El Tribunal Supremo francés ha dado un vuelco a la legislación laboral al autorizar a las empresas a recurrir a los llamados despidos «preventivos» para poder ser competitivas y hacer frente a dificultades económicas futuras, según un reciente dictamen desvelado ayer por la prensa francesa. La máxima jurisdicción francesa da luz verde a las empresas a poner en marcha planes de reorganización laboral para «prevenir dificultades económicas futuras ligadas a las evoluciones tecnológicas y sus consecuencias para el empleo, sin estar subordinadas a la existencia de dificultades económicas a la fecha de despido», según el polémico dictamen.
Hasta ahora, el articulo 321-1 del Código del Trabajo, que fue introducido por el anterior Ejecutivo de izquierdas en el 2002 y que fija las condiciones de los despidos colectivos, establece que éstos sólo pueden ser utilizados para hacer frente a dificultades o a mutaciones tecnológicas «constatadas».
La polémica sentencia de la sala de lo social del Supremo, que fue dictada el pasado día 11 y aún no ha sido hecha pública, corresponde al conflicto que oponía a Pages Jaunes (las Páginas Amarillas francesas) a 118 de sus 930 comerciales que fueron despedidos al rechazar en el 2001 una bajada de sueldo con el argumento de que la empresa tenía que hacer frente a la competencia de Internet.
Pages Jaunes es la sociedad editora del listín telefónico y el 54% de su capital está en manos de France Télécom. Además de en Francia, Pages Jaunes está implantada en Bélgica, Luxemburgo y Líbano, y edita 67,7 millones de anuarios telefónicos con un volumen de negocios de 984 millones de euros, lo que supone una subida del 6,3% en el tercer trimestre del 2005, y un resultado neto con un aumento del 19%, según el vespertino Le Monde, que alertó el domingo sobre este cambio de jurisprudencia del que ayer ya se hacía eco toda la prensa francesa.
Se trata de un cambio radical en la jurisprudencia del derecho sobre los despidos colectivos, que siempre había sido considerado por el Supremo como el último recurso para las empresas en dificultad. Hasta la fecha, la sala de lo social del Supremo había hecho una interpretación protectora de los derechos del despido, especialmente tras la llamada sentencia «Majorette», que establecía la obligación de una empresa de recurrir a un plan social en caso de modificar más de nueve contratos de trabajo.
Con la última sentencia, el Supremo se alinea a la última modificación legislativa sobre los despidos económicos introducida por el actual Gobierno conservador en enero del 2005. Esa modificación obliga a las empresas a la «gestión preventiva de empleos y de carreras», que las sociedades de más de 300 empleados deberán negociar cada tres años. Esta obligación, según los analistas, es coherente con la idea de que se puede despedir anticipadamente en vez de esperar a que la empresa se encuentre al borde del precipicio.
Par : Estrella digital
Fuente: Estrella digital