Artículo publicado en Rojo y Negro nº 397, febrero 2025
El pasado 18 de diciembre de 2024 se celebró un Pleno Extraordinario Estatal de la sección sindical del BBVA. El único punto del orden del día fue la estructura organizativa territorial de la sección estatal de CGT en BBVA y su implementación.
Podríamos empezar por cuestionarnos la urgencia de la celebración de un Pleno Extraordinario a finales de año dado que el año anterior, 2023, ya se había celebrado un Pleno Ordinario donde se trataron los temas organizativos e incluso uno de los acuerdos fue el de crear una comisión que actualizara los estatutos de la sección estatal. También podríamos preguntarnos sobre la importancia de este Pleno en el que no se trataba de analizar la acción sindical en la empresa tras la firma del reciente convenio colectivo del sector o los posibles problemas que pudieran surgir si se llevara a cabo la fusión entre BBVA y el Banco Sabadell. No era el caso.
¿Qué importancia tiene la sección sindical estatal del BBVA en la CGT?
Resulta que la sección del BBVA es una de las secciones más importantes de la Organización y la más importante de la Federación de Banca (FESIBAC): tiene 93 delegados sindicales electos (aproximadamente el 20% de la representación sindical) y unos 2.000 afiliados en todo el Estado, 750 solo en Madrid. Sus decisiones, por tanto, son importantes para toda la organización.
¿Qué se ha aprobado en el pleno extraordinario?
Resulta muy importante la aprobación de la figura de Responsable Territorial como elemento de interlocución sindical ante la empresa para adaptarnos al acuerdo suscrito el 18 de septiembre de 2014 entre el BBVA y los sindicatos1 que, en su punto tercero, INTERLOCUCIÓN, desarrolla la forma de comunicación entre la empresa y la representación sindical, pero lo grave de esta figura es que los y las Responsables Territoriales de BBVA-CGT serán designados directamente por el Secretariado Permanente Estatal.
Según el acuerdo del pleno, este nombramiento se basaría en “criterios de confianza, capacidad de liderazgo, conocimiento de la realidad territorial y compromiso con los principios de la CGT”. Queda acordado que no serán elegidos/as democráticamente, solo los dedos del Secretariado Permanente serán los que decidan, serán personas de confianza del Secretariado.
Los territorios, según la división organizativa del banco, son: Noroeste, Norte, Cataluña, Este, Sur, Centro y Canarias, pero sus respectivas afiliaciones no tendrán nada que decir ni que elegir, solo deberán confiar en la experiencia, el conocimiento y el acierto del Secretariado Permanente estatal. Los afiliados de los territorios son así tutelados: pueden votar cada cuatro años para elegir al Secretariado Permanente estatal y nada más. Una tentación más: la bolsa acumulada de horas sindicales y las liberaciones sindicales (repartidas discrecionalmente por el SP estatal) podrán servir para premiar o castigar a la representación territorial según el comportamiento de cada representante sindical a criterio del Secretariado Permanente de BBVA.
Seamos claros. Esta cooptación de personas de confianza contradice el artículo 6 de los estatutos confederales: “El funcionamiento de la Confederación General del Trabajo (CGT), tanto en la adopción de acuerdos como en la elección de sus órganos de coordinación, representación y gestión, se regirá por principios de democracia directa2” y, además, puede conducir, aunque no fuera su intención, a reproducir un grupo determinado de personas impidiendo de facto la renovación de ideas y personas en los puestos de gestión de la sección sindical.
Nadie discute las atribuciones del Secretariado Permanente de la Sección Sindical Estatal de Empresa, es el órgano de gestión, pero la elección de los representantes de la sección sindical en los diferentes ámbitos es atribución única y exclusiva de los afiliados. Así, lo indica el artículo 29 de los Estatutos Confederales: “Elegir a las personas de los distintos órganos de representación de la Organización según las normas que indica el presente Estatuto. […] Ser elegida o elegido para cualquier órgano de representación de la Organización según las normas que indica el presente Estatuto, salvo lo dispuesto en el artículo 32”.
La representación territorial
Las personas elegidas como Responsables Territoriales son las encargadas de coordinar las actividades sindicales en cada territorio. Entre sus atribuciones tenemos la coordinación de las actuaciones que emanen desde el SP Estatal en su ámbito de actuación, convocatorias de asambleas de personas delegadas y de afiliadas, envío de correos a la afiliación de su Territorio, coordinación con la Secretaría de Jurídica Estatal sobre sanciones o despidos en su Territorio y contestación de expedientes, organización de rutas para visitar oficinas, labores de expansión y conocimiento de la situación financiera de su Territorio. Además, debe realizar propuestas al SP Estatal sobre actuaciones de acción sindical en su ámbito o sobre propuestas de los sindicatos, ya sea de ramo o de oficios varios, de las provincias de su ámbito de responsabilidad y labores de expansión.
