La justicia ha vuelto a dar la razón a la Confederación General del Trabajo (CGT) tras su denuncia contra los abusivos servicios mínimos que la Junta de Andalucía estableció en el sector de gestión telefónica/teleoperación del 112 de Andalucía para la jornada de Huelga General Feminista del pasado 8 de marzo de 2018.
La Administración solicitó que se desestimara íntegramente el recurso pero la Fiscalía finalmente lo ha estimado declarando que el derecho fundamental a la huelga, consagrado en el artículo 28 de la Constitución Española, ha sido vulnerado.
CGT había interpuesto un recurso el pasado 16 de marzo por entender que se estaba quebrantando un derecho fundamental de los trabajadores y las trabajadoras.
La Administración solicitó que se desestimara íntegramente el recurso pero la Fiscalía finalmente lo ha estimado declarando que el derecho fundamental a la huelga, consagrado en el artículo 28 de la Constitución Española, ha sido vulnerado.
CGT había interpuesto un recurso el pasado 16 de marzo por entender que se estaba quebrantando un derecho fundamental de los trabajadores y las trabajadoras.
CGT basa su argumentación en el hecho de que los servicios mínimos que se establecieron ese día no se ajustaban a la proporcionalidad, resultando injustificados y abusivos para las personas trabajadoras que estaban llamadas a secundar la huelga de 24 horas de ese día.
La organización anarcosindicalista ha manifestado que continuará peleando para hacer valer los derechos de todas y todos los trabajadores y ha criticado que haya sido, precisamente, un gobierno “progresista”, “obrero” y “socialista” el que haya puesto más impedimentos a las mujeres en una jornada de lucha histórica en todo el Estado español.
Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT
Fuente: Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT