El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a Correos a abonar los incentivos correspondientes al año 2001 a un grupo de 57 personas, afiliadas a CGT, pues el acuerdo Marco firmado en 1998 excluía de los incentivos a todo el personal laboral, pese a que su trabajo y esfuerzo diario era (y es) igual que el resto de la plantilla. Tras haberlo perdido en 1ª instancia, pues la Dirección esgrimió ese acuerdo como justificación de tal discriminación, ha sido el TSJM el que nos ha dado definitivamente la razón, condenando a Correos a abonar una media de 350 € a cada demandante.
Con esta sentencia se pone de evidencia la injusticia y la arbitrariedad del sistema de incentivos, que sólo responde a la lógica neoliberal de supeditar la cuestión salarial a la obtención de beneficio empresarial. Y también demuestra que sólo una acción sindical tenaz y consecuente, puede poner coto a la prepotencia, a la arbitrariedad y al nulo respeto por los derechos de la plantilla que practica a diario la Dirección.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a Correos a abonar los incentivos correspondientes al año 2001 a un grupo de 57 personas, afiliadas a CGT, pues el acuerdo Marco firmado en 1998 excluía de los incentivos a todo el personal laboral, pese a que su trabajo y esfuerzo diario era (y es) igual que el resto de la plantilla. Tras haberlo perdido en 1ª instancia, pues la Dirección esgrimió ese acuerdo como justificación de tal discriminación, ha sido el TSJM el que nos ha dado definitivamente la razón, condenando a Correos a abonar una media de 350 € a cada demandante.
Con esta sentencia se pone de evidencia la injusticia y la arbitrariedad del sistema de incentivos, que sólo responde a la lógica neoliberal de supeditar la cuestión salarial a la obtención de beneficio empresarial. Y también demuestra que sólo una acción sindical tenaz y consecuente, puede poner coto a la prepotencia, a la arbitrariedad y al nulo respeto por los derechos de la plantilla que practica a diario la Dirección.
Con este modelo la Dirección decide libremente que unidades van a cobrarla y cuales no y puede discriminar a colectivos enteros (como es el caso), instaurando la arbitrariedad más absoluta en el sistema retributivo. Bajo el chantaje de la merma de nuestros escasos ingresos, la Dirección puede aumentar la carga de trabajo hasta el límite que quiera, sin necesidad de informar de cuales son los objetivos fijados y mucho menos negociarlos con las organizaciones sindicales representativas.
Además, al vincular también las retribuciones al absentismo, se dota de un arma para amedrentar a las trabajadoras y trabajadoras para que acudan al trabajo sea cual sea su estado de salud, mientras la Dirección ignora cualquier política de prevención de riesgos laborales, siendo prueba de ello las numerosas sanciones de Inspección de Trabajo recibidas (muchas de ellas, fruto de denuncias de CGT).
Madrid, 16 de diciembre de 2004.