La Confederación General del Trabajo (CGT) informa de una sentencia conocida hoy donde el máximo Tribunal de la Comunidad de Madrid estima parcialmente el recurso presentado por la organización anarcosindicalista CGT. En concreto el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en su sentencia nº 138/2020 ha reconocido que los servicios mínimos decretados por el Gobierno del Partido Popular en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, adoptado en fecha 5 de marzo de 2019, por el que se fijaron los servicios mínimos con ocasión de la Huelga convocada para el día 8 de marzo de 2018. Día Internacional de la Mujer Trabajadora, infringieron de manera clara el derecho constitucional a la huelga de las personas trabajadoras de los servicios públicos.

Según dicha sentencia, el acuerdo de Servicios Mínimos aprobado por el gobierno del Partido Popular y de Ciudadanos en la Comunidad de Madrid fue validado sin crítica alguna, obviando cualquier tipo de justificación o motivación, ni explicación de porque se estableció un número concreto de personal de cada categoría no explicando su esencialidad, vaciado de contenido el derecho de huelga regulado en el art 28 de la Constitución Española.

Según dicha sentencia, el acuerdo de Servicios Mínimos aprobado por el gobierno del Partido Popular y de Ciudadanos en la Comunidad de Madrid fue validado sin crítica alguna, obviando cualquier tipo de justificación o motivación, ni explicación de porque se estableció un número concreto de personal de cada categoría no explicando su esencialidad, vaciado de contenido el derecho de huelga regulado en el art 28 de la Constitución Española.

TSJM, tras estimar la demanda de CGT, anula los Servicios Mínimos del SUMMA 112 impuestos por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Esta sentencia se suma a la 785/2019 que anuló los servicios mínimos del 8 de marzo del año anterior (2018) en el SUMMA 112.

La reiteración de sentencias anulando servicios mínimos decretados en las Huelgas feministas de los últimos años demuestran el carácter retrógrado del gobierno, que con sus Servicios Mínimos inconstitucionales, patriarcales y machistas han impedido que las personas que trabajan en este servicio de Contact Center, mayoritariamente mujeres, ejercieran su legitimo derecho a la huelga.

La CGT está estudiando si la reiteración en estas decisiones presenta características que permitan la tramitación de una querella por prevaricación y contra los derechos de los trabajadoras por parte de los políticos que tomaron esta decisión que ha vuelto a vulnerar los derechos fundamentales.

Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT


Fuente: Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT