A continuación hacemos un análisis exhaustivo y pormenorizado del Acuerdo alcanzado el pasado día 11, entre la Representación de los Trabajadores-CGT de los Centros de Trabajo de Sevilla y Almonte y la Dirección de DAMAS, con la mediación de la Dirección General de Trabajo y que ha sido ratificado y asumido en el día de hoy por el Consejero de Empleo de la Junta de Andalucía.

A continuación hacemos un análisis exhaustivo y pormenorizado del Acuerdo alcanzado el pasado día 11, entre la Representación de los Trabajadores-CGT de los Centros de Trabajo de Sevilla y Almonte y la Dirección de DAMAS, con la mediación de la Dirección General de Trabajo y que ha sido ratificado y asumido en el día de hoy por el Consejero de Empleo de la Junta de Andalucía.

El Acuerdo citado comprende 20 Puntos, de los que 17 de ellos obedecen a reivindicaciones de los trabajadores que han sido conseguidas con mucho esfuerzo, no sólo por parte de los afectados y sus familiares que han aguantado lo suyo, sino que se ha necesitado el trabajo de coordinación y dedicación de las diferentes estructuras del Sindicato CGT y de muchos de sus militantes que no han cejado en el empeño de apoyar en todo momento y de diferente forma. a unos compañeros que estaban realizando una lucha desigual, pero justa, y que ha sido llevada con mucha dignidad.

Sin más preámbulos y fruto de toda esta lucha se ha conseguido un Acuerdo, que significa un avance importante en las condiciones de trabajo de los Conductores, sin precedentes en esta empresa DAMAS, y que conllevará a una modificación sustancial en la que los Trabajadores vamos a poder prever con tiempo suficiente nuestra vida familiar, social y laboral, por lo que, tanto nosotros como nuestra familia, nos beneficiaremos enormemente.

Se han conseguido las siguientes materias :

1º.- Se ha establecido que la PERMANENCIA MÁXIMA DIARIA de los Conductores A DISPOSICIÓN DE LA EMPRESA NO SUPERARÁ LAS 12 HORAS, INCLUIDO EL TIEMPO DE DESCANSO PARA LA COMIDA Y LOS DIEZ MINUTOS NECESARIOS DE TOMA DEL SERVICIO AL INICIAR EL PRIMER SERVICIO DIARIO.

’ De tal forma, que con esto se eliminan las jornadas que durante muchos años hemos venido realizando de 13, 14… horas de trabajo diario a disposición de la Empresa, y sin que hasta la firma de este Acuerdo, ningún Conductor tuviera regulado el tiempo máximo diario que se encuentra a disposición de la Empresa.

’ El incluir el tiempo de comida es un logro que ha costado muchos esfuerzos, reuniones,… ya que como sabéis, los firmantes del Convenio Colectivo que sufrimos estipularon este tiempo como de descanso, a pesar de que tenemos que comer fuera de casa en la inmensa mayoría de Turnos.

’ Así mismo, se ha conseguido establecer, por primera vez en esta Empresa, un tiempo de trabajo efectivo para la Toma del Servicio al iniciar el primer Servicio diario, que en este Acuerdo se ha establecido en diez minutos. Dicho computo de jornada de Toma del servicio diario, es independiente de la cantidad que se percibe por permanecer en el vehículo con la antelación de quince minutos antes de la salida de cada servicio. Desde CGT hemos reivindicado que se contemplara un tiempo de trabajo efectivo de quince minutos de toma y quince minutos de deje del servicio diario. Por ello, aún reconociendo que es un avance sustancial para el Conductor de DAMAS que se nos reconozca un tiempo de Toma de inicio del servicio, trasladaremos nuestras reivindicaciones a la negociación del próximo Convenio.

2º.- Se ha conseguido que en el Centro de Trabajo de Sevilla, para los servicios de Cercanías, se pondrán UN MÍNIMO DE OCHO TURNOS EN HORARIO CONTINUADO DE MAÑANA O DE TARDE.

’ Se consigue, por primera vez, establecer unos Turnos con la definición de mañana o de tarde. Se regula que la inmensa mayoría de Servicios de Cercanías en Sevilla (dado que en el Acuerdo se establecen un mínimo de 8) se harán en una jornada que no implique estar todo el día a disposición de la Empresa, y que por tanto, los Conductores podamos dedicar muchas tardes o mañanas a disfrutar de la familia o de tiempo libre.
Aunque el horario que la Empresa ha establecido, como el máximo comprendido, para los citados turnos de mañana o de tarde no nos es satisfactorio, esto será uno de los planteamientos que pretendemos mejorar en la confección de los Cuadrantes de Servicios y en la numeración de los Turnos que se tiene que realizar a partir de la firma de este Acuerdo.