Todas estas ingentes tareas son atribuidas a la persona Responsable Territorial, es decir, realiza el trabajo del que habitualmente se encarga un secretariado permanente provincial con sus diferentes secretarías, tal y como recogen nuestros estatutos. Las personas designadas para esta tarea necesitan más tiempo y deben multiplicarse para atenderlas ya que, a veces, los territorios son muy amplios y los problemas muy variados (Servicios Centrales, oficinas con una o dos personas, pueblos, turnos, etc.).
En el fondo, se trata de eliminar las secciones sindicales provinciales o locales reconocidas por los estatutos y elegidas por la afiliación de la empresa y, con ello, desaparece el cauce de relación entre el sindicato provincial y sus secciones sindicales. Si no existe la sección sindical, la afiliación no puede participar en Plenos, Plenarias y demás reuniones que organice el sindicato.
Aún más. Las Comisiones de Trabajo de carácter estatal en BBVA (del Fondo de Pensiones de Empleo, de Igualdad, de Formación/MIFID, de Apartamentos y el Comité Estatal de Seguridad y Salud) también serán designadas por el Secretariado Permanente Estatal.
Verticalidad en la toma de decisiones
Esta estructura, donde la democracia directa desaparece y es sustituida por el dedo o el cuaderno azul donde se encuentran los nombres elegidos, se blinda con otro punto del acuerdo. Los acuerdos que, en su caso, se tomen en sindicatos provinciales o de Ramo, Federaciones Locales o de Ramo, así como en las Confederaciones Territoriales que afecten a los acuerdos adoptados por la Sección Sindical Estatal de CGT-BBVA a través de sus mecanismos estatutarios correspondientes, no serán vinculantes para esta sección salvo que, expresamente, así se decida en primera instancia por el SP estatal y luego sea ratificado en el siguiente Pleno Estatal por toda la sección.
Al Secretariado Permanente poco le importará lo que puedan decidir otros entes de la CGT. De este modo se protegen y actuarán como si fueran una franquicia, solo les interesa utilizar las siglas como cobertura y se encaminan hacia un sindicalismo corporativo. Parecen olvidar el artículo 1 de nuestros estatutos: “La Confederación General del Trabajo (CGT) es una asociación de trabajadores y trabajadoras que se define anarcosindicalista, y por tanto: de clase, autónoma, autogestionaria, federalista, internacionalista y libertaria”. En la CGT, la soberanía de sus secciones estatales no se discute, pero no se pueden olvidar los acuerdos de los diferentes congresos, conferencias de los diferentes entes y, por supuesto, los estatutos confederales de los cuales emanan todos los demás.
Podemos estar ante una posible casta sindical3 formada por personas liberadas y que se perpetúan a través de la cooptación de personas fieles a sus planteamientos y que intercambian responsabilidades en la organización manteniendo su estatus de liberado o medio-liberado sindical. Es posible que estemos cambiando militantes por gestores especialistas. ¿Estos acuerdos son la excepción o empiezan a generalizarse en CGT?
La estructura vertical de Federaciones y secciones estatales se tiene que combinar con los sindicatos horizontales. Hay algunas cuestiones que están cambiando poco a poco: la misma federación de Banca (FESIBAC) decidió, el pasado año, no firmar el convenio colectivo de banca privada consultando a las secciones sindicales estatales y obviando que esa consulta se debe realizar a través de las asambleas de los sindicatos y del correspondiente Pleno federal.
El debate, el intercambio de opiniones, el derecho de la afiliación, es pisoteado por los elegidos: en este caso el Secretariado Permanente estatal al permitir, si no alentar, este cambio en los estatutos. El Secretariado Permanente, cobra una nueva significación e importancia, secretariado eterno de algunas personas que se perpetúan en las liberaciones año tras año hasta la ansiada jubilación. ¿Este es el modelo sindical para afrontar los retos del siglo XXI?
1https://www.cgtentubanco.org/bbva/2/derechos/acuerdos_bbva/acuerdo_medios_18_09_14.pdf
2https://cgt.org.es/wp-content/uploads/2008/04/Estatutos-CGTactualizados-XIX-congreso.pdf
3 Hace años, Pablo Iglesias, figura de la política nacional, utilizó el término “casta” para referirse al conjunto de políticos apoltronados desde hace años en apetecibles cargos en los propios partidos mayoritarios.
Paco Romero
Sindicato Banca-Madrid
Sección sindical BBVA Madrid
Fuente: Rojo y Negro