La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ), que preside el magistrado José Luis Alonso, considera que la normativa que asimila el trabajador a tiempo parcial al trabajador a tiempo completo a efectos de determinar su protección social podría ser inconstitucional.
La Sala, en un auto del que ha sido ponente el propio Alonso, y al que ha tenido acceso EFE, ha acordado plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional para que se pronuncie al respecto.
En concreto, los magistrados consideran que la disposición adicional séptima de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción que le dio el Real Decreto Ley de medidas urgentes para el fomento del empleo, de 1998, podría vulnerar la Carta Magna.
Esta decisión ha sido acordada en el recurso de suplicación presentado por el letrado José Tárraga en nombre de J.I., limpiadora de profesión con contrato a tiempo parcial a la que no se le reconoce la pensión de jubilación al aplicarse la citada normativa.
Para la Sala, esta regulación produce efectos discriminatorios, que se hacen más evidentes en profesiones como la citada, en la que, añade el tribunal, más del ochenta por ciento de los empleados son mujeres.
A la hora de estudiar la posibilidad de acudir al Constitucional, el fiscal y la demandante lo consideraron oportuno, mientras que el Instituto Nacional de la Seguridad Social se opuso a ello, según se hace constar en el propio auto.
Los magistrados, al acordar plantear la cuestión de inconstitucionalidad, señalan que la citada normativa puede vulnerar el principio de igualdad «no sólo por afectar mayoritariamente al sector femenino, que puede ser una discriminación indirecta, sino también por la desproporción que significa frente a los trabajadores a tiempo completo con contrato indefinido».
Par : EFE