3º.- Se establece que en el plazo de cuarenta y cinco días a partir de la firma de este Acuerdo, la Empresa programará y confeccionará los Turnos de Servicio para los Centros de Sevilla y Almonte, NUMERÁNDOSE CADA TURNO, procurando el MÁXIMO EQUILIBRIO ENTRE LA JORNADA de los diferentes Turnos y estableciendo EL TURNO DE RESERVA CORRESPONDIENTE PARA CUBRIR INCIDENCIAS.

’ Esto significa que a partir del próximo día 1 de Diciembre de 2004, la Empresa vendrá obligada a tener ordenados numéricamente los Turnos de Servicio, con lo que no podrán modificarlos arbitrariamente como se a hecho hasta la actualidad y de esta forma, se garantizará que estos Turnos sean rotativos entre todos los Conductores del mismo Centro de Trabajo.
’ También es la primera vez, y ya iba siendo hora, conseguir que la Empresa se comprometa a establecer los diferentes Turnos de Servicio con el máximo equilibrio en la jornada entre ellos, para acabar con la tremenda diferencia que hasta la fecha estábamos sufriendo en la realización de las diferentes Órdenes de Servicio.

’ Como avance muy significativo y, sin precedentes en DAMAS, es que la Empresa vendrá obligada a establecer el/los Turnos de Reserva correspondientes para cubrir las Incidencias que se produzcan por diferentes motivos, evitando de esta forma modificar, en la medida de lo posible, los demás Turnos, con lo que se refuerza de esta manera la estabilidad y certidumbre en la vida de los Conductores.

4º.- Se establece que la Empresa una vez que confeccione los Turnos de Servicio, estos SE COMUNICARÁN AL REPRESENTANTE DE PERSONAL del Centro afectado con una ANTELACIÓN MÍNIMA DE CINCO DÍAS ANTES DE SU ENTRADA EN VIGOR, PARA HACER LAS ALEGACIONES O SUGERENCIAS PERTINENTES.

’ Esto significa conseguir lo que desde hace muchos años llevamos reivindicando y es que por fin se nos dé una comunicación previa a la entrada en vigor de los Turnos de Servicio y tener una participación efectiva en la confección de los Servicios para programarlos con mucha más comodidad, teniendo en cuenta los intereses de los trabajadores.

5º.- Se establece que la Empresa confeccionará un CUADRANTE DE SERVICIOS Y DESCANSOS CON CARÁCTER BIMENSUAL, INCLUYENDO LOS TURNOS DE SERVICIOS Y LOS CONDUCTORES, y entregando una copia a la Representación de Personal del Centro afectado y publicándolo en el tablón de anuncios para que todos los Trabajadores puedan comprobar que se respeta lo aquí acordado.

Así mismo, TODOS LOS TURNOS DE SERVICIO SE ROTARÁN ENTRE TODOS LOS CONDUCTORES DE LA MISMA LOCALIDAD DE RESIDENCIA, excepto los que tengan el carnet restringido que rotarán entre ellos.

La ROTACIÓN de Conductores por Turnos de Servicio se hará por PERIODOS DE SIETE DÍAS COMO MÁXIMO.

’ El establecer un Cuadrante de Servicios en el que estén contemplados todos los Turnos de Servicio y todos los Conductores es una conquista sin paliativos, que va a eliminar las preferencias y arbitrariedades que han existido hasta la actualidad (unos pocos descansan siempre muchos fines de semana, los Turnos buenos son nombrados a dedo…)
Además, significa que, al menos, con una antelación de dos meses vamos a conocer los Turnos que vamos a realizar cada día, lo que supone una mejor calidad de vida social y familiar.
Por tanto, se acaba con la imprevisión y el favoritismo con el que hasta ahora hemos estado trabajando, en la que cada día se nos entregaba la Orden del Servicio que íbamos a realizar al día siguiente, o teníamos que llamar y gastar el dinero de nuestro bolsillo para conocer qué servicio realizábamos, incluido cuando estábamos de descanso.
Desde CGT, consideramos que el establecimiento del Cuadrante de Servicios ha sido un punto fundamental que se ha conseguido y que mejorará sustancialmente nuestras condiciones de trabajo. De todas formas, entendemos que lo mejor sería la Rotación de los Turnos de forma diaria y por ello, vamos a realizar las explicaciones y propuestas para convencer que es más eficaz, tanto para la Empresa en cuanto a establecer los Servicios de una forma duradera como para los Conductores.

6º.- Así mismo, se establece que la planificación de los Turnos de Servicio se realizará con el criterio de que los Conductores TENGAN EL MENOR NÚMERO DE HORAS DE PRESENCIA POSIBLES.

’ Este tema no se incluyó por los firmantes (quizá porque no trabajan en igualdad de condiciones que el resto) en el nefasto Convenio Colectivo que padecemos. La Empresa hasta la fecha de este Acuerdo, nos impone la realización del máximo de horas de presencia permitidas por Ley sin que exista una planificación o un criterio razonable para ello.
En esta Sección Sindical consideramos que los servicios establecidos deben planificarse, siempre que sea posible, con el objetivo de evitar esperas de más de una hora a los Conductores. Por ello, sobre este criterio trabajaremos en lo sucesivo.

7º.- Se identifican LOS MOTIVOS EXCEPCIONALES POR LOS QUE SE PODRÁ MODIFICAR UN TURNO (una vez que no se ha podido cubrir con el Turno de Reserva correspondiente) y que son aquellos en los que se tenga que sustituir a algún Conductor por : enfermedad, accidente, licencias retribuidas, detención y causas de fuerza mayor. En todos estos casos en que se tenga que sustituir, SE COMUNICARÁ AL CONDUCTOR QUE SE LE MODIFICA EL TURNO Y AL REPRESENTANTE DE PERSONAL DEL CENTRO AFECTADO A LA MAYOR URGENCIA POSIBLE INDICANDO LA CAUSA DEL CAMBIO.
En estos casos de modificación de los Turnos de Servicio por estos motivos excepcionales, SE RECURRIRA PREFERENTEMENTE AL PERSONAL QUE VOLUNTARIAMENTE SE HAYA OFRECIDO PARA HACER SUSTITUCIONES.

’ Esto fue uno de los desencadenantes más importantes del conflicto que se ha venido manteniendo, otros fueron la actitud del Subdirector Sanchis… y con este Acuerdo se garantiza el disfrute de los descansos semanales, a excepción de que se produzcan los motivos excepcionales que se han identificado y, en ese caso, una vez que no haya sido posible cubrir el Turno del Conductor a sustituir por el Turno de Reserva, se recurrirá a los Conductores que voluntariamente hayan manifestado, de forma expresa, su disposición a realizar las sustituciones.

8º.- Se establece que cuando se precise desplazar a un Conductor a otra población por los motivos antes indicados, se realizará con los que manifiesten su voluntariedad, y de no existir, se hará con el Conductor del Centro de Trabajo más cercano al lugar o población donde deba sustituir al compañero.

9º.- Se acuerda que las Órdenes de Servicio se entregarán a los Conductores Semanal o Bisemanalmente y constará en todas ellas : el HORARIO DE INICIO del Servicio, LA HORA DE FINALIZACIÓN DE CADA SERVICIO según las tablas pactadas, EL TIEMPO DE TRABAJO EFECTIVO que se computa según las tablas de tiempos pactadas, EL TIEMPO DE PRESENCIA según Convenio, EL TIEMPO DE COMIDA, así como SI DEVENGA DIETA o COMPENSACIÓN DE DIETA según Convenio.

’ Esto que se ha conseguido, nos facilitará nuestro trabajo diario, aclarándose las dudas que puedan surgir y dejando constancia de todo ello ante posibles reclamaciones.

10º.- La Empresa INCLUIRÁ LOS DESCANSOS EN EL CUADRANTE de Servicios y Descansos.

TODOS LOS DESCANSOS SERÁN ROTATIVOS ENTRE LOS CONDUCTORES DE CADA CENTRO DE TRABAJO.

En cualquier modificación del Descanso, se cumplirá con las mismas condiciones excepcionales establecidas para la modificación de los Turnos de Servicio que hemos reflejado en el Punto 7º de este escrito.

’ De igual forma que hemos identificado y acotado los motivos excepcionales por los que se pueden modificar los Turnos de Servicio, se hace igualmente con la modificación del descanso. Con esto se garantiza que, al menos, con una antelación de dos meses vamos a conocer los días de disfrute de nuestros descansos, salvo que concurran las circunstancias excepcionales antes descritas, en cuyo caso, se cumplirá lo establecido para cubrir el servicio : 1º- el Turno de Reserva, 2º- con voluntarios y 3º- modificación del Turno del Conductor.

11º.- Se acuerda que el DESCANSO ENTRE JORNADAS NO PODRÁ SER ABSORBIDO POR EL DESCANSO SEMANAL.

’ Esta laguna legal también fue olvidada en el Convenio Colectivo y por ello, la hemos introducido en este Acuerdo, para evitar interpretaciones o actuaciones que mermen el descanso semanal o diario de los Conductores.

12º.- Se acepta la MODIFICACIÓN AL ALZA DE LA TABLA DE TIEMPOS DE RECORRIDO DEL CONVENIO PARA UN TOTAL DE 13 SERVICIOS, TANTO DE CERCANÍAS COMO DE POBLACIONES MÁS DISTANTES.

13º.- La Empresa se COMPROMETE A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA de la mayoría de los Conductores que tienen en la actualidad contratos temporales y desean seguir trabajando en DAMAS.

’ El pase de los contratos temporales a indefinidos, ha sido uno de los caballos de batalla de nuestras reivindicaciones, y a pesar de que no se ha concretado todo lo que nosotros pedíamos, estaremos pendientes y exigiremos su cumplimiento.

14º.- La Empresa vendrá obligada a AUMENTAR LA PLANTILLA DE CONDUCTORES EN EL CENTRO DE SEVILLA Y A MANTENER, UN MÍNIMO, DE 43 CONDUCTORES. Este número de Conductores se alcanzará en el plazo de un mes desde la firma de este Acuerdo.

’ Teniendo en cuenta que en el Centro de Sevilla existen en la actualidad 38 Conductores, el aumento de puestos de trabajo conseguido es satisfactorio, y si además, el número de mantener 43 Conductores esta establecido como un mínimo, es todavía más positivo.
De todas formas, desde la Sección Sindical de CGT en DAMAS, entendemos que una vez que se desarrolle este Acuerdo, se ponga en funcionamiento los Cuadrantes de Servicio con sus Turnos correspondientes, así como las causas excepcionales que se han establecido para modificar los Turnos, la plantilla de Conductores para el Centro de Trabajo de Sevilla debe estar alrededor de los 50 Trabajadores.

15º.- Se establecen una serie de medidas contra los altercados de Orden Público que llevábamos reivindicando desde hace tiempo, como son : mantener un Jefe de Tráfico o Inspector en Matalascañas, en los días de mayor afluencia de viajeros para colaborar con los Conductores y establecer únicamente de lunes a viernes la parada en el Hotel Flamero.

16º.- Se acuerda que la Empresa se reunirá con los Representantes de los Trabajadores de Sevilla y Almonte, cada vez que estos soliciten una reunión exponiendo los motivos de la misma.

17º.- Se establece una Comisión de Seguimiento a la que se someterá cualquier divergencia o interpretación surgida de los Acuerdos que se han adoptado y que ambas partes se comprometen a respetar y cumplir. Dicha Comisión de Seguimiento estará constituida por la Empresa y la Representación de los Trabajadores firmantes del Acuerdo, y será presidida por D. Francisco Javier Guerrero Benítez, mediador en este conflicto y actual Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.

18º.- La Empresa acepta y se compromete a suscribir un nuevo contrato de trabajo, con carácter de contrato indefinido, con Residencia en Sevilla, a los dos compañeros que fueron injustamente despedidos y que han manifestado la intención de seguir trabajando en DAMAS como Conductores, teniéndose por superado el periodo de prueba y con todos los derechos y obligaciones del resto de Conductores con contrato indefinido que se encuentran trabajando en DAMAS.

’ Evidentemente, en CGT no podíamos permitir que se quedaran fuera unos compañeros despedidos de forma arbitraria, provocados por el Subdirector de DAMAS, y que se han mantenido de forma continua y permanente por conseguir volver a reingresar en esta Empresa. Por lo que otra vez vuelven con nosotros y seguiremos TODOS unidos defendiendo los intereses de los Trabajadores de DAMAS.

19º.- Se acepta la pretensión de los trabajadores, para evitar interpretaciones y recelos varios, que ante cualquier Expediente Disciplinario que se pudiera incoar a los Miembros de este Comité de Huelga, así como a los Conductores que fueron despedidos y que han sido contratados de forma indefinida nuevamente, las partes aceptan que en el plazo de los tres años siguientes se someterá la resolución de los Expedientes Disciplinarios a, D. Francisco Javier Guerrero Benítez, mediador en este conflicto y Director General de Trabajo.

20º.- Tanto la Empresa como el Comité de Huelga, se comprometen a cumplir los Acuerdos que ponen fin a este conflicto, quedando advertidas las partes que su incumplimiento por cualquiera de ellas será tenido en cuenta por la Administración Laboral.

21º.- Finalmente, la Empresa se compromete, de forma expresa, en el Punto VIGÉSIMO -Límites de conducción y descansos-, a que los Turnos de Servicio establecidos cumplan escrupulosamente con lo regulado en el Artículo 11.2 del Real Decreto 1561/95 de 21 de septiembre (BOE del 26) : “Ningún trabajador podrá conducir de manera ininterrumpida más de cuatro horas y media sin hacer una pausa. La duración mínima de la pausa será de cuarenta y cinco minutos, pudiendo fraccionarse en interrupciones de al menos quince minutos cada una a lo largo de cada periodo de conducción.”

’ Como todos conocéis, por estos incumplimientos ha sido sancionada la Dirección de DAMAS por la Inspección de Trabajo de Sevilla y por ello, era FUNDAMENTAL que, por escrito, ante la máxima Autoridad Laboral de Andalucía, se comprometa a cumplir con este precepto, de lo que nos beneficiaremos todos, tanto Conductores como Usuarios.
Desde CGT estaremos alertas ante cualquier incumplimiento en este sentido y no lo permitiremos.
CONCLUSIÓN

Si hacemos una valoración de todo lo que esta reflejado en el Acuerdo y que hemos explicado en este Informe, podremos comprobar que se han conseguido mejoras sustanciales en las condiciones de trabajo de los Conductores de DAMAS. Tan sustanciales que significan la modificación por completo del actual sistema de trabajo que realiza la Dirección y que nos va a llevar a tener una estabilidad y certidumbre en nuestra vida social y familiar, pudiendo prever el tiempo libre que vamos a disfrutar.

En definitiva, estamos seguros que nuestra calidad de vida va a mejorar de una manera importante en beneficio de nuestros familiares, que ya han sufrido y aguantado lo suyo. Para conseguir esto, exigimos que se respete escrupulosamente lo acordado, solicitaremos nuestra participación en todo aquello que nos afecte y así evitar que se produzca un nuevo conflicto.

Los que llevamos trabajando varios años como Conductores en DAMAS, sabemos que no se regalan duros a cuatro pesetas, que todo hay que reivindicarlo con mucho esfuerzo, incluso más duramente que en otras Empresas del mismo Sector. Para conseguir este Acuerdo, nos hemos tenido que pelear cada párrafo, cada palabra, durante muchas horas, en las distintas reuniones que hemos mantenido y con los diferentes mediadores que han participado en este conflicto. Por ello, vamos a seguir reivindicando con argumentos sólidos y justos, aquello que estimamos nos pertenece y que por tanto, tenemos derecho a conseguir.

Todo lo que ha ocurrido en este conflicto, debemos tenerlo en cuenta para la Negociación del próximo Convenio Colectivo que se desarrollará a primeros del año 2005. Esta vez, los trabajadores no podemos permitir que se nos imponga un Convenio tan negativo como el que sufrimos actualmente, por lo que si luchamos y nos mantenemos unidos en la defensa de los intereses que nos son comunes a todos los trabajadores, se pueden conseguir muchas cosas, incluso aquellas que hasta hace algunos días algún Representante de otro Sindicato creía que eran imposibles -porque nunca se ha planteado otra cosa que la de decir “si buana”- : la vuelta del abono por el concepto de Antigüedad, las mejoras sustanciales conseguidas en este Acuerdo…

Esta Sección Sindical de CGT, entre otras cosas, ha demostrado que luchando se consiguen mejoras, por lo que hacemos un llamamiento a aquellos compañeros que durante este conflicto han mantenido una desidia o un miedo atroz a la Dirección de la Empresa y les decimos que nuestras peticiones son justas y merecidas, que el tiempo de la esclavitud ya terminó hace siglos y no podemos permitir que se aplique en DAMAS.

SOLO A LOS PECES MUERTOS SE LOS LLEVA LA CORRIENTE