abonar a estas personas trabajadoras las cuantías dejadas de percibir al aplicarse dicha medida impugnada.

CGT había solicitado la nulidad y/o ilegalidad del ERTE de reducción de jornada, entendiendo que fue promovido por la empresa como respuesta a la convocatoria de huelga.

La empresa anunciaba en medios de comunicación que recurriría la decisión de la Audiencia Nacional justificando que la decisión se había tomado para adaptarse a las condiciones de los servicios que se estaban prestando. Sin embargo, Ferrovial Servicios S.A. no ha consignado la cantidad económica necesaria para poner en marcha tal recurso, por lo que el Tribunal lo ha tenido por no realizado.

Desde CGT se espera que la empresa cumpla la sentencia de la Audiencia Nacional de forma inmediata, y devuelva las cantidades a las trabajadoras afectadas por una medida, declarada por dicho órgano jurisdiccional como reactiva a la convocatoria de huelga y la vulneración, por tanto, de wste derecho, y de la libertad sindical de sus trabajadoras.

Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT


Fuente: Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT