El Sindicato de Enseñanza de la Confederación General del Trabajo (CGT) quiere expresar su enorme malestar y preocupación por la respuesta transmitida a una profesora de Ed. Infantil, por parte del Secretario General de la Delegación Provincial de Educación de Cádiz, a razón de su petición de indemnización por los perjuicios y gastos médicos ocasionados en accidente laboral, acaecido en su Centro en el transcurso de la realización de un simulacro de evacuación del mismo. En la mencionada respuesta se le comunica que no le corresponde indemnización alguna, aunque en escrito posterior, de fecha 13 de abril de 2005, se le concreta que se da traslado de su expediente a la Asesoría Jurídica de esta Delegación para su tramitación ante la Secretaría General Técnica de la Consejería, de conformidad con la Resolución de 25 de octubre de 2001, sobre la Responsabilidad Patrimonial de la Administración Educativa en casos de accidentes.

El Sindicato de Enseñanza de la Confederación General del Trabajo (CGT) quiere expresar su enorme malestar y preocupación por la respuesta transmitida a una profesora de Ed. Infantil, por parte del Secretario General de la Delegación Provincial
de Educación de Cádiz, a razón de su petición de indemnización por los perjuicios y gastos médicos ocasionados en accidente laboral, acaecido en su Centro en el
transcurso de la realización de un simulacro de evacuación del mismo.
En la mencionada respuesta se le comunica que no le corresponde indemnización
alguna, aunque en escrito posterior, de fecha 13 de abril de 2005, se le concreta que se
da traslado de su expediente a la Asesoría Jurídica de esta Delegación para su
tramitación ante la Secretaría General Técnica de la Consejería, de conformidad con la
Resolución de 25 de octubre de 2001, sobre la Responsabilidad Patrimonial de la
Administración Educativa en casos de accidentes.

Así mismo, se le confirma que, una vez consultado el Servicio de Gestión de Personal,
las pólizas de seguros suscritas por la Junta de Andalucía sobre estos asuntos “no
reconocen” este tipo de coberturas, a menos que exista un supuesto de
incapacidad.

De igual modo se le comunica que el Reglamento de Ayudas de Acción Social establece
prestaciones económicas en cuantías determinadas para adquisición de prótesis o
atención médica especializada, no cubiertas por la seguridad Social o MUFACE.

Por tanto, se desprende de todo esto que aún siendo reconocido el hecho como
accidente laboral, el profesorado de los Centros Públicos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía no tiene recogida, suficientemente, la protección laboral
correspondiente a cualquier otro trabajador/a de otros ámbitos laborales, a pesar
de la legislación sobre Protección de Riesgos Laborales y Seguridad en el Trabajo.

Es por ello que denunciamos y hacemos patente nuestra más enérgica protesta ante
la indefensión y falta de cobertura real de prestaciones por accidentes acaecidos
durante nuestro horario de trabajo, en contra de los comunicados y propaganda
utilizada por nuestra Consejería de Educación hacia toda la comunidad educativa
para tranquilizarla, o más bien engañarla, sobre estas situaciones y que nos hacía
pensar todo lo contrario.

Así mismo pedimos a la Administración que amplíe las condiciones de la póliza de
seguros suscrita para que accidentes como el del CEIP de Puerto Real tengan
prevista la cobertura e indemnización suficiente.

Por otro lado la Junta de Personal acordó por unanimidad en la últim
Permanente dirigir sendos escritos tanto al Delegado Provincial como a la
Consejera de Educación denunciando la “la indefensión” en que se encuentran
miles de trabajadores de la enseñanza ante posibles accidentes laborales al
desarrollar su trabajo.

Cádiz, a 20 de abril de 2005
Secretariado Provincial de Enseñanza